BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 172, de 13/06/2017
cve: BOCG-12-D-172
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XII LEGISLATURA
Serie D: GENERAL
13 de junio de 2017
Núm. 172
ÍNDICE
Control de la acción del Gobierno
PROPOSICIONES NO DE LEY
Comisión de Asuntos Exteriores
161/001957 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, sobre los españoles privados de libertad en centros
penitenciarios extranjeros ... (Página6)
161/001959 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de
Esquerra Republicana, sobre la renegociación del Memorándum de
Entendimiento entre las autoridades aeronáuticas de la Federación Rusa y
el Reino de España ... (Página8)
Comisión de Justicia
161/001951 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la elaboración de un Protocolo para la prevención y la
respuesta a la violencia sexual y de género para su implantación en el
Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Melilla, así como
para la finalización urgente de los trabajos de elaboración del Protocolo
de ámbito nacional ... (Página9)
161/001953 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Ciudadanos, relativa a la seguridad vial y jurídica de los ciclistas en
nuestras carreteras ... (Página11)
161/001955 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la
modificación del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para la adquisición de
la nacionalidad española por residencia, y de la Orden JUS/1625/2016, de
30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión
de la nacionalidad española por residencia ... (Página13)
161/001969 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso, relativa a la creación de un subtipo agravado del
delito de maltrato animal ... (Página16)
161/001971 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a la creación de un nuevo Juzgado de lo Social en
Algeciras (Cádiz) ... (Página17)
Comisión de Interior
161/001972 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, sobre el cumplimiento de las Sugerencias de la Defensora del
Pueblo respecto al CIE de Tarifa ... (Página18)
161/001948 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la
necesidad de mayor rigor y realismo en la financiación de las operaciones
en el exterior ... (Página21)
Comisión de Hacienda y Función Pública
161/001950 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto, relativa a la modificación del Real Decreto-ley 17/2014 ... (Página23)
161/001965 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la
modificación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos
de Naturaleza Urbana ... (Página24)
Comisión de Fomento
161/001947 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la puesta en marcha de un corredor de trenes de
cercanías entre Palencia-Venta de Baños-Valladolid y Medina del Campo ...
(Página26)
161/001956 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al Convenio
de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de
Ferrol para la ejecución de actuaciones de infraestructuras viarias en el
término municipal de Ferrol (A Coruña) ... (Página27)
161/001963 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la
aprobación del nuevo plan de prestación del Servicio Postal Universal por
parte de Correos ... (Página28)
Comisión de Educación y Deporte
161/001970 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso, relativa a la adecuación de las titulaciones a la
Economía Digital ... (Página29)
Comisión de Empleo y Seguridad Social
161/001941 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto, por la que se insta al Gobierno a aprobar un Proyecto de Ley de
impulso a la creación de empleo de calidad en el sector de los servicios
de atención a las personas ... (Página30)
161/001954 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la
inclusión de los funcionarios públicos en el Régimen General de la
Seguridad Social y la equiparación de las pensiones de orfandad ... (Página32)
161/001964 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a impulsar medidas en el ámbito laboral que palíen
el impacto negativo de la deslocalización sobre el empleo, eviten el
"dumping" social y contribuyan al respeto de los derechos humanos ... (Página34)
161/001967 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al
reconocimiento de categoría profesional de Bomberos Forestales y sobre la
necesidad de mejorar las precarias condiciones laborales de las Brigadas
de Refuerzo contra Incendios Forestales, pertenecientes al Ministerio de
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ... (Página37)
161/001952 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto, por la que se insta al Gobierno a desarrollar la normativa
relativa a otorgar autorizaciones de emisión a servicios de comunicación
comunitarios sin ánimo de lucro existentes ... (Página39)
161/001958 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Ciudadanos, relativa a la reforma del Consejo de Seguridad Nuclear ... (Página40)
Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
161/001942 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de
Esquerra Republicana, sobre la regulación del mecanismo del pago en
especie ... (Página42)
161/001949 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a las obras
de regeneración y adecuación ambiental de la Bahía de Portmán ... (Página43)
Comisión de Cultura
161/001968 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, relativa al apoyo a la candidatura del espeto de sardinas
como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO ... (Página44)
Comisión de Igualdad
161/001944 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a la elaboración urgente de un Protocolo para la
prevención y la respuesta a la violencia sexual y de género para su
implantación en el C.E.T.I. de Melilla, así como para la finalización
urgente de los trabajos de elaboración del Protocolo de ámbito nacional
... (Página45)
161/001945 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a garantizar los derechos de las porteadoras/es en
las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla ... (Página47)
Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
161/001940 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, sobre los atropellos a ciclistas ... (Página49)
Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia
161/001960 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario
Mixto, por la que se insta al Gobierno a convertir la vigente prestación
de la Seguridad Social por hijo a cargo en una verdadera prestación
económica para la crianza de los hijos ... (Página50)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
Comisión de Defensa
181/000395 Pregunta formulada por el Diputado don Odón Elorza González
(GS), sobre voluntad del Ministerio de Defensa de abordar en el año 2017
las gestiones oportunas para abrir una negociación con el Ayuntamiento de
Donostia/San Sebastián que permita el traslado de los cuarteles militares
de Loiola en San Sebastián a un territorio próximo y dentro del municipio
para cumplir las previsiones establecidas en el Plan General de
Ordenación Urbana de la ciudad ... (Página53)
181/000396 Pregunta formulada por la Diputada doña Esther Peña Camarero
(GS), sobre número de personas con autorización de residencia, concedida
por los supuestos previstos en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de
apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que pagan el IRPF en
España ... (Página53)
Comisión de Fomento
181/000399 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce
(GP), sobre últimos avances realizados en la autovía A-56 entre Ourense y
Lugo ... (Página54)
181/000400 Pregunta formulada por el Diputado don Miguel Barrachina Ros
(GP), sobre actuaciones previstas en la línea Sagunto-Segorbe-Teruel, así
como plazo para la finalización de las mismas ... (Página54)
181/000401 Pregunta formulada por el Diputado don Óscar Clavell López
(GP), sobre próximas actuaciones estratégicas que está analizando Renfe
en el contexto internacional ... (Página54)
181/000402 Pregunta formulada por el Diputado don Antonio González Terol
(GP), sobre próximas mejoras previstas en la flota de trenes de Renfe ...
(Página54)
181/000403 Pregunta formulada por el Diputado don Jaime Miguel Mateu
Istúriz (GP), sobre avances producidos en la mejora de las conexiones
ferroviarias entre España y Francia ... (Página55)
181/000404 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Zurita
Expósito (GP), sobre alcance del Convenio sobre Transporte Aéreo firmado
recientemente con México ... (Página55)
Comisión de Empleo y Seguridad Social
181/000397 Pregunta formulada por el Diputado don Rafael Simancas Simancas
(GS), sobre valoración de la Recomendación de 22 de mayo de 2017 del
Consejo de la Unión Europea sobre el Programa de Estabilidad en España
2017, en materia de empleo ... (Página55)
Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital
181/000409 Pregunta formulada por el Diputado don José Luis Martínez
González (GCs), sobre medidas para resolver la crisis de las
reclamaciones gástricas por turistas ingleses ... (Página55)
Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
181/000398 Pregunta formulada por el Diputado don César Luena López (GS),
sobre valoración de la situación de sequía en La Rioja y actuaciones
previstas para afrontarla ... (Página56)
Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia
181/000405 Pregunta formulada por la Diputada doña Ione Belarra Urteaga
(GCUP-EC-EM), sobre plazos y mecanismos que se están considerando para el
desarrollo reglamentario de la Ley 1/1996, así como forma en la que se va
a realizar el seguimiento de la implementación legislativa de las
consiguientes reformas en las Comunidades Autónomas ... (Página56)
181/000406 Pregunta formulada por la Diputada doña Ione Belarra Urteaga
(GCUP-EC-EM), sobre medidas previstas acerca de la nueva Observación
General número 19 (2016) sobre Gasto Público y los derechos de la
infancia, incluyendo el garantizar la trazabilidad de la inversión en
infancia para facilitar su correcta identificación y etiquetado en los
Presupuestos Generales del Estado... (Página57)
181/000407 Pregunta formulada por la Diputada doña Ione Belarra Urteaga
(GCUP-EC-EM), sobre medidas e iniciativas previstas por el Observatorio
de la Infancia para constituirse en un foro de intercambio y comunicación
permanente y abierto entre los organismos públicos y la sociedad civil,
así como estudios e informes que tiene previstos realizar y rol que va a
jugar en las medidas para garantizar la protección contra toda forma de
violencia hacia la infancia ... (Página58)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
184/009980 Autor: Baldoví Roda, Joan
Realización de pruebas periódicas de estanqueidad de la integridad del
tanque de sustancias petrolíferas, así como comercialización de equipos
de detección de fugas ... (Página59)
184/011990 Autor: Rodríguez Rodríguez, Alberto
Irregularidades en la contratación de becarios-aprendices en restaurantes
de lujo ... (Página63)
184/012370 Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel
Ayudas destinadas para paliar los daños en las infraestructuras públicas
del municipio tras el temporal de lluvia de comienzos de diciembre de
2016 ... (Página64)
184/012978 Autor: Baldoví Roda, Joan
Valoración de la decisión de TVE de no emitir la V Edición del World
Pride, celebración mundial del orgullo LGTBI que se celebrará en Madrid
del 23 de junio de 2017 al 2 de julio de 2017 ... (Página65)
184/013049 Autor: Capdevila i Esteve, Joan
Previsiones acerca de suspender la aplicación del artículo 348 bis de la
Ley de Sociedades de Capital mediante la aprobación de un Real
Decreto-ley e impulsar la aprobación de un nuevo redactado durante la
tramitación como Proyecto de Ley de dicho Real Decreto-ley, con el fin de
evitar el incremento de litigios debido a la poca claridad del artículo
... (Página66)
184/013050 Autor: Salvador i Duch, Jordi
Previsiones acerca de la clausura y desmantelamiento definitivo de las
instalaciones de almacén de gas Castor, además de la planta marina, el
gaseoducto y la planta terrestre ... (Página66)
184/013055 Autor: Martín Llaguno, Marta
Del Campo Estaún, Sergio
Decisión de la Universidad Rovira i Virgili (URV) de adherirse al Pacto
Nacional por el Referéndum en Cataluña ... (Página68)
Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA RTVE
Preguntas
179/000206 Autor: Baldoví Roda, Joan
Decisión de TVE de no emitir la V Edición del World Pride, celebración
mundial del orgullo LGTBI que se celebrará en Madrid del 23 de junio de
2017 al 2 de julio de 2017 ... (Página69)
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a
trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes
Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las
iniciativas en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que
se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial
de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
Comisión de Asuntos Exteriores
161/001957
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley, sobre los españoles privados de libertad en
centros penitenciarios extranjeros, para su debate en la Comisión de
Asuntos Exteriores.
Exposición de motivos
A finales del pasado año, 1.328 ciudadanos/as españoles se encontraban
privados de libertad en centros penitenciarios extranjeros (el 60%
latinoamericano), en calidad de detenidos o de condenados.
Cuatro de cada cinco de esos españoles se encuentran cumpliendo condena
por delitos relacionados con el tráfico de drogas y un 80% no tiene
antecedentes penales.
En un buen número de esos centros, el alto grado de hacinamiento, las
inadecuadas infraestructuras carcelarias (camas, ventilación, luz
natural, instalaciones eléctricas, aguas, servicios sanitarios
colapsados, insalubridad), la falta de asistencia sanitaria, la ausencia
de condiciones mínimas de higiene y las carencias en materia de
alimentación, provocan la proliferación de enfermedades, fallecimientos,
violencia, peligrosidad, promiscuidad, ausencia de clasificación y de
acceso a programas de tratamiento penitenciario.
La dureza de la vida carcelaria descrita viene agravada, para los
ciudadanos/as españoles, por las dificultades de acceso a la tutela
judicial efectiva; por la discriminación por el color de la piel, por su
condición de extranjero, por la ausencia de familiares/amigos, por el
desconocimiento, a veces, del idioma, por la falta de recursos
económicos, por las demoras en la tramitación de los expedientes de
traslado a España, por la falta de asistencia sanitaria y de asistencia
jurídica gratuita; por la escasez de medios personales, materiales y
técnicos de las Oficinas Consulares, Consejerías de Trabajo y Asuntos
sociales y demás dependencias de las administraciones españolas en el
exterior para prestar la debida asistencia y protección y asesoramiento a
los ciudadanos españoles en el extranjero, tanto a los privados de
libertad como a los que se encuentran en libertad en situaciones de
vulnerabilidad.
Consecuencia de esta lacerante situación es la violación sistemática de
los derechos fundamentales de los presos españoles. El derecho a la vida,
a la integridad física y psíquica, el derecho a la dignidad, desaparece
cuando se traspasan las puertas de la prisión y se entra en la llamada
"trampa de la muerte".
Las condiciones de vida carcelarias de los presos españoles han sido
puestas de manifiesto en una proposición de ley, de marzo de 2014,
aprobada por unanimidad por el Pleno del Congreso de los Diputados, en la
que se instaba al Gobierno a mejorar las políticas de asistencia a estos
presos con una mayor atención económica -la ayuda mensual de 120 euros
mensuales como máximo, que no reciben todos y que es insuficiente-,
combinándola con la asistencia jurídica y, sobre todo, pidiendo que se
acelerasen los trámites para que fueran trasladados a cárceles españolas,
pues las condenas hay que cumplirlas pero no en condiciones infrahumanas.
Por su parte, la Defensora del Pueblo también viene denunciando la
situación de los presos españoles en las cárceles de algunos países,
fundamentalmente en su estudio sobre la situación de los presos españoles
en el extranjero de 2015, formulando diferentes recomendaciones al
respecto.
La denuncia de las condiciones de vida carcelarias también ha sido
realizada por las instituciones equivalentes a la Defensora del Pueblo de
los países donde se encuentran los reclusos españoles, por la Federación
Iberoamericana de Ombudsman (F10), y por las organizaciones humanitarias
de asistencia.
Sin embargo, a pesar de las denuncias, de la propuesta no legislativa y de
las recomendaciones de la Defensora del Pueblo, poco han cambiado las
condiciones de vida de los presos españoles: se han reducido los medios
materiales y humanos que tienen asignados los Consulados para la ayuda
destinada a la asistencia jurídica, médica y farmacológica; se han
suprimido de forma generalizada la ayuda económica a este colectivo en
algunos países sin proceder a comprobar si cada uno de ellos tiene
cubiertas sus necesidades básicas; salvo pocas excepciones, no han
aumentado las visitas consulares; continúa la dispersión generalizada de
los presos españoles en centros penitenciarios, muchos de ellos muy
alejados a la ubicación de nuestros consulados; la ejecución de los
expedientes de traslados para cumplir condena en España siguen teniendo
una demora no aceptable; las peticiones de indulto son escasas y de lenta
tramitación, la proporción de fallecidos en relación con el número de
ingresados continúa manteniéndose igual y sigue sin ser posible el acceso
a la tutela judicial efectiva sin recursos económicos.
No estamos hablando de un tema ideológico, sino de un tema humanitario de
primer orden, que es preciso solventar de una vez por todas.
Es por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto
de la ciudadanía española en el exterior, aprobado mediante la Ley
40/2006, de 13 de diciembre, por lo que el Grupo Parlamentario Socialista
presenta la siguiente
Proposición no le Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Llevar a cabo las acciones oportunas para garantizar el respeto de los
derechos humanos de los presos españoles en las cárceles extranjeras y
para su traslado a España en el marco de acuerdos bilaterales, al objeto
de que puedan cumplir el resto de la condena en cárceles de nuestro país.
2. Cumplir las Recomendaciones de la Defensora del Pueblo relativas a la
situación de los presos en el extranjero y, concretamente, a:
a) Adaptar la situación presente de incremento del número de españoles
detenidos y presos en el extranjero a la Orden Circular 3252, de 15 de
julio de 2003, sobre españoles detenidos y presos en el extranjero, pues
las instrucciones que en ella se recogen son insuficientes para atender
las necesidades actuales de los mismos.
b) Desarrollar reglamentariamente, como establece el artículo 5 de la Ley
40/2006, de 14 de diciembre, los supuestos en los que la ciudadanía
española residente en el exterior que carezca de recursos económicos
pueda acceder a la asistencia jurídica gratuita.
c) Reforzar los medios personales y materiales en las demarcaciones
consulares que albergan mayor número de presos, porque en algunos países
no se puede dar cumplimiento a la instrucción quinta de la Orden Circular
3252, de 15 de julio de 2003, en cuanto a las visitas efectuadas por
parte de los funcionarios consulares.
d) Regular la obligatoriedad de informar cada cuatro meses, por parte de
las autoridades consulares, a la Dirección General de Españoles en el
Exterior, sobre la situación de los españoles condenados a muerte, o que
sufren cadena perpetua, dada su situación de especial vulnerabilidad.
e) Establecer mecanismos de ayuda para aquellos ciudadanos españoles en
régimen de libertad condicional o libertad provisional en los países de
condena, y que no pueden salir de dicho territorio mientras tengan
responsabilidades penales pendientes.
f) Mejorar los canales de comunicación existentes entre los familiares y
las autoridades consulares, teniendo en cuenta que por la distancia, el
idioma y la precariedad de recursos económicos, la única información de
la que disponen muchas familias es la que les llega a través de los
consulados, regulando de forma concreta la obligatoriedad y periodicidad
con la que se realizan estas comunicaciones, siempre que el ciudadano
español privado de libertad lo haya autorizado.
g) Continuar los esfuerzos para reducir los tiempos medios de tramitación
de la ejecución de los expedientes de traslado, una vez que estos ya han
ido aprobados por las autoridades del Estado de condena y del Estado
receptor.
h) Continuar con la utilización de los vuelos de repatriación de personas
extranjeras que se realizan desde España para recoger a presos españoles,
cuyos expedientes de traslado para cumplir condena en España ya han sido
aprobados y están a la espera de materialización.
i) Elaborar un listado actualizado de los ciudadanos españoles que cumplen
condena en países de la Unión Europea, a fin de dar cumplimiento urgente
a lo dispuesto en la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento
mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea."
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-María Dolores
Galovart Carrera, Guillermo Antonio Meijón Couselo y María Guadalupe
Martín González, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.
161/001959
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado
don Joan Tardà i Coma, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición
no de Ley, sobre la renegociación del Memorándum de Entendimiento entre
las autoridades aeronáuticas de la Federación Rusa y el Reino de España,
para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.
Exposición de motivos
El 6 de abril de 2017, el Rey Felipe VI abrió la XXVI reunión del Comité
Bilateral Hispano-Japonés de Cooperación en Tokio. Según recogen diversos
medios de comunicación, en el encuentro organizado por ICEX-Invest Spain,
los representantes de grandes empresas japonesas de la automoción y
bienes de equipamiento con alto contenido tecnológico manifestaron su
voluntad de seguir invirtiendo en el Estado español.
Actualmente, la inversión de las empresas japonesas en el Estado supera
los 4.000 millones de euros, teniendo en los programas de alto contenido
tecnológico en la automoción, la energía, las ciudades inteligentes, las
telecomunicaciones y los bienes de consumo sus principales proyectos de
inversión. Estando muchas de ellas localizadas en el cinturón industrial
del área metropolitana de Barcelona.
La concentración de empresas japonesas en Catalunya comenzó en los años
ochenta con la llegada de compañías como Honda, Yamaha, Hitachi, Ricoh,
NTT, Denso y Calsonic Kansei. Ahora, la presencia de empresas japonesas
en Catalunya es bastante diversificada. Los sectores que suman más
volumen de multinacionales niponas son el químico (22 empresas), el de
maquinaria (21), el de TIC (21), el de servicios (21) y el
eléctrico-electrónico (20). Así mismo, diversos operadores logísticos
japoneses como Nippon Express y Yusen Logistics están instalados de la
Zona de Actividades Logísticas del Port de Barcelona.
Dada la distancia entre el Estado español y Japón, un factor
imprescindible para el progreso y el desarrollo de relaciones económicas
bilaterales es el establecimiento de rutas aéreas comerciales estables.
En este aspecto, la actuación del Gobierno de España en favor del
establecimiento de rutas aéreas entre los aeropuertos del Estado y Japón
deja mucho que desear.
El convenio bilateral firmado por España y Japón sobre servicios aéreos,
el 18 de junio de 1980, no establece una única ciudad de salida y/o
entrada para las aerolíneas que cubran las rutas entre ambos estados. Sin
embargo, estos vuelos no pueden realizarse sin atravesar el espacio aéreo
de la Federación Rusa, ya que esquivar el paso por este Estado obligaría
a trazar una ruta aérea demasiado larga y, teniendo en cuenta el gasto en
carburante y las horas de la tripulación, no resultaría rentable para
ninguna aerolínea. Por tanto, para volar entre Japón y el Estado español
se tiene que seguir también el tratado de España con Rusia.
El Convenio aéreo entre el Reino de España y la Federación Rusa data de
1977, siendo este modificado en 1990. Fue originalmente firmado entre el
Gobierno de España y el Gobierno de la URSS y posteriormente asumido por
la Federación Rusa, al ser esta la heredera de la URSS.
Pese a los ya cuarenta años de convenios de colaboración aérea entre
España y Rusia, ambos Estados han ido actualizando las relaciones con la
firma de Memorandos de entendimiento (MOU). Un total de cuatro,
primeramente en el año 2000, 2012, 2015 y, finalmente, en 2016.
El actual MOU fue firmado en Moscú los días 25 y 26 de febrero de 2016,
estando el Gobierno en funciones, con el Subdirector General de
Transporte Aéreo, Sr. David Benito Astudillo, encabezando la delegación
española. El contenido de dicho memorando establece las condiciones para
la realización de las rutas aéreas transiberianas y establece,
textualmente, que solamente una aerolínea designada por el lado español y
otra por el lado ruso estarán autorizadas para operar rutas de alcance
transiberiano con destino a Tokio y Shanghai. Con tres frecuencias en la
temporada de verano de 2016, cinco a partir la temporada de verano de
2017 y siete a partir de la de verano de 2018.
Este acuerdo, firmado por un Gobierno en funciones, supone un gran
obstáculo para la competitividad del aeropuerto de Barcelona-El Prat, que
cuenta actualmente con 44 millones de pasajeros (2016), situándose en la
cabeza del crecimiento de los grandes aeropuertos mundiales. Además, el
desarrollo de rutas aéreas comerciales entre el aeropuerto de
Barcelona-El Prat y Asia son una pieza estratégica para la Generalitat de
Catalunya y la consolidación del aeropuerto de Barcelona-El Prat como
aeropuerto de rutas de largo alcance, así como una reivindicación
histórica por parte del Comité de Desenvolupament de Rutes Aéries.
El MOU firmado por el Estado perpetúa el privilegio y monopolio de Iberia
a la hora de operar las rutas aéreas comerciales entre el Estado y Japón.
Prueba de esto es la presencia de Antonio Pimentel, Director de Iberia, y
de Marta García, Manager de Derechos de tráfico, como únicos observadores
por parte española presentes en la firma del MOU de febrero de 2016.
Mientras que por el lado ruso estuvieron presentes representantes de
hasta cinco aerolíneas y dos aeropuertos.
Parece, pues, que el Gobierno en funciones decidió servir al interés
particular de Iberia y su monopolio y privilegios en vez de apostar por
la competitividad y el aeropuerto de Barcelona-El Prat y su crecimiento.
Es por todo ello que se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:
Renegociar el Memorándum de Entendimiento entre las autoridades
aeronáuticas de la Federación Rusa y el Reino de España, firmado en
febrero de 2016, con el objetivo de eliminar las trabas a las salidas de
los vuelos de alcance transiberiano desde Barcelona."
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2017.-Joan Tardà i
Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.
Comisión de Justicia
161/001951
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley, para la elaboración urgente de un Protocolo para
la prevención y la respuesta a la violencia sexual y de género para su
implantación en el CETI de Melilla, así como para la finalización urgente
de los trabajos de elaboración del Protocolo de ámbito nacional, para su
debate en la Comisión de Justicia.
Exposición de motivos
El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los refugiados en España
(ACNUR), el Defensor del Pueblo y Amnistía Internacional han mostrado su
preocupación porque España no está cumpliendo ni ha puesto en marcha
ningún mecanismo de prevención y respuesta ante situaciones de abuso
sexual y por motivos de género en locales y centros de acogida de
refugiados.
En concreto, han denunciado que en el Centro de Estancia Temporal de
Inmigrantes de Melilla (CETI) no se otorga la adecuada protección a las
mujeres y niñas víctimas de agresión sexual y violencia de género, debido
a que, muchas veces, se encuentra desbordado con el triple y a veces el
cuádruple de su capacidad, lo que hace que al tener que convivir personas
de distintas edades y procedencias, existan muchas posibilidades de que,
en estas circunstancias, se produzcan situaciones de violencia sexual y
por motivos de género, lo que precisa la adopción de medidas preventivas
y de respuesta.
Asimismo, ha de señalarse que cuando se detecta un caso de violencia
sexual o de género, se impone al agresor, como medida sancionadora, la
expulsión del centro; sanción que, en muchas ocasiones, se convierte en
un peligro mayor para la mujer agredida; debiéndose indicar que es
frecuente que la víctima, ante el hecho de que el agresor pueda dormir en
la calle como consecuencia de la sanción, se abstenga de denunciar y,
también, porque la denuncia puede suponer la paralización de su traslado
a la península hasta que se sustancie el procedimiento judicial contra el
agresor.
Dado el riesgo de padecer violencia por parte de las mujeres y niñas y su
silencio ante las agresiones, ACNUR ha pedido que el CETI de Melilla,
como cualquier otro de acogida, cuente con protocolos de actuación para
prevenir la violencia sexual y de género.
Asimismo, el Defensor del Pueblo ha efectuado una Recomendación: a la
Secretaria General de Inmigración y Emigración a fin de que proceda a la
elaboración, con carácter urgente, de un Protocolo para la prevención y
la respuesta a la violencia sexual y por motivos de género para su
implantación en el CETI de Melilla. Dicha Recomendación, a pesar de que
ha sido reiterada en tres ocasiones por el Defensor del Pueblo, no ha
sido objeto de atención ni de respuesta alguna por parte de la mencionada
Secretaria.
También, según ha podido conocer el Defensor del Pueblo, se está
elaborando un protocolo de ámbito nacional, que, sin embargo, no ha sido
finalizado ni puesto en práctica.
El artículo 18.4 de la Directiva 2013/33/UE, de 26 de junio, de Acogida,
de julio de 2015, dispone que "Los Estados miembros adoptarán las medidas
adecuadas para prevenir el acoso y los actos de violencia de género,
incluida la violencia y el acoso sexuales, en locales y centros de
acogida a que se refiere el apartado 1, letras a) y b)".
El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la
violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el
11 de mayo de 2011 y ratificado por España mediante Instrumento de 18 de
marzo de 2014, establece en su artículo 62 que "Las Partes cooperarán
para celebrar acuerdos, con la finalidad, entre otra cosas, de prevenir,
combatir y perseguir todas las formas de violencia incluidas en el ámbito
de aplicación del Convenio, proteger y asistir a las víctimas, y llevar a
cabo investigaciones o procedimientos en relación con los delitos
establecidos en virtud de dicho Convenio".
El último informe de la Agencia Europea para los Derechos Fundamentales
(FRA) se refiere a las dificultades que padecen las mujeres refugiadas en
los centros de acogida y ha mostrado su preocupación por este asunto y el
propósito de tratarlo de manera pormenorizada. Califica de alarmante el
hecho de que no existan datos específicos en ningún país de la UE sobre
casos de mujeres y niñas víctimas de violencia de género que necesitan
protección internacional. Se alude al uso de baños y duchas en los
centros, normalmente por la tarde-noche, y a la accesibilidad de estas
dependencias a través de pasillos o puertas que no pueden cerrarse. Se
considera que las mujeres y niñas están expuestas a riesgos de padecer
violencia, y que las víctimas raras veces denuncian estos ataques por
miedo a la repercusión en las solicitudes de asilo en trámite,
especialmente en violencia doméstica. Alude a la falta de información a
estos colectivos sobre los recursos de que disponen para hacer frente a
cualquier agresión.
Señala que, además de facilitar datos sobre los incidentes, los Estados
deben ofrecer información sobre cómo denunciar la violencia de género y
los lugares a los que dirigirse en busca de protección. Considera que el
personal debe tener formación adecuada y deben existir procedimientos
específicos para menores, así como contar con traductores que faciliten
la asistencia a estos grupos de especial vulnerabilidad.
El Comité contra la Discriminación de la Mujer de Naciones Unidas ha
señalado que, en las disposiciones sobre recepción de personas migrantes
y refugiadas, queden reflejados aspectos de género y se tengan en cuenta
las necesidades específicas de abusos y explotación sexual, traumas y
tortura y malos tratos.
Así las cosas, de conformidad con lo expuesto, el Grupo Parlamentario
socialista, formula la presente proposición no de ley por considerar que
es necesaria y urgente la elaboración de un protocolo para el CETI de
Melilla, así como también la finalización del protocolo de ámbito
nacional que se está elaborando por parte de la Secretaria General de
Inmigración, para la prevención y la respuesta a la violencia sexual y a
la violencia de género.
Protocolos que han de permitir establecer mecanismos de atención a las
víctimas, que garanticen su adecuada identificación y, en su caso, su
traslado inmediato a la península; asegurando que, mientras tanto, puedan
recibir la información y orientación pertinente, adecuada protección,
acceso a la Justicia y a todos los recursos médicos y de otro tipo
disponibles.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Elaborar, con carácter urgente, un Protocolo para la prevención y la
respuesta a la violencia sexual y a la violencia de género para su
implantación en el CETI de Melilla, para establecer mecanismos de
atención a las víctimas, que garanticen su adecuada identificación y su
traslado inmediato a la península para asegurar que puedan recibir
información y orientación pertinente, adecuada protección, acceso a la
Justicia y a todos los recursos médicos y de otro tipo disponibles.
2. Finalice, con carácter urgente, los trabajos de elaboración del
Protocolo de ámbito nacional para la prevención y respuesta a la
violencia sexual y a la violencia de género, que está llevando a cabo la
Secretaría General de Inmigración y Emigración, para su implantación en
todos los CETI existentes en España, a los fines anteriormente
indicados."
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2017.-María Dolores
Galovart Carrera, Guillermo Antonio Meijón Couselo, Ángeles Álvarez
Álvarez y Antonio Ramón María Trevín Lombán, Diputados.-Miguel Ángel
Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
161/001953
A la Mesa de la Comisión de Justicia
El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en los
artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
la siguiente Proposición no de Ley, relativa a seguridad vial y jurídica
de los ciclistas en nuestras carreteras, para su debate en la Comisión de
Justicia.
Exposición de motivos
Nuestro país no está respondiendo de forma suficiente a las necesidades de
los ciclistas en general y a las de aquellos que circulan por carretera
en particular. Esto demuestran, cuando menos, tres motivos: el
preocupante aumento en el consumo alcohol y drogas por parte de los
conductores de vehículos a motor, la impunidad a que pueden acogerse los
conductores de vehículos a motor en determinados casos atropello y la
misma impunidad a la que estos últimos se acogen en caso de rechazar
socorro a las víctimas de accidentes.
A este respecto, es preciso, en primer lugar, hacer una referencia a las
alarmantes cifras del aumento de consumo de drogas durante la conducción
de vehículos a motor, las cuales tienen una incidencia directa en la
integridad física de los ciclistas que circulan por carretera. En 2015 se
realizaron 76.040 pruebas de drogas, resultando en positivas un 33,3%
del total. De los 3.496 conductores que estuvieron implicados en algún
tipo accidente, dieron positivos el 20,4% y, de los 3.241 conductores
que cometieron algún tipo de infracción, dieron positivo el 57,70 %.
En 2016, y según las cifras facilitadas por la Dirección General de
Tráfico, a través de Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC),
las cifras por consumo de drogas ilegales incluso aumentaron. En
concreto, se realizaron 60.942 pruebas, resultan positivas un 39% de
ellas. De los 3.026 conductores involucrados en accidentes, dieron
positivo un 27% (casi un 7% más que el año pasado) y, de las 3.350
pruebas a conductores infractores, dieron positivo el 63% . Y todo ello
pese a que el número pruebas realizadas fue muy inferior a las del año
2015.
Respecto al alcohol, aunque las cifras descienden, el problema persiste.
Se han realizado un total de 4,6 millones de pruebas, resultando
positivas un total de 68.852, esto es, el 1,5% . De las 59.526 pruebas
realizadas en controles preventivos, resultaron positivas 1,5% ; de las
5.045 realizadas a conductores involucrados en accidentes, dieron
positivo un 4,5% ; y, por último, de las 4.281 realizadas a conductores
infractores, resultaron positivas el 0,8% .
Como es natural, la conducción de un vehículo a motor por personas bajo
los efectos del alcohol o de las drogas es extremadamente peligrosa en la
medida en que aumenta las probabilidades de ocasionar un accidente; y lo
es no solo para estos, sino para todos aquellos que circulan por las
mismas carreteras. Pero más peligroso resulta aún para ciclistas, puesto
que estos últimos están desprovistos de protección, salvo la de un casco
y, con suerte, algún elemento protector más. Además, los datos indican
que aquellas infracciones son realizadas por la madrugada y en los fines
de semana, coincidiendo a menudo con el momento en que los ciclistas
salen a circular.
Solo los casos acaecidos en este mes dan buena cuenta de ello. El primero
de ellos, el de una conductora ebria que arrolló a seis ciclistas en la
localidad valenciana de Oliva en la madrugada del 7 de mayo. El segundo,
la semana después, el de una tarraconense que en la madrugada del 13 de
mayo atropelló también a seis ciclistas y también conduciendo bajo los
efectos del alcohol. El tercero, que no el último, el fallecimiento de
Nicky Hayden el 23 de mayo, tras el fatídico atropello que había sufrido
cuando entrenaba en bicicleta.
Por si fuera poco, para el caso de que un ciclista resultara atropellado
por un vehículo a motor, la redacción actual de nuestro Código Penal
dificulta enormemente el castigo a los culpables y, por consiguiente, no
desincentiva en la forma deseada la repetición de estos sucesos en el
futuro. Otro caso, el del difunto señor Bautista, es un perfecto ejemplo
de ello.
El 21 de octubre de 2013, Óscar Bautista, un ciclista experimentado que se
dirigía en bicicleta hacia su lugar de trabajo, falleció en el acto tras
ser arrollado por un camión en la autovía de Toledo. El conductor del
camión se dio a la fuga. La Guardia Civil encontró y detuvo al citado
conductor unos días después, que fue investigado a continuación por la
posible comisión de un delito de homicidio imprudente y un delito de
omisión del deber de socorro. Sin embargo, el caso fue posteriormente
archivado.
De acuerdo con lo expuesto por el juez en su auto, y respecto del
homicidio imprudente, el juez entendió que la actuación del conductor del
camión debía considerarse una imprudencia leve, hoy despenalizada a causa
de la última reforma del Código Penal.
En efecto, a través de la disposición derogatoria única de la Ley Orgánica
1/2015, de 30 de marzo, se eliminaron las faltas del Código Penal.
Dispone aquella lo siguiente: "Queda derogado el Libro III de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal". En este sentido,
el artículo único, apartado nueve, de la mencionada Ley Orgánica,
modificó el artículo 13.3 del Código Penal a fin de castigar con pena
leve todos aquellos delitos considerados también leves.
Así las cosas, como consecuencia de esta supresión precipitada de las
faltas y, concretamente, del artículo 621 del Código Penal, muchos de los
accidentes de tráfico en los que se provoca a una persona la muerte o
lesiones graves que requieren de tratamiento médico y quirúrgico, aun
concurriendo imprudencia leve, han quedado despenalizados. El conflicto
jurídico que tiene lugar en este caso, y del que el conductor del camión
salió sin responsabilidad alguna, sugiere la necesidad de reformar el
Código Penal a fin de que casos como estos puedan ser debidamente
castigados.
En tercer y último lugar, el delito de omisión del deber de socorro del
artículo 195 del Código Penal incurre por su parte en un vacío legal, al
no prever el grado de tentativa, que es el que sucede, por ejemplo, en el
referido caso de Óscar Bautista, cuando el reo huye si la víctima fallece
en el acto. En este caso, el juez estimó que tampoco se cumplía el tipo
penal, debido a que el señor Bautista falleció de forma instantánea a
causa del impacto del camión y, por tanto, no se encontraba este
"desamparado" ni en "peligro manifiesto y grave", y todo ello pese a que
el reproche jurídico concurre de igual modo.
Por tanto, deviene igualmente fundamental crear una figura especial del
delito de omisión del deber de socorro específica para accidentes de
tráfico, en la que para sancionar la conducta no importe tanto la
supervivencia o no de las víctimas como el hecho de abandonar el lugar
del accidente sin atenderlas, con independencia del estado físico en el
que quedasen.
Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la
siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Implantar un plan específico de medidas para reducir la accidentalidad
de los ciclistas y, en particular:
a) Identificar en toda la red de carreteras (i) los tramos de
concentración de víctimas ciclistas y (ii) los tramos de concentración de
accidentes causados por el consumo de drogas y alcohol.
b) En aquellos tramos detectados en los que tenga lugar un mayor número de
accidentes (i) con víctimas ciclistas y (ii) causados por el consumo de
drogas y alcohol, y especialmente donde concurran ambos y en los horarios
que estos se produzcan, intensificar los controles realizados por los
agentes de la Guardia Civil, así como movilizar en estas zonas a los
helicópteros de la Dirección General de Tráfico en misiones de
vigilancia.
c) Divulgar toda esta información a las Comunidades Autónomas,
Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos para que estas implementen las
correspondientes medidas de prevención y realicen los oportunos
controles, en el ámbito de sus respectivas competencias.
2. En el plazo de tres meses, presentar en el Congreso de los Diputados un
Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal a fin de que sean
castigados penalmente todos aquellos accidentes con resultado de muerte o
lesiones graves que requieran de tratamiento médico y quirúrgico, con
independencia de que sean realizados con imprudencia leve.
3. En el plazo de tres meses, presentar en el Congreso de los Diputados un
Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal con el objeto de
crear una figura especial del delito de omisión del deber de socorro
específica para accidentes de tráfico, que asegure que el tipo del delito
se cumpla cuando el conductor abandone el lugar del accidente sin atender
a las víctimas, con independencia de cual fuera el estado físico en el
que quedasen estas."
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2017.-Irene Rivera
Andrés, Diputada.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo
Parlamentario Ciudadanos.
161/001955
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición
no de Ley, para su debate y aprobación en la Comisión de Justicia,
relativa a la modificación del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para la
adquisición de la nacionalidad española por residencia, y de la Orden
JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los
procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia.
Exposición de motivos
La disposición final séptima de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas
de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y
del Registro Civil, modificó el procedimiento para la obtención de la
nacionalidad española, hasta entonces regulado en la Ley de Registro
Civil de 8 de junio de 1957 y desarrollado en el Reglamento de la Ley de
Registro Civil de 14 de noviembre de 1958. El apartado 2 de dicha
disposición final atribuyó la instrucción de los nuevos procedimientos
para la obtención de la nacionalidad española por residencia a la
Dirección General de los Registros y el Notariado a partir del 15 de
octubre de 2015, habiendo correspondido su instrucción a los Registros
Civiles hasta dicha fecha conforme lo dispuesto en el artículo 365 del
Reglamento de la Ley de Registro Civil de 14 de noviembre de 1958.
El Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento
por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la
nacionalidad española por residencia, desarrolla dicho procedimiento,
establecido en la disposición final séptima de la referida Ley 19/2015,
configurándolo como un procedimiento de carácter netamente
administrativo, basado en la tramitación electrónica en todas sus fases,
que permita acortar sensiblemente los plazos de resolución.
El artículo 4.1 de este Reglamento, que regula el procedimiento para
adquisición de la nacionalidad española por residencia, establece que "el
procedimiento se iniciará por el interesado mediante la presentación de
la correspondiente solicitud en modelo normalizado, bien a través de la
correspondiente aplicación electrónica, o bien, si se trata de
solicitudes presentadas en fecha igual o anterior al 30 de junio de 2017,
mediante presentación de la solicitud ante el Registro Civil
correspondiente al domicilio del interesado, sin perjuicio en todo caso
de las reglas generales sobre presentación de solicitudes, escritos y
comunicaciones de los ciudadanos ante los órganos de las Administraciones
Públicas".
La disposición transitoria segunda del Real Decreto 1004/2015 limita, por
tanto, la posibilidad de presentar las solicitudes en papel a través de
los Registros civiles hasta el 30 de junio de 2017. El apartado 2 de la
disposición transitoria única de Orden JUS/1625/2016, de 30 de
septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la
nacionalidad española por residencia, reitera que hasta el 30 de junio de
2017 pueden seguir presentándose las solicitudes en papel ante el
Registro Civil principal o delegado correspondiente al domicilio del
interesado.
Los Registros Civiles han sido los competentes para la instrucción de los
expedientes de adquisición de la nacionalidad española desde la Ley
Provisional de Registro Civil de 17 de junio de 1870, tal y como se
estipulaba en su artículo 109.
Desde entonces, han sido miles las solicitudes de adquisición de la
nacionalidad española por residencia que se han tramitado a través de los
Registros Civiles, sin que el retraso en la resolución de los mismos
acumulada en los últimos años se haya debido a su instrucción en dichos
Registros Civiles, sino a la tramitación que hasta el 15 de octubre de
2015 debía realizarse en la Dirección General de los Registros y del
Notariado conforme el artículo 222 del Reglamento de la Ley de Registro
Civil de 14 de noviembre de 1958, y posterior resolución de la solicitud,
retraso excesivo que ha dado lugar desde el año 2012 a la firma de cuatro
encomiendas de gestión con el Colegio de Registradores de la Propiedad y
Mercantiles, para la tramitación de los expedientes de nacionalidad por
residencia desde que se reciben, procedentes de los Registros Civiles que
los han instruido, hasta el momento inmediatamente anterior a aquel en
que la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil eleve el
preceptivo informe-propuesta de resolución al órgano competente, conforme
al artículo 367 de dicho Reglamento del Registro Civil.
Aun cuando desde el 15 de octubre de 2015, conforme lo dispuesto en el
artículo 4.1 del Reglamento por el que se regula el procedimiento para la
adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por Real
Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, se diversifican las formas de
presentación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad (a
través de la correspondiente aplicación electrónica, ante el Registro
Civil correspondiente al domicilio de interesado, o conforme las reglas
generales sobre presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones de
los ciudadanos ante los órganos de las Administraciones Públicas), la
realidad es que siguen siendo miles las solicitudes que se siguen
presentando ante los Registros Civiles, cumpliendo en esta materia
funciones que no realiza ningún otro órgano de la Administración:
En primer lugar, los Registros Civiles siguen siendo la oficina a la que
mayoritariamente se dirigen los ciudadanos extranjeros para tener
información sobre los trámites necesarios para la adquisición de la
nacionalidad por residencia, dando cumplimiento el Ministerio de Justicia
a través de los Registros Civiles a sus obligaciones relativas en esta
materia en relación con los derechos de los interesados en el
procedimiento administrativo establecidos en el artículo 53 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Ninguna otra oficina o dependencia del
Ministerio de Justicia ofrece a los interesados información y orientación
acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones
vigentes imponen a las solicitudes de adquisición de la nacionalidad
española por residencia, y constituye una obligación de las
Administraciones Públicas ofrecer dicha información y orientación de
forma accesible para todos los ciudadanos.
En segundo lugar, los Registros Civiles siguen y seguirán siendo
competentes para la tramitación de los expedientes previos de
autorización para los supuestos de menores de 14 años o con la capacidad
modificada judicialmente, conforme lo dispuesto en el artículo 21 del
Código Civil, por lo que la presentación posterior de la solicitud de la
nacionalidad por residencia a través del mismo Registro Civil, en caso de
que no se opte directamente por su presentación electrónica, sino a
través de un órgano administrativo, es consecuencia lógica de la
tramitación anterior.
En tercer lugar, tanto el Real Decreto 1004/2015 como el apartado 2 de la
disposición transitoria única de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de
septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la
nacionalidad española por residencia, atribuyen a los Registros Civiles
una función de control sobre la documentación que se acompaña a la
solicitud de nacionalidad (por requerimientos a los interesados de toda
la documentación exigida en la referida Orden Ministerial, y cotejando
los mismos velando por su autentificación, levantando diligencia de
cotejo), lo que evita requerimientos posteriores para completar la
documentación que debe acompañar la solicitud, y conlleva ahorro de
trámites administrativos y costes, y es una competencia que no realiza
ningún otro órgano de la Administración ante el que se presente la
solicitud.
Y en cuarto lugar, la demarcación de los Registros Civiles principales y
delegados permite en la actualidad que todos los ciudadanos extranjeros,
sin necesidad de desplazamientos, puedan informarse sobre los trámites
precisos para adquirir la nacionalidad española y presentar sus
solicitudes a través del Registro Civil de su domicilio. Si los Registros
Civiles pierden su competencia para la recepción de las solicitudes de
adquisición de la nacionalidad por residencia se perdería la cercanía que
la administración tiene a los ciudadanos en esta materia, y se obligaría
a estos, en caso que no optasen por la presentación electrónica, a su
presentación ante registros administrativos, en muchos casos fuera de su
localidad de residencia, desconocedores de la tramitación y documentación
a presentar, y que mermaría la calidad del servicio que el ciudadano
merece.
Por otro lado, el Ministerio de Justicia está obligado a facilitar a las
personas que carezcan de los medios materiales para presentar por sí, a
través de la plataforma electrónica, sus solicitudes de adquisición de la
nacionalidad española, los medios técnicos para su presentación gratuita
sin tener que acudir a profesionales como abogados, procuradores o
gestores administrativos tal y como contempla el artículo 7 del
Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de
la nacionalidad española por residencia, aprobado por el Real Decreto
1004/2015. De otra forma se produciría un claro agravio entre las
solicitudes de quienes tienen recursos para presentarlas por sí de forma
electrónica o a través de profesional, y las de aquellos que careciendo
de dichos medios se vieran obligados a presentarlas en formato papel, lo
que indudablemente conllevará retraso en su tramitación, pues para su
instrucción previamente debería ser digitalizada y metadatada por la
Dirección General de Registros y del Notariado.
Tanto la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1004/2015 como
el apartado 2 de la disposición transitoria única de Orden JUS/1625/2016,
de 30 de septiembre, ya citada, prevén que por el Registro Civil se
proceda a la digitalización y metadatación de las solicitudes y
documentación, y su remisión electrónica a la Dirección General de
Registros y del Notariado en las condiciones que determine esta. Si bien
hasta la fecha dichas condiciones no han sido determinadas, resulta obvio
que si los Registros Civiles proceden a la digitalización y metadatación
de las solicitudes y documentación presentada, y las remiten de forma
electrónica a la Dirección General de Registros y del Notariado, se
agilizará enormemente la instrucción por la Dirección General, pues de
otra forma esta debería proceder a realizar dichas operaciones. De esta
forma se daría por parte del Ministerio de Justicia cumplimiento e
impulso a lo dispuesto en materia de tramitación electrónica por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En el caso de que el Gobierno de la Nación y el Ministerio de Justicia
mantuvieran que a partir del 30 de junio de 2017 los Registros Civiles
perdieran la competencia para recibir las solicitudes de nacionalidad
española y por tanto no existiera una oficina pública concreta,
dependiente del Ministerio de Justicia, en que los solicitantes puedan
tanto informarse acerca de los trámites para adquirir la nacionalidad
española como para poder presentar sus solicitudes, con la confianza de
que van a ser revisadas y tramitadas por funcionarios y funcionarias
públicos con experiencia, y que las mismas se puedan remitir de forma
electrónica para agilizar su tramitación, en condiciones de igualdad que
el resto de solicitudes presentadas de forma electrónica, se estaría
fomentando la privatización encubierta de las solicitudes de adquisición
de nacionalidad española, para que las mismas fuesen presentadas, previo
pago, por abogados, procuradores y gestores administrativos, lo que
supondría vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos
en el ejercicio de sus derechos públicos.
Por todo ello se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"Instar al Gobierno de la Nación para que antes del 30 de junio de 2017
modifique el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la
adquisición de la nacionalidad española por residencia, y la Orden
JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los
procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia,
en el sentido de que las solicitudes de adquisición de la nacionalidad
por residencia se puedan presentar a través de los Registros Civiles sin
límite temporal alguno.
Asimismo, instamos al Gobierno para que la Dirección General de los
Registros y del Notariado, con carácter urgente, establezca las
condiciones para la remisión de documentos desde los Registros Civiles a
la Dirección General de los Registros y del Notariado de modo telemático,
previa digitalización de los documentos, conforme lo dispuesto en la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 1004/2015, y
dotando a las oficinas de Registro Civil, cuya gestión corresponde al
Ministerio de Justicia, con la formación y los medios personales y
materiales precisos para llevar a cabo dicha remisión."
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-María del
Carmen Pita Cárdenes, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
161/001969
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la
creación de un subtipo agravado del delito de maltrato animal, para su
debate en la Comisión de Justicia.
Exposición de motivos
En las últimas décadas, ha proliferado en las sociedades de los países
económica y culturalmente más avanzados un sentimiento sin precedentes de
protección, respeto y defensa de la naturaleza en general y de los
animales en particular, convirtiéndose en un asunto de índole cultural de
gran importancia para el conjunto de la ciudadanía.
La Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada por la
UNESCO el 17 de octubre de 1978, así como los Reglamentos y Directivas
Comunitarias en esta materia, han contribuido al desarrollo de una
conciencia social y cultural en la sociedad en relación al respeto, la
defensa y la protección de los animales.
Como señala el preámbulo de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por el
que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, de Código
Penal, el transcurso del tiempo y las nuevas demandas sociales han
evidenciado la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones de
nuestra norma penal. Para ello, se ha revisado el sistema de penas y su
aplicación, se han adoptado mejoras técnicas al objeto de ofrecer un
sistema penal más ágil y coherente, además de introducir nuevas figuras
delictivas o adecuar los tipos penales ya existentes.
Con el ánimo de ofrecer una respuesta adecuada a las nuevas formas de
delincuencia, además de suprimir aquellas infracciones que por su escasa
gravedad no merecen reproche penal, se han transformado en delito
aquellas cuyo contenido de injusto es mayor del que se establecía hasta
ahora. En estos casos se encuentra la consideración de los animales,
sobre los cuales se ha incrementado la protección, endureciendo las penas
asociadas al delito de maltrato animal contemplado en el artículo 337 del
Código Penal; de forma que a la pena ya establecida de tres meses a un
año de prisión, se le añade una pena de inhabilitación para la tenencia
de animales.
Además, se incorpora un tipo agravado en el delito de maltrato animal
cuando se hubiera causado la muerte del animal con penas de seis a 18
meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años.
Las cifras hablan por sí solas: en 2016 el SEPRONA realizó más de 12.400
actuaciones contra el maltrato animal, de las cuales 783 fueron
infracciones penales por maltrato o abandono animal y supusieron la
detención o investigación de 490 personas.
Este avance legislativo en la protección de los derechos de los animales
es resultado de una creciente sensibilización social al respecto, puesta
de manifiesto en los últimos pronunciamientos de Juzgados y Tribunales
que imponen cada vez más penas de prisión para los condenados por este
delito.
Por otro lado, hemos conocido recientemente que estos supuestos de
maltrato se dan cada vez con mayor frecuencia en establecimientos que
recogen animales y que supuestamente están bajo la protección de sus
poseedores o responsables de su custodia. El deber de garante de los
poseedores, propietarios y responsables de la custodia de dichos
animales, al tratarse de entidades cuya finalidad es, precisamente, la
protección y el bienestar de los mismos, debe requerir un plus de
protección para los animales y, en consecuencia, un plus de penalidad
para los autores de dicho maltrato.
Por ello, planteamos la necesidad de creación de un subtipo agraviado en
el artículo 337 del Código Penal, para aquellos supuestos en los que el
maltrato se ejecute de manera continuada en el tiempo,
sobre un número elevado de animales, ocasionando la muerte; así como
aquellos supuestos en los que el delito se cometa por quien tiene la
obligación legal o contractual de velar por el cuidado y el bienestar de
los animales.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar la creación de
un subtipo agravado del artículo 337 del Código Penal, para aquellos
supuestos en los que el maltrato a los animales se ejecute de forma
continuada en el tiempo, sobre un número elevado de animales ocasionando
su muerte; así como aquellos supuestos en los que el delito se cometa por
quien tiene la obligación legal o contractual de velar por el cuidado y
el bienestar de los animales."
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
161/001971
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley, relativa a la creación de un nuevo Juzgado de lo
Social en Algeciras (Cádiz), para su debate y votación en la Comisión de
Justicia.
Exposición de motivos
La Demarcación del Juzgado de lo Social de Algeciras abarca los Partidos
Judiciales de Algeciras, San Roque y La Línea de la Concepción, con lo
que su competencia afecta a 250.000 habitantes y cerca de 20.000 empresas
del Campo de Gibraltar, que conoce en primera instancia de los procesos
en materia laboral y de Seguridad Social que no están atribuidos a
órganos de otro orden jurisdiccional.
Desde hace varios años el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) viene reclamando la puesta en marcha de un nuevo Juzgado de lo
Social en Algeciras. En su Memoria de 2016 reseño que no solo fue el
órgano de jurisdicción social con mayores ingresos de toda la comunidad
autónoma, sino que los 2.346 casos que recibió supusieron casi el doble
de la media de los segundos jueces de lo Social más saturados de
Andalucía, los de Sevilla.
La Junta de Andalucía, que es el órgano que debe dotar de medios a los
juzgados en personal, equipamiento e infraestructuras, ha remarcado que
el propósito de crear un nuevo Juzgado de lo Social en Algeciras partió
del Ministerio de Justicia en 2015 y que por ello lo recogió en sus
presupuestos del ejercicio siguiente.
Igualmente, desde hace años los profesionales afectados por la situación
de "colapso" que se vive en el Juzgado de lo Social de Algeciras vienen
exigiendo la necesidad de soluciones a través del Colegio de Abogados,
concentrándose en la puerta de la sede judicial para mostrar su inquietud
tras conocerse que no se prorrogaría el refuerzo de magistrado con el que
se contaba en el Juzgado de lo Social desde mediados de 2015 y que estaba
sirviendo de manera efectiva a agilizar de manera trascendente el volumen
de trabajo que afecta a dicho órgano judicial.
El Colegio de Graduados Sociales de Cádiz y Ceuta, también, viene
alertando de la situación insostenible, ya que se han cumplido varios
meses sin que el Juzgado esté tramitando las ejecuciones de sentencias y
el Sindicato CC.OO. del Campo de Gibraltar ha puesto de manifiesto que
"los datos de este Juzgado resultan demoledores e inaceptables" y en este
sentido han recordado que hay procedimientos que se dilatan en el tiempo,
hasta más de medio año en la citación de juicio, o que en el caso de los
juicios por despido se están citando con un mínimo de nueve meses de
dilación.
También, la Defensora del Pueblo abrió una actuación de oficio en junio de
2016 por la saturación existente, a través de la Queja número 19008449, y
en fecha 19 de diciembre de 2016 recomendó "dar curso legal a la creación
del Juzgado de lo Social número 2 de Algeciras en las previsiones de
Desarrollo de la Planta Judicial".
En su respuesta, el Ministerio de Justicia manifestó que "en el marco de
las necesidades presupuestarias está analizando las peticiones de
unidades judiciales y la creación del Juzgado de lo Social de Algeciras
está en estudio, sin que sea posible confirmarla a fecha de hoy.
En un reciente viaje del Ministro de Justicia a Ceuta, y a su paso por el
puerto de Algeciras, aseguró "que el segundo juzgado de lo social es una
prioridad, ya que era cierto que el único Juzgado de lo Social tiene una
carga de trabajo muy por encima de la media nacional y, por lo tanto,
vamos a trabajar en la posibilidad de crear un segundo Juzgado de lo
Social en Algeciras".
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Justicia a aprobar la
creación de un segundo Juzgado de lo Social en Algeciras (Cádiz), en
2017, en cumplimiento del mandato constitucional de ofrecer a los
ciudadanos una tutela judicial efectiva."
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2017.-Salvador
Antonio de la Encina Ortega y Juan Carlos Campo Moreno, Diputados.-Miguel
Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
Comisión de Interior
161/001972
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista nos dirigimos a la Mesa para,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley para cumplimiento de las Sugerencias de la
Defensora del Pueblo respecto al CIE de Tarifa, para su debate en la
Comisión de Interior.
Exposición de motivos
Las instalaciones del CIE (anexo) de Tarifa (isla de las Palomas) están
situadas en las antiguas dependencias de un cuartel militar y adolece de
todas las deficiencias de un centro provisional, que, además, son
difícilmente superables.
Debido a estas circunstancias, la Defensora del Pueblo, en resolución de 4
de abril de 2017, ha reiterado las Sugerencias formuladas en su día al
Ministerio del Interior (Dirección General de Policía), respecto a las
deficiencias existentes en el CIE de Tarifa.
Dichas Sugerencias son las siguientes:
1. Necesidad de adoptar las medidas para que la existencia de aseo en el
interior de las habitaciones colectivas no afecte a la intimidad que
implica su uso en esa ubicación y se eviten los malos olores que se deben
soportar, y la de sustituir por inodoro la placa turca existente en los
aseos, ya que esta no resulta adecuada para aquellas personas que, por su
edad o sus condiciones físicas, necesiten sentarse en un inodoro.
2. Necesidad de reparar los daños y deterioro que sufren las dependencias
del centro por la humedad, así como de renovar el mobiliario que se
encuentra en mal estado.
3. Necesidad de contar con intérprete durante los reconocimientos y
consultas médicas, de acuerdo con el criterio recogido en el parágrafo
105 del informe anual 2014 del Mecanismo Nacional de Prevención de la
Tortura.
4. Necesidad de habilitar los espacios necesarios para ampliar las
dependencias del servicio médico que permitan, simultáneamente, el
control y observación de un interno enfermo, con la práctica de los
reconocimientos iniciales y las consultas diarias, preservando la
intimidad de los internos.
5. Necesidad de que la consulta médica se realice a puerta cerrada y sin
estar presente un miembro del Cuerpo Nacional de Policía en la misma,
salvo casos solicitados por el médico o debidamente
justificados, quedando así garantizado el derecho a la intimidad del
interno, según lo establecido en el parágrafo 104 del informe anual 2014.
6. Necesidad de que en el impreso normalizado de información de derechos
al detenido se incluya en el apartado referido a los derechos del
detenido, en aplicación del artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, información del procedimiento hábeas corpus o procedimiento por
medio del cual se pueda impugnar la legalidad de una detención, de
acuerdo con el criterio manifestado en el parágrafo 112 del informe anual
2014.
7. Necesidad de que se suscriba un acuerdo con el Colegio de Abogados de
Cádiz, Sección Algeciras, para que en el centro exista un Servicio de
Orientación Jurídica, de acuerdo con el criterio expuesto en el parágrafo
113 del informe anual 2014.
8. Necesidad de instalar un sistema de apertura mecánica de las puertas de
las habitaciones desde el exterior, de acuerdo con el criterio expuesto
en el parágrafo 123 del informe anual de 2014.
9. Necesidad de habilitar un espacio en el que los internos puedan recibir
visitas y se garantice su derecho a la intimidad en las comunicaciones.
10. Necesidad de instalar un sistema de vídeo-vigilancia y grabación que
cubra todos los espacios comunes del centro y de sustituir las cámaras
que captan imágenes de mala calidad, de acuerdo con el criterio recogido
en el parágrafo 117 del informe anual 2014.
11. Necesidad de que los registros de habitaciones, ropas y enseres
siempre se realicen en presencia de los internos interesados.
12. Necesidad de dotar al centro de armeros para que, en aras de la
seguridad de los internos y de los propios agentes, estos puedan
depositar su arma reglamentaria y no la porten cuando estén con los
internos.
13. Necesidad de instalar un sistema de calefacción para paliar la humedad
y el frío del invierno por su proximidad al mar.
14. Necesidad de suprimir las rejas en las habitaciones de los módulos A y
B y en las ventanas de los pasillos del módulo C.
15. Necesidad de que existan como máximo, tres internos por habitación.
16. Necesidad de presencia médica y de DUE todas las tardes y noches, con
el fin de garantizar atención médica y de enfermería de forma continuada,
conforme al criterio manifestado en el parágrafo 101 del informe anual
2014.
17. Necesidad de asistencia psiquiátrica y psicológica, según el criterio
establecido en el parágrafo 99 del informe anual 2014.
18. Necesidad de sustituir y suministrar el material deportivo y de ocio,
a tenor de lo expuesto en el parágrafo 128 del informe anual 2014.
19. Necesidad de que se permita el uso de teléfonos móviles, según el
criterio manifestado en el parágrafo 128 del informe anual 2014.
20. Necesidad de que exista un registro informático donde consten de
manera correlativa, un resumen de las quejas o peticiones formuladas para
conocer el total de las efectuadas en un concreto periodo de tiempo.
21. Necesidad de contar con un registro de las separaciones temporales o
del uso de otros medios de contención, como la fuerza física o el uso de
grilletes en donde conste la hora de inicio y finalización y los motivos.
Sin perjuicio de lo anterior, ha de señalarse que las graves deficiencias
del CIE Tarifa también han sido denunciadas por la Fiscalía General del
Estado y por las organizaciones humanitarias, así como en los Autos de
12/12/2016 y de 08/05/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Algeciras,
en funciones de control jurisdiccional del CIE de Algeciras y Tarifa.
Paralelamente, el Grupo Parlamentario Socialista presentó, con fecha 3 de
febrero de 2017 (n.º de registro 001891), una Proposición no de Ley en
los siguientes términos: "El Congreso de los Diputados insta al Gobierno
para que en el CIE de Tarifa se lleven a cabo todas y cada una de las
mejoras que señala la Magistrada-Juez titular del Juzgado de Instrucción
n.° 1 de Algeciras, en funciones de control jurisdiccional del CIE de
Algeciras y Tarifa, en su Auto del 02/12/2016.
A pesar de todo ello, tal y como señala el Auto de 04/04/2017, "de los
requerimientos incluidos en la reseñada resolución de 12 de diciembre de
2016, únicamente se ha cumplimentado el de suministro de muda interior
para los internos, a los cuales se les facilita una suerte de ''petate''
que incluye un chándal, un par de camisetas, dos pares de calcetines,
varias mudas de ropa interior y un par de zapatos, existiendo
dos modelos diferenciados según estación más fría o más cálida y
existiendo diferente tallaje para los reseñados petates; además del
requerimiento sobre gestión de biblioteca encomendada a Cruz Roja. No se
ha cumplimentado ninguno de los requerimientos estructurales a los que se
aludía en el Auto de 12 de diciembre de 2016".
Como consecuencia de los mencionados incumplimientos, en el Auto de
08/05/2016 se reiteran los requerimientos efectuados en el Auto de
12/12/2016, realizando nuevos requerimientos derivados de la Sugerencia
antes mencionada del Defensor del Pueblo de 4 de abril de 2017.
El artículo 10.1 y 2 de la Constitución española consagra la dignidad de
las personas como fundamento del orden político y de la paz social,
estableciendo que las normas relativas a los derechos fundamentales y a
las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de
conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los
Tratados y Acuerdos Internacionales sobre la misma materia ratificados
por España.
La interpretación sistemática de la normativa mencionada ha de ser puesta
en relación con el Reglamento (Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo) por
el que se aprueba el funcionamiento y régimen interior de los Centros de
Internamiento de Extranjeros; y en concreto, los artículos 9.3.h) y 16
relativos, respectivamente, a las funciones de la Dirección y a los
Derechos de los Internos.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso
presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que:
Tal y como señala la Defensora del Pueblo en su informe sobre el CIE
Tarifa, consecuencia de su visita al mismo el 14 de febrero de 2017, se
proceda a:
1. Adoptar las medidas para que la existencia de aseo en el interior de
las habitaciones colectivas no afecte a la intimidad de las personas;
para que se eviten los malos olores que se deben soportar; y para
sustituir por inodoro la placa turca existente en los aseos.
2. Reparar los daños y el deterioro que sufren las dependencias del centro
por la humedad, así como de renovar el mobiliario que se encuentra en mal
estado.
3. Se cuente con intérprete durante los reconocimientos y consultas
médicas, de acuerdo con el criterio recogido en el parágrafo 105 del
informe anual del Defensor del Pueblo 2014 del Mecanismo Nacional de
Prevención de la Tortura.
4. Se habiliten los espacios necesarios para ampliar las dependencias del
servicio médico que permitan, simultáneamente, el control y observación
de un interno enfermo, con la práctica de los reconocimientos iniciales y
las consultas diarias, preservando la intimidad de los internos.
5. Se realicen a puerta cerrada las consultas médicas, y sin estar
presente un miembro del Cuerpo Nacional de Policía, salvo casos
solicitados por el médico o debidamente justificados, quedando así
garantizado el derecho a la intimidad del interno, según lo establecido
en el parágrafo 104 del informe anual del Defensor del Pueblo 2104.
6. Se incluya en el apartado referido a los derechos del detenido del
impreso normalizado de información de derechos al detenido, información
del procedimiento hábeas corpus o procedimiento por medio del cual se
puede impugnar la legalidad de una detención, de acuerdo con el criterio
manifestado en el parágrafo 112 del informe anual 2014.
7. Se suscriba un acuerdo con el Colegio de Abogados de Cádiz, Sección
Algeciras, para que en el centro exista un Servicio de Orientación
Jurídica, de acuerdo con el criterio expuesto en el parágrafo 113 del
informe anual 2014.
8. Se instale un sistema de apertura mecánica de las puertas de las
habitaciones desde el exterior, de acuerdo con el criterio expuesto en el
parágrafo 123 del informe anual de 2014.
9. Se habilite un espacio en el que los internos puedan recibir visitas y
se garantice su derecho a la intimidad en las comunicaciones.
10. Se instale un sistema de vídeo-vigilancia y grabación que cubra todos
los espacios comunes del centro y se sustituyan las cámaras que captan
imágenes de mala calidad, de acuerdo con el criterio recogido en el
parágrafo 117 del informe anual 2014.
11. Los registros de habitaciones, ropas y enseres se realicen, siempre,
en presencia de los internos interesados.
12. Se dote al centro de armeros para que, en aras de la seguridad de los
internos y de los propios agentes, estos puedan depositar su arma
reglamentaria y no la porten cuando estén con los internos.
13. Se instale un sistema de calefacción para paliar la humedad y el frío
del invierno por su proximidad al mar.
14. Se supriman las rejas en las habitaciones de los módulos A y B y en
las ventanas de los pasillos del módulo C.
15. En cada habitación existan tres internos por habitación, como máximo.
16. Exista presencia médica y de DUE todas las tardes y noches, con el fin
de garantizar atención médica y de enfermería de forma continuada,
conforme al criterio manifestado en el parágrafo 101 del informe anual
2014.
17. Se preste asistencia psiquiátrica y psicológica, según el criterio
establecido en el parágrafo 99 del informe anual 2014.
18. Se sustituya y suministre el material deportivo y de ocio, a tenor de
lo expuesto en el parágrafo 128 del informe anual 2014.
19. Se permita el uso de teléfonos móviles, según el criterio manifestado
en el parágrafo 128 del informe anual 2014.
20. Exista un registro informático donde consten de manera correlativa, un
resumen de las quejas o peticiones formuladas por los internos.
21. Se cuente con un registro de las separaciones temporales o del uso de
otros medios de contención, como la fuerza física o el uso de grilletes
en donde conste la hora de inicio y finalización y los motivos."
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-María Dolores
Galovart Carrera, Guillermo Antonio Meijón Couselo, Antonio Ramón María
Trevín Lombán, Salvador Antonio de la Encina Ortega y Miriam Alconchel
Gonzaga, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.
Comisión de Defensa
161/001948
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición
no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Defensa, relativa
a la necesidad de mayor rigor y realismo en la financiación de las
operaciones en el exterior.
Exposición de motivos
Desde la década de los noventa, y de forma creciente, España participa en
distintas misiones y operaciones en el exterior, tanto de carácter
bilateral como multilateral. Se tiene constancia que en el mes de mayo de
2017 España está presente en 23 operaciones en el exterior, de acuerdo
con la página web del Ministerio de Defensa, con 2920 militares y
guardias civiles desplegados fuera de las fronteras españolas, y que
durante el mes de junio se prevé que la cifra supere los 3000. Nunca
antes se habían desplegado tantos militares españoles en operaciones en
el exterior, como se viene reconociendo por parte del Ministerio de
Defensa en los últimos meses.
A la par que se ponían en marcha las primeras operaciones en el exterior,
desde hace más de dos décadas se viene señalando por parte del Tribunal
de Cuentas que la presupuestación de las partidas correspondientes a las
operaciones y misiones en el exterior -con códigos presupuestarios,
14.03.122M.128, 14.03.122M.228 y 14.03.122M.628- adolecen de una "falta
de rigor y realismo". Tal y como se afirma en el último informe de
fiscalización del Tribunal de Cuentas disponible sobre esta materia, el
Informe de Fiscalización de la participación de las Fuerzas Armadas
Españolas en Misiones Internacionales, ejercicios 2009 y 2010, n.º 943,
aprobado en el pleno del Tribunal de Cuentas en su
sesión del 28 de junio de 2012 y debatido en el Congreso en marzo de 2017.
En ese sentido, el Tribunal de Cuentas, en el informe referido, plantea
las siguientes recomendaciones:
"1.ª Es indispensable modificar el procedimiento actual de presupuestación
de los gastos necesarios para financiar las operaciones de mantenimiento
de la paz, pudiendo diferenciarse las operaciones en curso de las
operaciones imprevistas, procediendo, en el primer caso, a la inclusión
de estos costes en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada
ejercicio y continuando con el procedimiento actual de ampliación con
cargo al Fondo de Contingencia, en el supuesto de nuevas operaciones
aprobadas con posterioridad a la tramitación de los presupuestos. De este
modo se cumpliría con las reiteradas recomendaciones de este Tribunal de
presupuestar de forma realista, teniendo en cuenta los compromisos
adquiridos, y se permitiría una adecuada gestión de los recursos
financieros, logrando las deseables economías de escala en los procesos
de adquisición de los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento
de las misiones que las Fuerzas Armadas tienen encomendadas.
2.ª Se recomienda, asimismo, que los criterios determinantes de la
imputación de los gastos a los conceptos previstos para las operaciones
de mantenimiento de la paz se definan con mayor rigor y concreción, a fin
de concretar los gastos que pueden imputarse a dichos conceptos."
Así, se observa como en el programa 228 la diferencia entre el crédito
inicial y el crédito definitivo era como mínimo 50 veces mayor entre lo
presupuestado y lo ejecutado. En ambos años se presupuestaba la misma
cantidad, 14,36 millones de euros, pero en 2009 se ejecutaron 699,194
millones de euros, y en 2010, 752,248 millones. Unas cifras que ponen en
evidencia, como reconocía el propio presidente del Tribunal de Cuentas,
Álvarez de Miranda García, en su comparecencia de marzo en el Congreso,
que "en el Ministerio de Defensa [...] se encuentran las mayores
diferencias entre las partidas presupuestarias iniciales y definitivas"
(Diario de Sesiones de las Cortes Generales, comparecencia del señor
presidente del Tribunal de Cuentas, sesión n.º 6, celebrada el martes 28
de marzo de 2017, XII Legislatura, n.º 27, página 14).
Esta praxis presupuestaria, lejos de haberse subsanado en los últimos
años, sigue llevándose a cabo, tal y como reconoció el propio Secretario
de Estado de Defensa en su comparecencia sobre el proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado que tuvo lugar el del 26 de abril de
2017 ante la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados. Ese día,
este afirmó que "en total se destinan del presupuesto 14,3 millones para
los gastos ocasionados por la participación de nuestro ejército en
misiones de paz, sin variación respecto a lo presupuestado en 2016".
Igualmente adelantó que se cargaría al Fondo de Contingencia 1062,53
millones de euros en el ejercicio 2017 (Diario de Sesiones del Congreso
de los Diputados, XII Legislatura, n.º 216, año 2017, página 7).
Estas diferencias significativas entre el crédito inicial presupuestado
para las operaciones en el exterior en el proyecto de ley de Presupuestos
Generales del Estado que se presenta a las Cortes Generales, y lo que
efectivamente se liquida a final de año -cercanas cada año a los 1000
millones de euros-, distorsionan el propio presupuesto de Defensa que se
presenta a la ciudadanía desde hace décadas.
Como alertan organismos como Transparencia Internacional, estas
disparidades presupuestarias terminan por dificultar la capacidad de
fiscalización y control parlamentario que compete a la propia Comisión de
Defensa, y al Parlamento en su conjunto, respecto a los presupuestos de
Defensa. Y como señala el propio informe del Tribunal de Cuentas, este
defecto en la presupuestación inicial también incluye problemas en la
propia gestión del programa, ya que origina una carga de trabajo
extraordinaria para las unidades encargadas de su tramitación.
A la luz de lo que viene apuntando desde hace décadas este mismo tribunal,
para lograr un presupuesto más riguroso y realista es preciso modificar
el procedimiento actual de presupuestación, diferenciando las operaciones
en curso de las operaciones imprevistas. Asimismo, en aras de la
transparencia y la rendición de cuentas, convendría detallar con más
precisión los distintos gastos correspondientes a operaciones en el
exterior. No se puede seguir aumentando la presencia en el exterior de
nuestras Fuerzas Armadas, al mismo tiempo que los presupuestos que se
presentan a la ciudadanía presentan unas cifras alejadas de la realidad.
Por todo ello se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
- Siguiendo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, desde el próximo
proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado que se presente a
las Cortes Generales, incluir con mayor rigor,
transparencia y realismo, el gasto correspondiente a operaciones en el
exterior (14.03.122M.128, 14.03.122M.228 y 14.03.122M.628), concretando
con más precisión y detalle las cantidades que se imputan a esos
conceptos.
- Tener en cuenta las liquidaciones presupuestarias de años anteriores en
las partidas correspondientes a los gastos de operaciones, así como las
correspondientes a las inversiones que se piensen realizar, de forma que
se incluya en el presupuesto inicial el total del gasto estimado de las
operaciones en curso y programadas.
- Recurrir a ampliaciones de crédito con cargo al Fondo de Contingencia en
el caso de operaciones imprevistas, aprobadas con posterioridad a la
tramitación de los presupuestos."
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de mayo de 2017.-Juan Antonio
Delgado Ramos, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
Comisión de Hacienda y Función Pública
161/001950
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado don Ignasi Candela
Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 193 del Reglamento
del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley de
modificación del Real Decreto-ley 17/2014, para su debate en la Comisión
de Hacienda y Función Pública.
Exposición de motivos
El Real Decreto-ley 17/2014 por el que se crea el Fondo de Financiación a
Comunidades Autónomas fue concebido en un momento de debilidad fiscal de
las CCAA. En este contexto, gran parte de las CCAA disponían de una baja
capacidad fiscal en relación con el grado de competencias que asumían.
Así pues, se intentaba cubrir por parte del Estado y vía préstamos los
déficits y/o necesidades de financiación que las CCAA tuviesen. Estas
ayudas se enmarcaba en cuatro compartimentos:
a) Facilidad financiera.
b) Fondo de liquidez autonómica.
c) Fondo social.
d) Fondo de liquidación para la Financiación de los Pagos a los
Proveedores de Comunidades Autónomas.
El más importante de ellos por su impacto en el ejercicio fiscal de las
CCAA es el apartado b). El Fondo de liquidez autonómica (FLA) ha sido y
sigue siendo una vía de financiación imprescindible para las CCAA. No
obstante, y derivado de la articulación del Real Decreto-ley 17/2014, el
acceso a este mecanismo sigue mostrando carencias más que evidentes.
Por una parte, las condiciones financieras aplicables a estas operaciones
de crédito se fijan sin tener en cuenta a las CCAA. Esto es, se fijan sin
tener en cuenta a la contraparte.
Otra carencia más que evidente es la falta de una calendarización de
pagos, toda vez que las CCAA acceden a las condiciones necesarias para
cumplir los requisitos del Fondo de liquidez autonómica. Este hecho,
provoca inseguridad presupuestaria a las CCAA y, en cambio, dota al
gobierno central de una ventaja negociadora que no se justifica de
ninguna de las maneras.
En tercer lugar, no existen garantías de seguimiento y supervisión de los
acuerdos de operaciones de crédito. Es decir, actualmente no se dispone
de ningún observador independiente que certifique si se están cumpliendo
las condiciones pactadas.
Por estos motivos, existen un grado de incertidumbre muy elevado en estas
operaciones de crédito que dificultan el correcto funcionamiento de los
ejercicios presupuestarios de las CCAA.
Por todo lo expuesto, don Ignasi Candela, Diputado de Compromís, en nombre
del Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el Real
Decreto-ley 17/2014, en los siguientes términos:
1. Artículo 11 apartado 3 se modifica de la siguiente forma:
"Las condiciones financieras aplicables a estas operaciones de crédito se
establecerán por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para
Asuntos Económicos, a propuesta del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Pública y del Ministerio de Economía y Competitividad
previo acuerdo por consensos en el Consejo de Política Fiscal y
Financiera."
2. Artículo 23 apartado 3 se modifica de la siguiente forma:
"Las disposiciones del compartimiento del Fondo de Liquidez Autonómica del
Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas [...] se ajustará a un
calendario anualizado. El desembolso de la cuantía anual estará
condicionado al cumplimiento de las condiciones fiscales y financieras,
previo informa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en
coordinación con las CCAA y el Consejo de Política Fiscal y Financiera."
3. Artículo 26 apartado 1 se modifica de la siguiente forma:
"El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas realizará el
seguimiento de los planes de ajuste conjuntamente con la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal."
4. Artículo 26, apartado 3 se modifica de la siguiente forma:
"En el caso de que el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas
previo informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal
detecte riesgos de incumplimiento o incumplimiento de las medidas del
plan de ajuste, propondrá su modificación con la adopción de nuevas
medidas para el año subsiguiente, no pudiendo modificar las operaciones
de crédito ni la entrega de la anualidad en el año en curso.""
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-Ignasi Candela
Serna, Diputado.- Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario
Mixto.
161/001965
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la modificación del
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.
Exposición de motivos
El pasado 17 de febrero, el Pleno del Tribunal Constitucional estimó
parcialmente una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Donostia en relación
con varios artículos de la Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana del Territorio Histórico de Gipuzkoa. En la sentencia 29/2017, de
16 de febrero de 2017, "BOE" núm. 72, de 25 de marzo de 2017, el Tribunal
consideró que el citado impuesto es contrario al principio de capacidad
económica, previsto en el artículo 31.1 de la Constitución. La norma
cuestionada establecía un impuesto sobre la plusvalía de los terrenos de
naturaleza urbana, impuesto que se devenga en el momento en que se
produce la venta del bien y que se calcula de forma objetiva a partir de
su valor catastral y de los años (entre un mínimo de uno y un máximo de
veinte)
durante los que el propietario ha sido titular del mismo. En este sentido,
el Tribunal concluye que los preceptos de la Norma Foral establecen una
ficción de incremento de valor que, además, impide al particular toda
prueba en contrario, pues el aumento del valor del suelo se determina
mediante la aplicación automática de los coeficientes previstos en la
norma al valor catastral del suelo en el momento de la transmisión. Por
lo tanto, la mera titularidad de un terreno durante un determinado
período temporal produce, en todo caso y de forma automática, un
incremento de su valor.
Así, la fórmula prevista en la norma para calcular el impuesto provocaba
que éste debiera pagarse igualmente en aquellos supuestos en los que el
valor de los terrenos no se ha incrementado, o incluso ha disminuido, una
circunstancia esta última bastante habitual como consecuencia de la
crisis económica.
Más recientemente, el propio Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado
por unanimidad declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los
artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo. En esta nueva sentencia que viene a ser la
continuación de la citada más arriba, el Tribunal reitera que el Impuesto
sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida
en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real
del valor del bien, "sino a la mera titularidad del terreno durante un
periodo de tiempo".
En esta última sentencia, el Tribunal explica que el objeto del impuesto
regulado por la norma estatal ahora cuestionada es el incremento del
valor que pudieran haber experimentado los terrenos durante un intervalo
de tiempo; sin embargo, el gravamen no se vincula necesariamente a la
existencia de ese incremento, sino a la mera titularidad del terreno
durante un periodo de tiempo computable. Es decir, el simple hecho de
haber sido titular de un terreno de naturaleza urbana durante un
determinado periodo temporal implica necesariamente el pago del impuesto,
incluso cuando no se ha producido un incremento de valor del bien o, más
allá, cuando se ha producido un decremento del mismo. Esta circunstancia
impediría al ciudadano cumplir con su obligación de contribuir "de
acuerdo con su capacidad económica", tal y como establece el artículo 31
de la Constitución.
En definitiva, el Tribunal declara parcialmente inconstitucionales y nulos
los preceptos cuestionados, no la figura del impuesto per se. En
concreto, se sentencia inconstitucional "únicamente cuando sometan a
tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo a
los contribuyentes acreditar que no se produjo efectivamente un
incremento de valor". Corresponde por tanto al legislador llevar a cabo
las modificaciones o adaptaciones del régimen legal del impuesto que
permitan no someter a tributación situaciones de inexistencia de
incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Por último, no hay que olvidar que la tributación de este impuesto es una
de las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos. Y la
aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional podría comportar
que los ayuntamientos se vean obligados a proceder a la devolución de las
cantidades liquidadas en concepto del citado impuesto en relación a los
terrenos que no habían experimentado un incremento de valor, como
consecuencia de una regulación estatal incorrecta los efectos de la cual
no deberían asumir, en ningún caso, las entidades locales afectadas. En
este sentido, el Gobierno debe asegurar que los ayuntamientos dispongan
de la capacidad económica y la autonomía financiera necesaria para
continuar ofreciendo todos los servicios que prestan en la actualidad.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Presentar, con carácter de urgencia y en acuerdo con las entidades
locales, un Proyecto de Ley de modificación del texto refundido de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el cual los supuestos de inexistencia de
incremento de valor del suelo dejen de estar sujetos al Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y sitúe el
marco jurídico de este impuesto en los términos establecidos en la
sentencia del Tribunal Constitucional emitida sobre el mismo.
2. Realizar las actuaciones necesarias, en el marco de las
disponibilidades presupuestarias, para garantizar a los ayuntamientos la
compensación por la pérdida de ingresos como consecuencia de la
devolución de las cantidades liquidadas en concepto del Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) en el
caso que, en cumplimiento de Sentencia del Tribunal Constitucional,
debiera de procederse a tales devoluciones.
3. Establecer un procedimiento regulado y ágil para la devolución de las
cantidades indebidamente cobradas, en los casos que proceda.
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2017.-Josep Vendrell
Gardeñes, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea.
Comisión de Fomento
161/001947
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a
esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre un corredor de trenes
de cercanías entre Palencia-Venta de Baños-Valladolid y Medina del Campo,
para su debate en Comisión de Fomento.
Exposición de motivos
El establecimiento de un nuevo servicio ferroviario de cercanías
Palencia-Valladolid-Medina del Campo podría contribuir notablemente a que
el transporte público alcance la cuota modal del 25% de desplazamientos
entre esas tres poblaciones, con una demanda anual que podría alcanzar
los más de 2,1 millones de usuarios en todas las combinaciones (López,
2015)1. Cabe señalar que a lo largo de este corredor se halla una de las
mayores concentraciones empresariales de Castilla y León, lo que requiere
dotar de servicios públicos a las personas que diariamente tienen que
desplazarse a sus puestos de trabajo y entre dos de los campus de la
Universidad de Valladolid, Valladolid y Palencia.
El corredor, sin duda, contribuiría además, a reducir la congestión de los
principales trayectos interurbanos, y haría posible una evidente mejora
medioambiental por la reducción de hasta 377 toneladas anuales de CO2.
Estos datos se extraen de un estudio elaborado por CCOO, en el que se hace
un detallado análisis del número y las características de las estaciones
a implantar, las posibles frecuencias a desarrollar y el sistema
tarifario integrado a aplicar. A ello deberíamos añadir los indiscutibles
valores del transporte ferroviario en cuanto a lo social y ecológico, en
cuanto a eficiencia energética y descongestión de las carreteras, así
como por su mayor potencial en la vertebración del territorio y en la
mayor generación de empleo auxiliar.
En dicho estudio, además, se ponen de manifiesto las relaciones entre la
estimación de costes operativos del servicio en relación con la tasa de
cobertura que tendría en función de la política tarifaria a aplicar, cuyo
análisis ofrece unos ratios interesantes, incluso muy competitivos en
comparación con otros núcleos de cercanías existentes en la actualidad.
De hecho este corredor se podría poner en funcionamiento con el actual
estado de infraestructuras y progresivamente hacer frente a las
inversiones necesarias, para nuevos apeaderos y acondicionamientos.
La reciente llegada del tren de Alta Velocidad a la ciudad de Palencia, si
se sabe aprovechar la oportunidad, puede resultar una gran ayuda como
motor de desarrollo para Palencia ciudad y su provincia. Paradójicamente,
al mismo tiempo que esto ocurre, numerosos pueblos de esta misma línea,
tiempo que esto ocurre, numerosos pueblos de esta misma línea,
precisamente, han visto como en los últimos tiempos han perdido su
comunicación por ferrocarril o incluso han constatado como se
desmantelaba su estación, como es el caso de Venta de Baños, por ejemplo.
Desde el Ministerio de Fomento en estos últimos años se han suprimido
servicios deficitarios por baja ocupación, en vez de impulsar servicios
rentables con modelos de bajo coste y políticas de estímulo a la demanda.
De seguir así se corre el grave riesgo de disminuir el efecto vertebrador
del ferrocarril en estas dos provincias y convertir al ferrocarril en un
transporte selectivo, al servicio exclusivo de las necesidades de
sectores reducidos, sin considerar su función social y privando de este
modo de comunicación al medio rural, pasando de ser un territorio
integrado en la malla ferroviaria, a ser un territorio funcionalmente
excluido, al carecer de frecuencias suficientes para atender la relación
demandada con las ciudades de
1 Fuente: López Inclán, C. (2015). Análisis de la implementación de un
sistema de cercanías en el corredor Palencia-Valladolid-Medina del Campo.
CCOO.
Palencia y Valladolid, tanto en horarios compatibles con una jornada
laboral y aptos para acceder a los servicios básicos que ofertan estas
ciudades, de carácter sanitario, social, cultural, administrativo y
comercial.
Esta iniciativa responde además a numerosas y justas reivindicaciones de
los municipios afectados quienes reclaman acabar con un creciente
aislamiento que sufre el mundo rural, que limita el derecho de movilidad
de los ciudadanos y la conexión de los municipios para el mantenimiento
de su actividad económica, cultural y social, ya que la supresión de
líneas y servicios ferroviarios tiene repercusiones negativas e
irreversibles.
Finalmente se debe considerar que todos los grupos políticos de las Cortes
de Castilla y León (PP, PSOE, Mixto, Podemos y Ciudadanos) acordaron el
pasado 21 de octubre de 2015 a través de una Proposición no de Ley, pedir
al Gobierno de España que pusiese en marcha un corredor ferroviario de
cercanías Palencia-Valladolid-Medina del Campo que podría ser utilizado
por más de dos millones de personas. Asimismo y previamente fueron
aprobadas mociones en la mayoría de los ayuntamientos del recorrido,
entre ellos Valladolid, Medina del Campo, Dueñas, Venta de Baños o
Palencia, entre otros, por lo que cuenta con el apoyo de los alcaldes de
los distintos municipios. Como consecuencia, esta propuesta llega avalada
por una importante representación social, política y de distintas
administraciones.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes
medidas necesarias para implantar, previos los análisis técnicos de
demanda de RENFE Operadora y ADIF, si de ellos se deduce su viabilidad,
un corredor ferroviario de cercanías Palencia-Valladolid-Medina del
Campo, que contribuya decididamente al acercamiento y movilidad de las
personas entre estas poblaciones, y que abra nuevas oportunidades de
comunicación contribuyendo como transporte público a la descongestión de
los principales trayectos interurbanos existentes, y consiguiendo
adicionalmente una notable mejora medioambiental por la importante
reducción de emisiones de CO2."
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-María Luz
Martínez Seijo y María Soraya Rodríguez Ramos, Diputadas.-Miguel Ángel
Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
161/001956
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez, y a través de su
Portavoz Antón Gómez-Reino Varela, de conformidad con lo establecido en
el artículo 193 del Reglamento, presenta la siguiente Proposición no de
Ley, para su debate en la Comisión de Fomento relativa al Convenio de
colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Ferrol
para la ejecución de actuaciones de infraestructuras viarias en el
término municipal de Ferrol (A Coruña).
Exposición de motivos
El pasado mes de abril de 2017, el Ayuntamiento de Ferrol trasladó al
Ministerio de Fomento, el borrador del Convenio de Colaboración entre el
Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Ferrol, para realizar los
proyectos de transformación de la avenida de As Pías (FE-14), de la
carretera A Trincheira (FE-11) y de la avenida de Nicasio Pérez (FE-13),
así como la transferencia de titularidad al Ayuntamiento de Ferrol de
estas carreteras estatales FE-14, FE-11 y FE-13 en esos ámbitos que
pasarán a convertirse en vías urbanas.
El envío del borrador del Convenio fue el compromiso que adquirió el
Ayuntamiento de Ferrol, tras la reunión de trabajo celebrada el 17 de
marzo de 2017, entre una representación del Ayuntamiento de Ferrol,
encabezada por su alcalde, con el Secretario General de Infraestructuras
y su equipo en el Ministerio de Fomento, en base al Protocolo firmado
entre ambas instituciones en marzo del año 2010 para ampliar su ámbito de
colaboración para la ejecución de actuaciones de infraestructuras viarias
en el término municipal de Ferrol.
De hecho, y fruto de este acuerdo del año 2010, el Ministerio de Fomento
ha redactado los proyectos "Remodelación de enlaces en la FE-14. Conexión
con la FE-11 y la Calle Nueva de Caranza" (Ferrol-A Coruña) y
"Remodelación de enlaces en la FE-14. Conexión Caranza y el Bertón"
(Ferrol-A Coruña), proyectos que se llevarán a cabo con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado.
Asimismo, el Ministerio de Fomento se comprometió a redactar y ejecutar
las actuaciones singulares en las carreteras estatales FE-11 y FE-13.
Sin embargo, y a pesar de las conversaciones mantenidas, estas actuaciones
siguen paralizadas por parte del Ministerio de Fomento sin que el
Ayuntamiento de Ferrol conozca las previsiones del Gobierno a este
respecto.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a agilizar los trámites
para la firma del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento
y el Ayuntamiento de Ferrol para realizar los proyectos de transformación
de la avenida de As Pías (FE-14), de la carretera A Trincheira (FE-11) y
de la avenida de Nicasio Pérez (FE-13), así como la transferencia de
titularidad al Ayuntamiento de Ferrol de estas carreteras estatales
FE-14, FE-11 y FE-13 en esos ámbitos que pasarán a convertirse en vías
urbanas."
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2017.-Yolanda Díaz
Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
161/001963
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez, y a través de su
Portavoz Antón Gómez-Reino Varela, de conformidad con lo establecido en
el artículo 193 del Reglamento, presenta la siguiente Proposición no de
Ley, para su debate en la Comisión de Fomento relativa a la aprobación
del nuevo plan de prestación del Servicio Postal Universal por parte de
Correos.
Exposición de motivos
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, consigna una
partida de 120 millones de euros para el Servicio Postal Universal, lo
que supone un recorte de 60 millones con respecto al ejercicio anterior
en el que la partida alcanzaba los 180 millones de euros. A esto hay que
añadir un recorte de 500.000 euros más tras la aprobación de la enmienda
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a través de Foro Asturias,
para la "redacción del proyecto acordado por la Sociedad "Gijón Al
Norte". Plan de integración del Ferrocarril en Gijón, manteniendo la
centralidad urbana de la nueva estación", con cargo al programa 491N
Servicio Postal Universal del Ministerio de Fomento.
La partida resultante tras los recortes indicados aboca a Correos, la
mayor empresa pública de España, a finalizar el año, previsiblemente, con
pérdidas, ya que esta cifra está muy alejada de los 290 millones de euros
que Correos calcula que necesita para prestar el Servicio Postal
Universal. Empezar el año con un déficit de más de 170 millones de euros
que se deben recuperar indica que, previsiblemente, habrá recortes en el
servicio, falta de contratación de personal, congelación salarial,
aumento de la precariedad y de la pésima prestación del servicio postal.
Todo indica, y así lo respalda la propia CNMC, que las pretensiones del
Gobierno pasan por poner fin a la prestación de la obligación de entrega
diaria de correspondencia en cada domicilio.
De hecho la CNMC presentó en 2016, un nuevo modelo de cálculo del coste de
prestación del servicio. En este modelo Correos debe detectar las zonas
donde el servicio no genera beneficios económicos, y en esas zonas la
CNMC entiende que con repartir tres días a la semana sería suficiente. En
este mismo plan se habla del cierre masivo de oficinas auxiliares. Con
estas medidas el Gobierno vuelve a recortar los
derechos de la ciudadanía, privando a la gente de un servicio público.
Así, se verán afectados más de 8.000 núcleos de población pequeños de
áreas rurales, donde hacer llegar el servicio es deficitario.
A este recorte hay que añadir que en los últimos diez años se hayan
perdido 15.000 empleos en Correos debido a que no se han cumplido las
reposiciones de personal. Además, los trabajadores de Correos llevan casi
cuatro años con una negociación bloqueada para la aprobación del IV
Convenio Colectivo, toda vez que el III Convenio Colectivo se encuentra
en situación de ultractividad, como tuvo que reconocer la Audiencia
Nacional después de que el citado convenio hubiese expirado en el año
2013, y seis años de congelación y recorte salarial.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
Reanudar las negociaciones con los representantes de las trabajadoras y
los trabajadores de Correos para alcanzar un acuerdo y aprobar el IV
Convenio Colectivo y Acuerdo General.
Aprobar un nuevo plan de prestación del Servicio Postal Universal contando
con el personal en la negociación del mismo, dotándolo de los recursos
necesarios para que el servicio postal tenga, realmente, carácter
universal, diario y garantice los derechos de la ciudadanía a disfrutar
del mismo, con especial atención a las zonas rurales."
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-Yolanda Díaz
Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
Comisión de Educación y Deporte
161/001970
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la
adecuación de las titulaciones a la Economía Digital, para su debate en
la Comisión de Educación y Deporte.
Exposición de motivos
El programa "Europa 2020" nació con el objetivo de dotar a la Unión
Europea con una economía inteligente, sostenible e integradora para
generar altos niveles de empleo, productividad y cohesión social.
El Libro Blanco para el Diseño de Titulaciones en el marco del sector de
la Economía Digital es un documento impulsado por la Agenda Digital de
España que recoge las tendencias del sector y los requisitos formativos
para alcanzar las competencias necesarias, fruto del diálogo llevado a
cabo entre la industria, las universidades y la Administración.
Se calcula que la demanda de profesionales cualificados en el ámbito
digital está creciendo a un ritmo anual del 4 %. Sin embargo, se advierte
un déficit de profesionales de perfil digital en la UE, que podría
alcanzar los 825.000 puestos de trabajo en 2020.
Por ello, resulta conveniente que la oferta y demanda formativa de las
universidades españolas tengan un perfil más adecuado a las necesidades
del sector, y que exista una mayor oferta de titulaciones oficiales
vinculadas a la economía digital.
En la actualidad, hay más títulos de nivel máster que de grado vinculados
a la economía digital porque ésta se entiende como un área de
especialización y una mayor oferta de programas formativos orientados al
desarrollo de competencias técnicas frente a los destinados a fomentar
las competencias creativas. Además, muchos perfiles profesionales se
cubren con personal de formación autodidacta. En definitiva, existe una
brecha entre la demanda y la oferta, que lejos de disminuir, se
incrementa.
El Libro Blanco ha definido 41 perfiles profesionales vinculados a la
demanda de especialistas en el ámbito de la economía digital por parte de
las empresas. Estos perfiles tienen características especiales que hacen
que la mera adaptación con pequeños itinerarios dentro de los programas
formativos existentes en la actualidad, no sea suficiente.
El pasado 14 de diciembre de 2016, el Congreso de los Diputados aprobó la
Proposición no de Ley relativa a la Estrategia Española para la Educación
Superior, que incluía entre otros objetivos: ubicar a los alumnos en el
centro de la Estrategia para conseguir una formación de calidad para su
desarrollo personal y para que alcancen resultados de aprendizaje que les
faciliten el acceso y su mantenimiento en el mercado laboral en las
mejores condiciones, así como Intensificar la relación entre las
universidades, los organismos públicos de investigación y las empresas,
para facilitar el empleo a los egresados y para incrementar la
competitividad del sector empresarial a través de actividades
innovadoras.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la
siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
- Promover la adecuación de las titulaciones a la Economía Digital; la
oferta de una formación, teórica y práctica, a las disciplinas que las
empresas demandan y que demandarán en el futuro, en permanente diálogo
con la industria y las instituciones educativas y científicas para la
formación de los profesionales del futuro, tomando como guía el Libro
Blanco para el Diseño de Titulaciones en el marco del sector de la
Economía Digital.
- Promover el desarrollo de programas formativos actualizados en las
universidades, con un marcado perfil digital que atienda la nueva demanda
tecnológica.
- Impulsar la implicación de la universidad española en la Agenda Digital
y de todos artífices de la generación de conocimiento."
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Comisión de Empleo y Seguridad Social
161/001941
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de Carles Campuzano i Canadés
Diputado del Partit Demòcrata Català), y al amparo de lo establecido en
el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para
su debate ante la Comisión de Empleo y Seguridad Social, una Proposición
no de Ley por la que se insta al Gobierno a aprobar un Proyecto de Ley de
impulso a la creación de empleo de calidad en el sector de los servicios
de atención a las personas.
Antecedentes
Crear empleo, reducir el paro y combatir la economía sumergida son algunas
de las prioridades que debe tener la política económica de un estado
desarrollado que persiga la mejora del bienestar de sus ciudadanos
mediante el impulso al crecimiento, la reducción de las desigualdades y
el mantenimiento del Estado del Bienestar.
En el caso del Estado español, es un reto de enorme magnitud, tanto por
las elevadas cifras de paro -4.237.000 personas en el 4.º trimestre de
2016, el 18,63% de la población activa-; como por la magnitud atribuida
a la economía sumergida, que en los últimos años se estima que representa
alrededor del 20% del PIB; como por el preocupante aumento de las
desigualdades que hemos venido teniendo durante los años de crisis.
A su vez, han sido reiteradas las recomendaciones de expertos y de
instituciones como el Parlamento y la Comisión Europea que subrayan la
necesidad de que los Estados miembros den prioridad a "impulsar
iniciativas que faciliten el desarrollo de los sectores con mayor
potencial de creación de empleo, incluidos
la economía baja en carbono "empleos ecológicos", el sector social y la
sanidad "empleos blancos", la prestación de otros servicios personales y
domésticos, y la economía digital".
En este contexto, constatamos que las actividades que contribuyen al
bienestar de las familias y las personas en los hogares, como los
servicios de asistencia social a domicilio, los de apoyo a las familias,
los servicios domésticos, tienen un enorme potencial de creación de
empleo. Los servicios de asistencia a domicilio forman parte de los
denominados "empleos blancos" junto con los servicios de asistencia
sanitaria y de atención residencial, mientras que los servicios
domésticos están en la linde de esta categoría.
En los últimos años ha aumentado significativamente la demanda de
asistencia domiciliaria y de servicios domésticos, a causa del
envejecimiento de la población en todos los Estados miembros; y, en el
caso del estado español, acrecentado por la disminución del número de
cuidadores potenciales en el círculo familiar. Pero ya no se trata solo
de la atención y el apoyo a las personas mayores, sino de otros muchos
servicios que las familias de hoy necesitan satisfacer, tales como el
apoyo en el cuidado de los hijos o el apoyo al hogar.
Todo ello en un contexto en el que la variabilidad y diversidad de
responsabilidades profesionales requiere reforzar las posibilidades de
acceso a servicios que permiten mejorar la conciliación de la vida
familiar, personal y laboral. Una buena y accesible oferta de servicios a
las personas ayudaría a ello, a la par que permitiría disminuir una parte
no menor, del absentismo laboral, a menudo resultado de la ausencia de
esta oferta flexible y accesible de estos servicios.
La amplia y diversa gama de estos servicios es lo que se denomina en
Europa "Servicios a la Persona", un sector con enorme capacidad para
generar empleo. Un empleo que además, por la idiosincrasia de nuestra
sociedad y por la evolución de la pirámide de la población española, será
sostenible a largo plazo y que no es deslocalizable.
Sin embargo, la realidad nos indica que buena parte del sector de
"Servicios de atención a las Personas" está desestructurado, actúa al
margen de la economía normalizada y en un contexto de alta precariedad.
Una gran parte de las familias y ciudadanos acuden a la economía
sumergida para satisfacer los "Servicios de atención a las Personas" que
necesitan, puesto que, por coste, no pueden permitirse cubrirlas de otro
modo. Según algunas estimaciones, alrededor de un millón de personas
podría estar prestando "Servicios de atención a las Personas", en la
economía sumergida.
No tiene sentido mantener esta situación en un estado desarrollado como el
nuestro, urge articular medidas que permitan aflorar el empleo de este
sector y regularizarlo, el beneficio será triple: en primer lugar
beneficio para la persona empleada, hoy completamente desprotegida de sus
derechos laborales y sociales; en segundo lugar beneficio en la calidad
de prestación de estos servicios; y en tercer lugar beneficio por el gran
potencial de creación de empleo que posee el sector de la prestación de
"Servicios de atención a las Personas", lo cual deberá permitir la
reducción de una tasa de paro que hoy nos resulta inadmisible.
Para conseguirlo, es preciso reducir el coste de los servicios en el
mercado formal, desincentivando así la actuación en la economía
sumergida, y es preciso articular sistemas de afiliación más ágiles y
desburocratizados, con el fin de adecuarlos a las necesidades de las
familias, las cuales constituyen empleadores muy diferentes al empleador
empresarial.
Una regularización e impulso de los "Servicios de atención a las
Personas", que pretenda lograr los objetivos anteriormente reseñados,
proporcionaría las siguientes ventajas:
1. La generación de un importante yacimiento de empleo -no deslocalizable-
y sostenible en el tiempo.
2. El afloramiento de empleos sumergidos, con las garantías laborales que
ello supone para las personas empleadas y con la subsiguiente
regularización de cotizaciones sociales y de ingresos fiscales.
3. El desarrollo de un amplio sector empresarial muy intensivo en
generación de empleo.
4. Para las personas que necesiten la prestación de "Servicios de atención
a las Personas" y para aquellas que trabajen en este sector, las ventajas
de su regularización son evidentes:
a) Plenas garantías de seguridad a las personas que solicitan el servicio.
b) Posibilidad de exigir estándares de calidad en la prestación de los
servicios, con profesionales formados y con un sistema que permita el
control y vigilancia de los prestadores de servicios.
c) Garantías y derechos laborales para los trabajadores derivadas de un
empleo regulado.
Para reconocer jurídicamente el sector en toda su amplitud, deben
afrontarse diversas reformas que faciliten el tránsito de la economía
irregular del sector, a la economía formal. Es preciso que el coste de
estos servicios en la economía formal, sea menor de lo que es hoy,
respecto a la misma prestación de servicios desde la economía sumergida.
Para ello, será preciso ajustar las cargas sociales y adoptar estímulos
fiscales vinculados a dichas actividades.
El Partit Demòcrata Català, considera que estas reformas deben ser
semejantes a las ya implantadas en diversos países de la Unión Europea
como Francia (a través de la conocida Ley Borloo), Alemania, Bélgica,
Dinamarca, Finlandia u Holanda.
Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català,
presentan la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar, en
colaboración con las CCAA y los interlocutores sociales, un Proyecto de
Ley de impulso a la creación de empleo de calidad, en el sector de la
prestación de "Servicios de atención a las Personas".
Sus objetivos serán: promover la regularización de empleo informal o
irregular en el sector de "Servicios de atención a las Personas";
desincentivar la realización de estos mismos trabajos en la economía
sumergida; y favorecer la articulación de un amplio y eficiente sector de
servicios de atención a las personas -lucrativo y no lucrativo-.
El Proyecto de Ley deberá prever, entre otras, las siguientes medidas:
1. Revisar el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de
Hogar, con el fin de ampliar su objeto y ámbito de aplicación, para
configurar un Régimen Especial de la Seguridad Social de los Servicios de
Atención a las Personas, teniendo en cuenta las nuevas necesidades de las
familias y la prestación de estos servicios por parte de empresas y
entidades sin animo de lucro
2. Simplificar el régimen de alta y baja de las cotizaciones sociales de
las personas que trabajen en el Régimen Especial de la Seguridad Social
de los Servicios de Atención a las Personas, para que sea menos
burocrático que el vigente.
3. Propiciar la disminución de los costes de contratación de los
"Servicios de atención a las Personas" prestados por parte de empresas y
de entidades sin ánimo de lucro, mediante la bonificación de las
cotizaciones a la Seguridad Social a las contrataciones de los/las
trabajadores/as que deban prestarlos.
4. Aplicar desgravaciones fiscales en el IRPF a quien adquiera "Servicios
de atención a las Personas" para sí misma o para cualquier persona de su
entorno familiar.
5. Admitir, como gastos deducibles para las empresas, aquellos que sean
destinados a la prestación de servicios de guardería o de asistencia
personal a sus empleados y familiares con el objetivo de facilitarles la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la igualdad de
oportunidades.
6. Aplicar un IVA súper reducido para este tipo de servicios, cuando sean
prestados por entidades sin ánimo de lucro."
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2017.-Carles
Campuzano i Canadés, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo
Parlamentario Mixto.
161/001954
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente
Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de
Empleo y Seguridad Social, relativa a la inclusión de los funcionarios
públicos en el Régimen General de la Seguridad Social y la equiparación
de las pensiones de orfandad.
Exposición de motivos
1. Libertad de Elección de Régimen de Seguridad Social para todos los
empleados públicos, con independencia de su fecha de acceso a la función
pública.
Con el objetivo de suprimir las diferencias entre el Régimen de Clases
Pasivas y el Régimen General de la Seguridad Social, en la disposición
adicional sexagésima segunda de la Ley 2/2008, de Presupuestos Generales
de 2009, se mandato al Gobierno a avanzar, de la mano de los actores
sociales, en la armonización de ambos regímenes. Posteriormente, en la
Ley 13/2010, se ordenó la integración en el
Régimen General de la Seguridad Social de los funcionarios que se
incorporaran a partir del 1 de enero de 2011, avanzado hacia la extinción
del Régimen de Clases Pasivas.
Dicha incorporación es especialmente relevante en el tema de las
pensiones, dejando el resto de prestaciones; sanitarias y servicios
sociales, en manos de las mutuas comunes a todos los funcionarios.
Esto en la práctica genera una desigualdad entre empleados públicos que
desarrollan las mismas funciones, ya que ambos tienen beneficios
distintos en función del régimen en el que se encuentren, tal y como
recoge el escrito dirigido al Ministerio de la Presidencia y para las
Administraciones Territoriales, del sindicato CSIF.
El mismo escrito detalla lo establecido por el Tribunal Constitucional en
materia de igualdad, el cual dice, "el principio de igualdad no implica
en todos los casos un tratamiento legal igual con abstracción de
cualquier elemento diferenciador de relevancia jurídica, de manera que no
toda desigualdad de trato normativo supone una infracción del mandato
contenido en el artículo 14 CE, sino tan solo las que introduzcan una
diferencia entre situaciones que pueden considerarse iguales".
Nos encontramos pues ante una situación igual, mismo trabajo y mismas
condiciones de acceso (oposición), que tienen un tratamiento desigual
solo en función de la fecha de ingreso al servicio del empleado público.
El principal perjuicio para un funcionario público de clases pasivas con
respecto a uno del Régimen General son las pensiones. Con la excepción de
los funcionarios pertenecientes al grupo A1, que alcanza el tope en el
máximo de cotización de la seguridad social , el resto de funcionarios no
cotiza por el sueldo entero, como si lo hacen los funcionarios adscritos
a la seguridad social, sino por los haberes reguladores que son
inferiores a las retribuciones reales, por lo que la cuantía de la
pensión en uno y otro caso sería distintas, resultando perjudicado el
funcionario adscrito al régimen de las clases pasivas.
Además de esto, como indica la ponencia de clases pasivas-seguridad social
del CSIF, hay diferencias en el copago farmacéutico. Un pensionista de
clases pasivas paga un 30% del medicamento, igual que un trabajador en
activo del régimen general, sin embargo, un pensionista de este último,
con rentas de 18.000 a 100.000 euros anuales, paga un 10% . Lo que supone
otro caso claro de discriminación en perjuicio del colectivo integrado en
el régimen de clases pasivas.
El único beneficio posible para los trabajadores públicos de las clases
pasivas, es la posibilidad de jubilación a los sesenta años tras treinta
y cinco de servicio, pero esta cuestión es sabido que está en revisión
para equipararla al régimen general.
2. Equiparación de los requisitos de mantenimiento y prorroga de las
pensiones de orfandad de las clases pasivas a los establecidos para las
pensiones de orfandad de la seguridad social.
En la actualidad, los requisitos de mantenimiento y prórroga de las
pensiones de orfandad una vez cumplidos los veintiún años, son distintos
en el régimen de clases pasivas respecto del régimen general de la
seguridad social, nuevamente en perjuicio de aquel.
En particular, cabe señalar que la edad máxima para que proceda la
prórroga de la percepción de la prestación de orfandad en uno y otro
régimen es distinta; veinticinco años en el régimen general y
veinticuatro años en clases pasivas.
Pero, además, se da la circunstancia de que los supuestos extraordinarios
para prorrogar la pensión a partir de los veintiún años son también
diferentes. En el caso de las pensiones de orfandad de la seguridad
social, una vez cumplidos los veintiún el beneficiario puede mantener la
pensión hasta los veinticinco si no trabaja o sus ingresos son inferiores
al SMI; en el caso de la pensión de las clases pasivas, una vez cumplidos
los veintiún años solo se puede prorrogar hasta los veinticuatro si la
orfandad es absoluta, es decir que faltan los dos progenitores, o se da
una discapacidad igual o superior al 33% .
Este hecho consideramos que supone una desigualdad inaceptable, que
incumple el principio de igualdad ante la Ley desde la perspectiva del
artículo 14 de la Constitución, puesto que más allá de la diferencia de
régimen que supone la pertenencia al régimen de clases pasivas con
respecto al general de la seguridad social, no debiera existir esta
diferenciación en las condiciones para cobrar una pensión de orfandad.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha las
medidas necesarias para:
1. Permitir al funcionario público de clases pasivas elegir entre el
régimen de clases pasivas o su incorporación al régimen general de la
seguridad social, en un plazo fijado, de una vez y de manera irrevocable.
2. Modificación del artículo 41 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de
30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases
Pasivas del Estado, para equiparar las condiciones de los beneficiarios
para las pensiones de orfandad de las clases pasivas a las del régimen
general de la seguridad social, subiendo a veinticinco años la edad
máxima en la pensión de las clases pasivas, exceptuando los beneficiarios
con incapacidad permanente que seguirían manteniendo la prestación sin
límite de edad, equiparando las condiciones de mantenimiento y/o prórroga
de la pensión de orfandad de las clases pasivas con la pensión de
orfandad de la Seguridad Social."
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-Alberto
Rodríguez Rodríguez y María Auxiliadora Honorato Chulián,
Diputados.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
161/001964
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a la Mesa para, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley para impulsar medidas en el ámbito laboral que
palien el impacto negativo de la deslocalización sobre el empleo, eviten
el "dumping" social y contribuyan al respeto de los derechos humanos,
para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.
Exposición de motivos
La generalizada internacionalización de las empresas y la imparable
deslocalización productiva, hace que hoy una cuarta parte del PIB del
mundo este generado por actividad internacional. El funcionamiento de la
economía mundial durante estas últimas décadas se ha basado en el mayor
peso específico de las inversiones multinacionales, cuyo objetivo es la
generación del mayor beneficio en el menor tiempo posible, y para ello,
simple y directamente, se buscan territorios de bajos costes laborales y
con legislaciones laborales, industriales y medioambientales más
flexibles.
Estos procesos han aumentado mucho más con la crisis en la que estamos
instalados y fomentado por las reformas y los ajustes impuestos para
hacerles frente, sobre todo la desregularización de las relaciones
laborales. Las causas más significativas de la deslocalización son la
búsqueda de costes salariales más bajos así como otros beneficios
económicos, como menor presión fiscal, suelos industriales baratos,
ayudas gubernamentales, entre otros. En definitiva, se busca tener costes
directos cada vez menores. La gran desigualdad de derechos y condiciones
laborales entre los países son para las grandes empresas multinacionales,
un elemento fundamental para su implantación en territorios sin ningún
tipo de control ni exigencia sociolaboral.
Aunque aceptemos que estos procesos de internacionalización empresarial
son causa de la emergencia económica de cientos de millones de personas
que han pasado de la supervivencia autárquica y medieval a la economía
productiva, favoreciendo el desarrollo de regiones en las que, hasta no
hace mucho, simplemente se sobrevivía, ello no empece el hecho de que
también se han puesto de manifiesto toda una serie de efectos perversos,
como son la ausencia de derechos, la explotación laboral de millones de
personas, la lacra del trabajo infantil y la incapacidad de los Estados
para hacer valer y cumplir los derechos humanos y laborales. Así como la
pérdida de empleo por el traslado de las empresas, o de partes del
proceso productivo, a un lugar distinto de donde se situaba
originalmente, en el denominado proceso de deslocalización.
Así, la explotación en las fábricas donde se elaboran los productos que
luego consumimos en Occidente es motivo de alarma para ONG's, que
denuncian constantemente la situación de esclavitud en la que se
encuentran muchos operarios, que trabajan hasta veinte horas al día, no
tienen días de descanso, comen en quince minutos, duermen pocas horas,
hacinados en la propia fábrica, ganan menos de dos dólares al día, o
incluso trabajan por un plato de comida, carecen de cualquier medida de
prevención de riesgos y del más mínimo respeto a la dignidad humana,
fábricas cuyas ventanas y puertas se cierran con barrotes, con agresiones
físicas a los empleados, a lo que hay que añadir lo más vergonzante: la
generalización del trabajo infantil. Los últimos datos publicados por la
OIT nos indican que hay 168 millones
de niños y niñas trabajando, lo que les priva de su niñez y de su correcto
desarrollo emocional, físico y mental. Desgraciadamente también algunas
empresas españolas están en el punto de mira por estas prácticas y actuar
tan solo desde la perspectiva del máximo beneficio.
Recordemos el derrumbe del complejo Rana Plaza donde, en abril de 2013,
fallecieron más de un millar de trabajadoras bajo los escombros, sin que
esta tragedia haya tenido una respuesta adecuada ni por los Gobiernos, ni
por las empresas que producen en los países en vías de desarrollo. Las
grandes firmas presionan a sus proveedores para producir ropa a precios
cada vez más bajos, presión que se traslada a las personas trabajadoras
en formas de largas jornadas, mal pagadas y sin derechos y que luego la
prenda ya confeccionada se venda en las tiendas del primer mundo a un
precio que excede mucho del coste que ha supuesto para la firma su
elaboración.
La otra cara negativa de la internacionalización de las empresas y que
afecta de lleno a las personas trabajadoras es la facilidad con que se
produce la deslocalización productiva, las empresas no tienen fronteras y
buscan maximizar los beneficios disminuyendo los costes, prevaliéndose de
unas legislaciones sociolaborales menos exigentes, tanto desde el punto
de vista de la protección social, como de los derechos sindicales.
La deslocalización ha supuesto graves desequilibrios y desigualdades en el
mercado de trabajo, ha traído mayor precariedad, mayor inestabilidad, más
desempleo y debilitamiento del poder sindical. También ha modificado
nuestro sistema de relaciones laborales, por lo que no es un fenómeno que
solo afecte a los países del tercer mundo.
La globalización trata el trabajo como un factor económico más, sin hacer
caso de su connotación humana y social, hasta el punto de ver el derecho
laboral y la acción sindical como obstáculos al desarrollo empresarial,
es más las personas trabajadoras ven debilitada su posición negociadora
ante la amenaza de que si existen problemas para la empresa se traslada a
otro lugar.
Las firmas de capital nacional han ido acometiendo gradualmente
estrategias de deslocalización, con un número creciente de operaciones y
de empleos afectados cada año: Principalmente las empresas de textil,
confección, calzado, pero también alimentos, bebidas, industria auxiliar
del automóvil, tecnología, energía y últimamente en el sector transporte.
La experiencia de la industria española demuestra que se han destruido
empresas y puestos de trabajo mediante el simple procedimiento de
extinción de relaciones laborales y transferencia a países dotados de
abundante mano de obra, pues los procedimientos de deslocalización son
simples y rápidos, el cierre de una empresa en un lugar y la apertura en
otro territorio para producir los mismos productos, con objeto de
abastecer y suministrar idénticos mercados, son sencillos, y estos
procesos han llevado aparejada efectos graves sobre nuestro empleo tanto
sobre su propia existencia como sobre su calidad.
Así como en el ámbito de la Unión Europea se tratan de paliar los efectos
negativos de los desplazamientos transnacionales, mediante la regulación
de unas normas mínimas de aplicación, no existe prácticamente ninguna
actuación para evitar los efectos negativos de la deslocalización en el
empleo nacional; en el plano interno debemos ser capaces de potenciar un
sistema de relaciones laborales que reafirme el carácter tuitivo y
equilibrador, no supeditado solo a la situación económica, en el que se
haga prevalecer la autonomía colectiva sobre la individual y la
estabilidad laboral. Es necesario defender la protección social como
elemento inseparable de la recuperación económica.
Tampoco existen mecanismos por los que los beneficios de las empresas
españolas, que participan en estos procesos, reviertan de alguna forma y
en parte en nuestra economía. Es preciso implicar a las empresas en la
consecución de unas condiciones laborales más justas en sus operaciones
en el extranjero y a la consecución de mayores cuotas de solidaridad y
crecimiento económico en nuestro Estado.
Incluso en muchos casos las empresas han recibido de las administraciones
públicas subvenciones y otro tipo de ayudas para la realización de
inversiones y fomento del empleo, para el crecimiento económico de la
propia empresa, y, una vez recibidas estas ayudas, han trasladado todo o
parte de su proceso industrial a otros países, por las ventajas que
supone un precio de la mano de obra muy barata, sin importar la
explotación de niños, trabajadoras y trabajadores en plantas de
producción en condiciones infrahumanas, así como la destrucción de empleo
local.
Esta cuestión requiere un amplio abanico de medidas para limitar los
efectos negativos, como medidas de modernización e innovación empresarial
para que nuestras empresas apuesten por una competencia y productividad
no basadas en los bajos salarios, sino en un incremento de la calidad del
producto, incorporando las nuevas tecnologías y la necesidad de impulsar
estrategias de internacionalización, mejorando los instrumentos de apoyo
a la exportación.
Es preciso adoptar también medidas que promuevan una "ética empresarial",
que las multinacionales para externalizar la producción a otros países lo
hagan bajo unas condiciones laborales, que impidan la explotación
laboral. Es preciso elaborar un Libro Blanco para la Cooperación al
Desarrollo en el marco de la Unión Europea, similar al que existe en
otros países europeos, en el que se priorice la lucha contra la pobreza y
la promoción del desarrollo. La deslocalización y globalización generan
espacios propios de indignidad laboral o explotación esclavista y hacen
imprescindible someterlas a códigos universales mínimos de dignidad
laboral.
Esta Proposición no de Ley, de carácter transversal, sin embargo se
circunscribirá al ámbito laboral, con el fin de paliar los efectos
negativos que la deslocalización provoca en nuestro mercado de trabajo:
eliminación de puestos de trabajo, competencia entre trabajadores,
precarización de las condiciones laborales, bajada de salarios, deterioro
del poder sindical y de los representantes unitarios, ya que ante las
amenazas de cierre, los trabajadores terminan cediendo a gran parte de
las exigencias empresariales y asumen una pérdida de derechos laborales.
Es un hecho que, amparadas en una legislación laboral cada vez más
flexible, las empresas españolas buscan destinos "más rentables", a modo
de ejemplo, en Marruecos, en Latinoamérica, en China o los países del
Este de Europa, en muchos casos tras lucrarse de las ventajas y
beneficios que les ha generado el haber desarrollado su producción en
nuestro Estado, con el agravante además de trasladar las empresas cuando
obtienen beneficios, que pretenden maximizar, alegando como causa de
cierre el mantenimiento de la competitividad, pero asumiendo una
concepción de la competitividad pasiva, únicamente basada en bajos
costes.
Si bien los procesos de deslocalización no hay que vincularlos
necesariamente a situaciones de recesión económica, durante la época de
crisis, se modificó por el Partido Popular el despido colectivo,
flexibilizando la causa, no exigiendo para fundamentar el mismo una
situación de pérdidas en la empresa, bastando con que la empresa
justificara pérdidas previstas, y no actuales, o disminución de su nivel
de ingresos durante tres trimestres consecutivos, hecho que también
beneficia cualquier estrategia de deslocalización. Esta situación nos
pone en la necesidad ineludible de modificar la gran flexibilidad con la
que el empresario puede extinguir contratos los contratos de trabajo.
Es preciso también recuperar la negociación colectiva y garantizar una
mayor presencia del movimiento sindical, para que mediante el diálogo y
la negociación en todos los ámbitos, pero especialmente en el
internacional, se consiga hacer frente a la discrecionalidad de actuación
de las multinacionales, fomentando que, cuando haya deslocalización de
una parte de su producción, se invierta para crear otro tipo de empleo.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
- Proponer las modificaciones legales oportunas con la finalidad de, entre
otras, potenciar la negociación colectiva en las empresas y para evitar
que las ayudas públicas, bonificaciones o subvenciones concedidas a las
empresas en el marco de las políticas activas de empleo, o de fomento de
empleo, sean devueltas en caso de que éstas decidan trasladar la
producción a otro país.
- Instar al reforzamiento de la acción normativa de la OIT, para asegurar
unos estándares mínimos de condiciones de trabajo y fortalecer las
regulaciones internacionales de las relaciones de trabajo.
- Potenciar la implicación de los agentes sociales a través de una Ley de
Participación Institucional en todos los aspectos relacionados con la
dignidad del empleo, para que las organizaciones sindicales tengan una
participación activa en la negociación y en la ejecución de las
decisiones empresariales.
- Fomentar la implantación de códigos de buenas prácticas en los procesos
de deslocalización."
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2017.-María del Rocío
de Frutos Madrazo, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del
Grupo Parlamentario Socialista.
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la
presente Proposición no de Ley, para su debate y aprobación en la
Comisión de Empleo y Seguridad Social, relativa al reconocimiento de
categoría profesional de Bomberos Forestales y sobre la necesidad de
mejorar las precarias condiciones laborales de las Brigadas de Refuerzo
contra Incendios Forestales, pertenecientes al Ministerio de Agricultura
y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Exposición de motivos
Las Brigadas de Refuerzo contra Incendios Forestales, las BRIF, son
unidades helitransportadas entrenadas y formadas especialmente para
luchar contra los grandes incendios forestales, sobre todo incendios de
nivel 2. Fueron creadas en 1992, como personal perteneciente al
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
En la actualidad cuentan con más de diez bases en todo el Estado y a
disposición de las CCAA Obligados a la movilidad, pueden ser desplazados
a cualquier punto del territorio estatal. Sin embargo, a pesar de su alta
especialización y profesionalización, además del riesgo que conlleva su
tarea, adolecen de unas condiciones laborales muy precarias que no se
corresponden con su peligrosa actividad.
Aunque dependen del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y
Medio Ambiente, están contratados a través de la empresa pública Grupo
Tragsa (Empresa de Transformación Agraria, S.A.). En teoría se les aplica
el Convenio Colectivo de dicha empresa pública, pero bajo un anexo
discriminatorio.
Los brigadistas denuncian que se les excluye de numerosos artículos de
dicho Convenio que se aplica a todo el personal del Grupo Tragsa, con
excepción de las BRIF. Se trata de artículos centrados en cuestiones
retributivas o de compensación de descansos, pluses por peligrosidad y
otras.
Esta situación ha obligado al colectivo de brigadistas a realizar
movilizaciones, manifestaciones, huelgas y actos de protesta en demanda
de unas condiciones justas a la altura del trabajo que desempeñan.
Reivindicaciones que llevan dos años explicitando públicamente. Cada
verano se produce una ola destructiva de incendios, algunos de ellos de
gran riesgo para las poblaciones que sufren estos fenómenos y con cientos
de miles de hectáreas destruidas. Por su peligrosidad muchos de estos
incendios logran alcanzar el nivel dos debido a su cercanía a centros
poblados con cientos de residencias afectadas o destruidas.
Además de la importante pérdida de masa forestal, del peligro de las
llamas para las viviendas de muchas personas, son desoladoras las
imágenes del daño causado por el fuego en destacadas áreas naturales de
gran valor que se ven seriamente afectadas durante varios meses del año.
Los desastres ocasionados por los incendios forestales debería ser
suficiente motivo para concienciar a las Administraciones competentes
sobre la necesidad de contar con más medios, invertir en políticas de
prevención, aprobar legislaciones cuya prioridad sea la de alcanzar las
más altas cotas de protección medioambiental para nuestros montes, poner
en valor los montes e impulsar políticas de protección y dignificar las
condiciones laborales de brigadistas, bomberos y agentes forestales dado
el tipo de labor que llevan a cabo.
En el caso concreto que nos ocupa, la precaria situación laboral de los
BRIF debería ser objeto de máxima atención por parte del Ministerio de
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, entidad que debería
adoptar políticas para solucionar esta situación y no mantener, como
hasta ahora, esa postura de indiferencia sobre el caso por considerar que
no es de su competencia. El Ministerio es el máximo responsable de la
situación de los brigadistas que pertenecen a este departamento
ministerial aunque su contratación se haga a través de un servicio
externalizado en favor de la empresa Grupo Tragsa, empresa asimismo
pública.
En conclusión, son trabajadores del ámbito público que deberían contar con
unos derechos laborales dignos. La ola de incendios que se producen cada
año y el trabajo desarrollado por los BRIF, así como el de otros
trabajadores forestales que han participado en las duras labores de
extinción, debería servir al Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente para reflexionar sobre las condiciones
laborales precarias en las que realizan su actividad los BRIF. Sus
demandas laborales resultan totalmente justas, equilibradas y conforme la
tarea que desarrollan.
Los brigadistas reclaman que se les reconozca la categoría profesional de
Bomberos Forestales a fin de reconocerles primeramente el trabajo que
desempeñan con veracidad. Demandan que se les reconozcan una serie de
enfermedades profesionales relacionadas con la toxicidad y penosidad que
se asocian a este trabajo. Así mismo demandan la aplicación de los
correspondientes coeficientes reductores al igual que sucede con otros
colectivos de bomberos.
Hay que tener en cuenta que los trabajadores y trabajadoras BRIF, además
de desenvolver tareas propias de un bombero en lo que atañe a la
extinción de incendios, se desplazan en helicóptero y por lo tanto una
parte de su trabajo se desarrolla con medios aéreos. Otra de sus demandas
es la de poder pasar a una segunda actividad dentro del mismo ámbito
profesional. Su actividad exige una altísima preparación física, pero el
avance de la edad y la merma de las condiciones físicas, debido a
enfermedades de diversa consideración relacionadas con su labor,
dificulta la superación de las pruebas físicas anuales que son
excluyentes y obligatorias para mantener el trabajo. Es una cuestión de
justicia laboral.
Son trabajadores y trabajadoras que han dedicado su vida profesional a
esta actividad, con lo cual deben tener derecho a una salida laboral
dentro de su profesión. Razón por la que demandan una serie de plazas en
el ámbito de ocupación y servicio (como auxiliar de apoyo logístico), a
fin de mantener su trabajo.
Aunque parezca mentira, el colectivo de brigadistas está realizando su
exigente actividad en condiciones salariales de miseria. Ni siquiera son
mileuristas, cobran una media de 900 euros mensuales. La contratación a
través de la adjudicataria GRUPO Tragsa los adscribe a su convenio
empresarial, que procede de la construcción, y los contempla como peones
especialistas. Es decir, una categoría que nada tiene que ver con su
función. Sin olvidar que Grupo Tragsa les aplica las partes del convenio
que le interesa ya que los excluye de más de 40 artículos que podrían
resultarles beneficiosos.
Actualmente, las BRIF cobran el salario más bajo de la tabla salarial del
convenio de Grupo Tragsa, y hay meses en lo que no llegan ni a los 900
euros en plena campaña de extinción. Además, en periodo de labores
preventivas ganan 112 euros menos, que es la compensación que se percibe
por peligrosidad, turnicidad y disponibilidad, complemento que,
desglosado en días, se queda en 3,70 euros.
Dado que las sucesivas negociaciones con el Grupo Tragsa están en un
estado de estancamiento, y puesto que las BRIF pertenecen al Ministerio
de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, consideramos de
suma importancia que el Ministerio asuma un papel activo en esta
cuestión. Creemos que la Administración pública debe dar ejemplo en el
reconocimiento de los derechos laborales de trabajadores que están para
prestar un servicio público.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, por
la importancia de estas labores, debería transformar al personal actual
de las BRIF de personal subcontratado a personal laboral, para de esta
manera constituir una plantilla pública de Brigadas de Refuerzo contra
Incendios Forestales. A nuestro juicio, la función de extinción de
grandes incendios, en unidades helitransportadas que deben moverse por
todo el territorio del Estado, es un servicio público de primer orden que
debe estar íntegramente en manos públicas y bajo la directa supervisión
ministerial, que debería ser la institución directamente responsable.
No resulta admisible que un Ministerio permita a los brigadistas trabajar
en estas condiciones. De permanecer contratados por el Grupo Tragsa, lo
lógico es que contasen con un convenio propio supervisado por el
Ministerio. Además es necesario subrayar que el Ministerio de Agricultura
y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente tiene plena capacidad para poder
lograr un cambio en las condiciones laborales es estos colectivos. El
Ministerio tiene plena capacidad para negociar con la Sociedad Estatal de
Participaciones Industriales (SEPI), y con el Fondo Español de Garantía
Agraria (Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura y
Pesca Alimentación y Medio Ambiente), instituciones públicas que son
propietarias del 51,00% y 38,96% respectivamente de las acciones del
Grupo Tragsa (Empresa de Transformación Agraria, S.A.). Estas entidades
tiene la capacidad legal para adoptar decisiones vinculantes en el seno
de la Junta General de Accionista de del Grupo Tragsa y lograr una
solución definitiva a las condiciones de precariedad laborar en las que
se encuentran estos trabajadores y trabajadoras.
Por todo esto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Establecer un proceso de negociación con la Sociedad Estatal de
Participaciones Industriales (SEPI), y con el Fondo Español de Garantía
Agraria (Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente), ambas instituciones
públicas que son propietarias del 51,00% y 38,96% respectivamente de
las acciones del Grupo Tragsa (Empresa de Transformación Agraria, S.A.),
con el fin de dignificar y mejorar las condiciones laborales de las
Brigadas de Refuerzo contra Incendios Forestales (BRIF). Estas entidades
tiene la capacidad legal para adoptar decisiones vinculantes en el seno
de la Junta General de Accionistas del Grupo Tragsa, y lograr una
solución definitiva a las condiciones de precariedad laborar en las que
se encuentran estos trabajadores y trabajadoras.
2. En concreto, se insta al Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente realizar las gestiones pertinentes para que
el colectivo de BRIF realice su peligrosa, especializada y profesional
actividad en función de unas condiciones laborales a la altura de su
trabajo, de modo que se contemplen las siguientes demandas:
- Reconocimiento de la categoría de Bomberos Forestales en correspondencia
con la función que desarrollan.
- Incluir en esta categoría profesional una serie de enfermedades
profesionales relacionadas con la toxicidad y penosidad asociadas a su
trabajo.
- Regular los coeficientes reductores y la anticipación de la edad para
acceder a la jubilación anticipada, en función de las condiciones
excepcionales de penosidad, peligrosidad, toxicidad y/o insalubridad, en
las que laboran los trabajadores y trabajadoras de las BRIF.
- Establecer normativamente la existencia de una segunda actividad dentro
del mismo ámbito profesional (plazas de ocupación y servicio como
auxiliares de apoyo logístico) cuando por edad y/o enfermedades
relacionadas con su labor no superen las pruebas obligatorias y
excluyentes que se realizan anualmente.
- Permitir las condiciones de empleo pleno de los trabajadores y
trabajadoras de las BRIF acabando con las condiciones laborales de fijos
discontinuos, bajo las cuales se rigen en la actualidad.
- Mejorar las condiciones salariales del colectivo de brigadistas,
definidos actualmente como "peones especialistas", categoría inadecuada a
su función, de modo que se aumente su retribución salarial actual situada
muy por debajo de su tarea. Especialmente se deberá procurar que las
condiciones establecidas en los convenios colectivos en favor de otros
trabajadores del Grupo Tragsa se apliquen en igualdad de condiciones en
favor de los trabajadores y trabajadoras de las BRIF.
3. Adicionalmente, se insta al Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente a estudiar e impulsar la posibilidad de que
el colectivo de brigadistas cuente con un Convenio Colectivo propio e
independiente y de ámbito estatal.
4. Se insta al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente a transformar al personal actual de las BRIF de personal
subcontratado a personal laboral para constituir una plantilla pública de
Brigadas de Refuerzo contra Incendios Forestales."
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2017.-Txema Guijarro
García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En
Comú Podem-En Marea.
Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital
161/001952
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de los Diputados del Partit
Demòcrata Català, Carles Campuzano i Canadés y Míriam Nogueras i Camero,
al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan, para su debate en la Comisión de
Energía, Turismo y Agenda Digital, una Proposición no de Ley por la que
se insta al Gobierno a desarrollar la normativa relativa a otorgar
autorizaciones de emisión a servicios de comunicación comunitarios sin
ánimo de lucro existentes.
La Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) estableció en su
disposición transitoria decimocuarta que "los servicios de comunicación
comunitarios sin ánimo de lucro que estuvieran en funcionamiento con
anterioridad al 1 de enero de 2009, optarán a licencias o autorizaciones
en el ámbito de cobertura en el que venían prestando su actividad".
El objeto de dicha disposición era dotar de seguridad jurídica a aquellos
servicios de comunicación comunitarios, sin ánimo de lucro, que habían
venido funcionando con anterioridad al reconocimiento legal de esta
categoría de servicios en la LGCA. Con esta medida se buscaba crear un
régimen transitorio para que estas emisoras pudieran operar mientras se
desarrollaba el marco normativo y el procedimiento para acceder a
licencias definitivas para la prestación de estos servicios, según
establece el artículo 32 de la LGCA.
La concesión de autorizaciones temporales prevista en la disposición
transitoria decimocuarta de la LGCA era una vía que permite la
realización de un plan piloto experimental, previo a desarrollar una
normativa adecuada para estas emisoras, tal como ha ocurrido en algunos
estados, como el Reino Unido, donde antes de aprobar en 2004, la
normativa de radios comunitarias desarrollaron una prueba experimental
mediante la concesión en 2001, de licencias para emitir durante un año
con carácter experimental.
La normativa de telecomunicaciones ha previsto la posibilidad de autorizar
usos de carácter temporal o experimental como muestran tanto el artículo
62 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones como el
artículo tercero de la Orden IET/787/2013, de 25 de abril, por la que se
aprueba el cuadro nacional de atribución de frecuencias.
Por su parte la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas indica que se podrán otorgar autorizaciones y
concesiones demaniales por plazos máximos de duración, incluidas las
prórrogas, de cuatro años.
Por todo ello se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Regular el otorgamiento de autorizaciones temporales, por un plazo
máximo de cuatro años, a Servicios de Comunicación comunitarios
radiofónicos y televisivos que estuvieran en funcionamiento con
anterioridad al 1 de enero de 2009. Las entidades privadas sin ánimo de
lucro solicitantes deberán acreditar que con anterioridad a esa fecha se
encontraban constituidas y prestaban un servicio de comunicación con el
objeto de atender las necesidades sociales, culturales y de comunicación
específicas de comunidades y grupos sociales, así como para fomentar la
participación ciudadana y la vertebración del tejido asociativo. Salvo
insuficiencia de dominio público radioeléctrico el ámbito de cobertura
será equivalente al que venían prestando su actividad.
2. El desarrollo de la disposición transitoria decimocuarta de la Ley
7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual se llevará a
cabo con la colaboración de las Comunidades Autónomas que, una vez
habilitado el dominio público radioeléctrico, podrán otorgar licencias a
los prestadores Servicios de Comunicación comunitarios radiofónicos y
televisivos que reúnan los requisitos."
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2017.-Carles
Campuzano i Canadés y Míriam Nogueras i Camero, Diputados.-Joan Baldoví
Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
161/001958
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Doña Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario
Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente Proposición no de Ley de reforma del Consejo de Seguridad
Nuclear, para su debate en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda
Digital.
De acuerdo con su propia ley de creación, el Consejo de Seguridad Nuclear
(CSN), es el único organismo competente en España en materia de seguridad
nuclear y protección radiológica. Es un ente de Derecho Público,
independiente de la Administración General del Estado, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, que se rige por su Estatuto y rinde cuentas
al Congreso de los Diputados y al Senado.
Su misión es proteger a los trabajadores, la población y el medio ambiente
de los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes, consiguiendo que
las instalaciones nucleares y radiactivas sean operadas por los titulares
de forma segura, y estableciendo las medidas de prevención y corrección
frente a emergencias radiológicas, cualquiera que sea su origen.
Es evidente que el papel de este organismo es de vital importancia para el
correcto funcionamiento y seguridad de las instalaciones nucleares, así
como una institución clave para la sostenibilidad energética y
medioambiental.
Este papel se torna aún más decisivo en el contexto de una transición
energética que debe clarificar el papel de la energía nuclear en nuestro
país; tanto si se opta por una ampliación de las autorizaciones de
explotación de las instalaciones nucleares como si se decide su
desmantelamiento. Así como también a todas aquellas decisiones que
afecten a la gestión de residuos radiactivos.
En todo caso, el papel del regulador nuclear es esencial para dotar de
seguridad, credibilidad y confianza al proceso que se decida desde las
instancias políticas. Un Consejo de Seguridad Nuclear creíble y
transparente contribuye a desterrar los temores que se puedan suscitar en
la población en relación a este sector y fomenta la confianza en las
instituciones públicas.
Sin embargo y a pesar de la expresión de independencia que se le concede
tanto en su ley de creación como en el estatuto que lo regula, los
mecanismos de transparencia del organismo han quedado obsoletos con el
devenir de los años; tanto es así que a pesar de ser un organismo que
presume de su transparencia en los distintos documentos legales, no
contempla la publicación de diarios de sesiones ni retransmisión en
directo a través de su propia página web de las reuniones del Pleno del
Consejo que lo dirige (como sí sucede en otros organismos de referencia
como la NRC estadounidense).
Asimismo, tampoco se recogen mecanismos de autoevaluación como la
existencia de buzones de quejas y sugerencias o la obligatoriedad de
publicar un informe de actividad al término del mandato de la
Presidencia.
Finalmente, pero no por ello menos importante, la elección de los miembros
del Pleno del Consejo debe garantizar la calidad e independencia de los
candidatos, una circunstancia que a día de hoy queda en entredicho como
se ha advertido reiteradamente desde varias instancias.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Modificar el artículo 31 del Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre,
por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear para
que se incluya, como apartado tercero, la retransmisión pública y en
directo de las reuniones del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear.
2. Modificar el artículo 35 del Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre,
por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear para
que se incluya la publicación de los diarios de sesiones de las reuniones
del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear.
3. Realizar los cambios legales oportunos tanto en el Real Decreto
1440/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Consejo de Seguridad Nuclear como sobre la Ley 15/1980, de 22 de abril,
de creación del Consejo de Seguridad Nuclear para establecer la
obligatoriedad de que la Presidencia emita un informe de actividad al
término de su mandato.
4. Realizar los cambios legales oportunos en el Real Decreto 1440/2010, de
5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de
Seguridad Nuclear para incluir mecanismos de autoevaluación en la
institución como buzones de incidencias, sugerencias o quejas.
5. Realizar los cambios legales oportunos tanto en el Real Decreto
1440/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Consejo de Seguridad Nuclear como sobre la Ley 15/1980, de 22 de abril,
de creación del Consejo de Seguridad Nuclear para establecer un nuevo
modelo de elección de los miembros del Pleno del Consejo.
Este modelo se basará en la propuesta de candidatos por parte del Gobierno
que, posteriormente, serán examinados en base a su capacitación,
idoneidad, independencia e imparcialidad por una Comisión Técnica que
emitirá un informe.
A continuación, los candidatos propuestos comparecerán ante la Comisión de
Energía, Turismo y Agenda Digital cuyos miembros ratificarán su
designación por votación de la mayoría de sus miembros.
En caso de que el informe previo de la Comisión Técnica fuese favorable,
la mayoría requerida será simple, en caso opuesto; se requerirá mayoría
absoluta para su aprobación.
Si el candidato no fuese ratificado, el Gobierno deberá reiniciar el
procedimiento proponiendo una nueva candidatura."
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2017.-Melisa
Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.
Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
161/001942
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado
Xavier Eritja Ciuró al amparo de lo establecido en el artículo 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición
no de Ley sobre la regulación del mecanismo del pago en especie, para su
debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Exposición de motivos
El sector de la fruta dulce viene padeciendo una situación de crisis de
precios que se ha visto agravada desde agosto del 2014, fruto del veto
ruso a los productos europeos.
Uno de los mecanismos de gestión de crisis que dispone el sector es el de
retirar parte de la cosecha en fresco, para destinarla a beneficencia.
Este destino, aparte de ayudar al sector productor a gestionar la crisis,
contribuye socialmente a ayudar a los más necesitados. Así mismo, es el
principal destino de las retiradas de fruta dulce en España, siendo,
pues, el mecanismo preferido por los productores.
No obstante, las entidades caritativas receptoras de las retiradas a
distribución gratuita ni disponen de capacidad de almacenamiento, ni de
suficiente logística, para poder recibir grandes cantidades de fruta
fresca. Siéndoles, más fácil de gestionar, disponer de un producto no
perecedero, como el zumo.
Así mismo, delante una situación de crisis por exceso de oferta, lo que
necesita el sector, es poder retirar rápidamente cantidades importantes
de fruta fresca, para poder regular la oferta.
Consciente de esta situación, el Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente, reguló el mecanismo conocido como
transformación con pago en especie, que permite a las entidades
caritativas receptoras de fruta fresca poderlas transformar en zumo y
costear los costes de transformación pagando en kg de fruta fresca,
evitando siempre la distorsión del mercado de zumos.
Así mismo, gracias a disponer de este mecanismo, España pudo agotar las
cuotas excepcionales de retirada del mercado, que ha venido autorizando
la Comisión Europea, a causa de la crisis de precios que agravó el veto
ruso a los productos europeos.
No obstante, el mecanismo del pago en especie no está siempre disponible
por parte de las entidades caritativas, sino que depende de que haya sido
previamente autorizado por el Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente, a través de una Resolución de la Dirección
General de Producciones y Mercados Agrarios.
Con el objetivo de fomentar el uso de las retiradas a beneficencia por
parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas se
presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:
Regular, urgentemente, el mecanismo del pago en especies por parte de las
entidades caritativas receptoras de retiradas de fruta fresca con destino
a la distribución gratuita, con el objetivo que pueda
estar permanentemente disponible por el sector, facilitando así la
retirada de producto del mercado con fines benéficos, a las
organizaciones de productores de frutas y hortalizas, facilitando su
gestión por parte de las entidades caritativas y asegurando que no se
produce una distorsión en el mercado de zumos."
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2017.-Francesc Xavier
Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo
Parlamentario de Esquerra Republicana.
161/001949
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
a iniciativa del Diputado Javier Sánchez Serna, presenta, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley, para su
debate y aprobación en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, relativa a las obras de regeneración y adecuación ambiental de
la Bahía de Portmán.
Exposición de motivos
El proyecto de regeneración y adecuación ambiental de la Bahía de Portmán,
en el termino municipal de La Unión (Región de Murcia), es un proyecto
largamente anhelado por la sociedad murciana ya que este desastre
ecológico es uno de los mayores del Mediterráneo.
En el "Boletín Oficial del Estado" n.º 245 de fecha 22 de febrero de 2011,
se publicó la Resolución de 10 de febrero de 2011 de la Secretaría de
Estado de Cambio Climático por la que se formula la declaración de
impacto ambiental del proyecto de regeneración y adecuación ambiental de
la Bahía de Portmán, termino municipal de La Unión, que es un documento
imprescindible y garantista para que este proyecto de regeneración se
haga bien y sea beneficioso para toda la ciudadanía.
Habiéndose iniciado algunos trabajos aparentemente de regeneración estamos
observando que aspectos importantes de la Declaración de Impacto
Ambiental citada no se están llevando a cabo.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
- Elaborar y hacer público el plan de vigilancia ambiental para el
seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas
preventivas y correctoras establecidas, previsto en la Resolución de 10
de febrero de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático.
- Proceder a la inmediata creación de la Comisión Técnica de Seguimiento,
prevista en la declaración de impacto ambiental del proyecto de
regeneración y adecuación ambiental de la Bahía de Portmán, dándole
publicidad.
- Realizar y hacer público el estudio de detalle para la localización y
tratamiento adecuado de los materiales denominados arenas amarillas,
según la declaración de impacto ambiental arriba citada."
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de mayo de 2017.-Javier Sánchez
Serna, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a
esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa al apoyo a la
candidatura del espeto de sardinas como Patrimonio Inmaterial de la
Humanidad de la UNESCO, para su debate en la Comisión de Cultura.
Exposición de motivos
El espeto de sardinas es un plato típico de todo el litoral malagueño
desde Manilva a Nerja asociado a los pueblos con tradición marinera e
incluso en la costa granadina o la de Cádiz (La Línea o Algeciras), y
otros puntos del litoral español donde se puede encontrar esta técnica
tradicional de preparar sardinas, aunque se puede afirmar que es
vernácula de Málaga, como lo es la fiesta de la moraga asociada al
espeto.
El espeto de sardinas se realiza desde tiempo inmemorial en Marbella.
Respecto a su principal ingrediente, la sardina, su importancia y su
calidad están plasmadas en multitud de fuentes históricas. Existen
escritos de cronistas musulmanes que testimonian la consideración de la
sardina de la bahía de Marbella como una de las más exquisitas de todo
Al-Andalus, como los de Ibn al-Jatíb: "Que es una población abundante en
huertos y viñas y sobre todo en pescados entre ellos en sardinas de gran
calidad". Esa calidad continuó tras la Conquista y Pedro de Medina, en
"Las cosas memorables de España" en 1545, las ensalzó como: "Las mejores
sardinas de España están en Marbella". Esa idea ha quedado para la
posteridad como versó Joseph Pérez de Montoro, poeta del siglo XVII: "Que
en Motril la caña dulce, en Málaga la patata, en Marbella la sardina, en
Gibraltar la caballa y en Alicante el turrón". O la cita de Juan Antonio
Estrada en 1746: "Su marina es abundante de regalada pesca, en particular
de sardinas afamadas". No es casualidad que aún hoy muchas sardinas
pescadas en la bahía de Marbella salgan de su lonja hacia muchos puntos
del litoral malagueño y español.
En la Málaga de finales del siglo XIX, El Palo era un pueblo de pescadores
que estaba en pleno desarrollo. La llegada del tranvía y del tren a la
zona también trajo consigo a gran parte de los ciudadanos que acudían a
su playa para pasar su jornada de descanso. Sí existe constancia en 1882,
del primer establecimiento o merendero, "La Gran Parada", que ofreció de
forma ya comercial el espeto de sardinas como un plato típicamente
malagueño. A través de la crónica del historiador Fernando Rueda se
recoge la visita el 21 de enero de 1885, de su majestad el Rey Alfonso
XII que, aprovechando una visita oficial para conocer los efectos del
terremoto de la Axarquía, degustó uno de los famosos espetos.
Con el devenir de los años se convierte en un plato no solo para las
clases más humildes sino que empieza a servirse en los numerosos
chiringuitos de la Costa del Sol. Es el turismo de sol y playa el que va
a consolidar a este plato como parte de la cultura gastronómica malagueña
y de la Costa del Sol.
Independientemente del plato de gastronomía popular en los típicos
chiringuitos de playa, el espeto de sardinas se degusta en las moragas;
una tradicional fiesta veraniega de celebración en la playa junto a la
familia y los amigos en torno a un fuego y a los espetos de sardinas como
eje central que ha formado parte de la identidad cultural del litoral
malagueño.
El objetivo que persigue el Grupo Parlamentario Socialista, es el de
preservar los conocimientos y saberes que supone la elaboración de la
tradición culinaria del espeto como expresión de la entidad comunitaria a
nivel de la provincia de Málaga y del resto de nuestro territorio andaluz
y nacional, y una fiesta popular a ella vinculada como es la moraga, que
ha contribuido desde antiguo a establecer vínculos a nivel local y
provincial. Por tanto, este proyecto pretende proteger y tomar conciencia
sobre un elemento patrimonial que forma parte de nuestra diversidad
cultural y que nos une a todos los malagueños y que se fundamenta en lo
que persigue precisamente la Convención para la Salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial: la necesidad de reconocer la relevancia
de las manifestaciones y expresiones culturales. Por ello, es vital que
consigamos que el espeto sea incluido en el inventario del patrimonio
cultural inmaterial de la humanidad y se lleven a cabo las actuaciones
necesarias para su defensa y salvaguarda.
Recientemente, el Parlamento de Andalucía ha aprobado una iniciativa
similar con una abultada mayoría, pero consideramos que es necesario
también que cuente con el respaldo del Congreso de los Diputados y del
Gobierno de España.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apoyar la candidatura
del espeto de sardinas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la
Humanidad de la UNESCO para su defensa y salvaguarda."
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2017.-José Andrés
Torres Mora, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.
Comisión de Igualdad
161/001944
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa, para al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley para la elaboración urgente de un Protocolo para la
prevención y la respuesta a la violencia sexual y de género para su
implantación en el C.E.T.I. de Melilla, así como para la finalización
urgente de los trabajos de elaboración del Protocolo de ámbito nacional,
para su debate en la Comisión de Igualdad.
Exposición de motivos
El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los refugiados en España
(ACNUR), el Defensor del Pueblo y Amnistía Internacional han mostrado su
preocupación porque España no está cumpliendo ni ha puesto en marcha
ningún mecanismo de prevención y respuesta ante situaciones de abuso
sexual y por motivos de género en locales y centros de acogida de
refugiados.
En concreto, han denunciado que en el Centro de Estancia Temporal de
Inmigrantes de Melilla (C.E.T.I.) no se otorga la adecuada protección a
las mujeres y niñas víctimas de agresión sexual y violencia de género,
debido a que, muchas veces, se encuentra desbordado con el triple y a
veces el cuádruple de su capacidad, lo que hace que al tener que convivir
personas de distintas edades y procedencias, existen muchas posibilidades
de que, en estas circunstancias, se produzcan situaciones de violencia
sexual y por motivos de género, lo que precisa la adopción de medidas
preventivas y de respuesta.
Asimismo, ha de señalarse que cuando se detecta un caso de violencia
sexual o de género, se impone al agresor, como medida sancionadora, la
expulsión del centro; sanción que, en muchas ocasiones, se convierte en
un peligro mayor para la mujer agredida; debiéndose indicar que es
frecuente que la víctima, ante el hecho de que el agresor pueda dormir en
la calle como consecuencia de la sanción, se abstenga de denunciar y,
también, porque la denuncia puede suponer la paralización de su traslado
a la península hasta que se sustancia el procedimiento judicial contra el
agresor.
Dado el riesgo de padecer violencia por parte de las mujeres y niñas y su
silencio ante las agresiones, ACNUR ha pedido que el C.E.T.I. de Melilla,
como cualquier otro de acogida, cuente con protocolos de actuación para
prevenir la violencia sexual y de género.
Asimismo, el Defensora del Pueblo ha efectuado una Recomendación a la
Secretaria General de Inmigración y Emigración a fin de que proceda a la
elaboración, con carácter urgente, de un Protocolo para la prevención y
la respuesta a la violencia sexual y por motivos de género para su
implantación en el C.E.T.I. de Melilla. Dicha Recomendación, a pesar de
que ha sido reiterada en tres ocasiones por el Defensora del Pueblo, no
ha sido objeto de atención ni de respuesta alguna por parte de la
mencionada Secretaría.
También, según ha podido conocer la Defensora del Pueblo, se está
elaborando un protocolo de ámbito nacional, que, sin embargo, no ha sido
finalizado ni puesto en práctica.
El art.° 18.4 de la Directiva 2013/33/UE, de 26 de junio, de Acogida, de
julio de 2015, dispone que "Los Estados miembros adoptarán las medidas
adecuadas para prevenir el acoso y los actos de violencia de género,
incluida la violencia y el acoso sexuales, en locales y centros de
acogida a que se refiere el apartado 1, letras a) y b)".
El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la
violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el
11 de mayo de 2011 y ratificado por España mediante Instrumento de 18 de
marzo de 2014, establece en su artículo 62 que" Las Partes cooperarán
para celebrar acuerdos, con la finalidad, entre otra cosas, de prevenir,
combatir y perseguir todas las formas de violencia incluidas en el ámbito
de aplicación del Convenio, proteger y asistir a las víctimas, y llevar a
cabo investigaciones o procedimientos en relación con los delitos
establecidos en virtud de dicho Convenio".
El último informe de la Agencia Europea para los Derechos Fundamentales
(FRA), se refiere a las dificultades que padecen las mujeres refugiadas
en los centros de acogida y ha mostrado su preocupación por este asunto y
el propósito de tratarlo de manera pormenorizada. Califica de alarmante
el hecho de que no existan datos específicos en ningún país de la UE
sobre casos de mujeres y niñas víctimas de violencia de género que
necesitan protección internacional. Se alude al uso de baños y duchas en
los centros normalmente por la tarde-noche y a la accesibilidad de estas
dependencias a través de pasillos o puertas que no pueden cerrarse. Se
considera que las mujeres y niñas están expuestas a riesgos de padecer
violencia, y que las víctimas raras veces denuncian estos ataques por
miedo a la repercusión en las solicitudes de asilo en trámite,
especialmente en violencia doméstica. Alude a la falta de información a
estos colectivos sobre los recursos de que disponen para hacer frente a
cualquier agresión.
Señala que, además de facilitar datos sobre los incidentes, los Estados
deben ofrecer información sobre cómo denunciar la violencia de género y
los lugares a los que dirigirse en busca de protección. Considera que el
personal debe tener formación adecuada y deben existir procedimientos
específicos para menores, así como contar con traductores que faciliten
la asistencia a estos grupos de especial vulnerabilidad.
El Comité contra la Discriminación de la Mujer de Naciones Unidas ha
señalado que, en las disposiciones sobre recepción de personas migrantes
y refugiadas, queden reflejados aspectos de género y se tengan en cuenta
las necesidades específicas de abusos y explotación sexual, traumas y
tortura y malos tratos.
Así las cosas, de conformidad con lo expuesto, el Grupo Parlamentario
socialista, formula la presente Proposición no de Ley por considerar que
es necesaria y urgente la elaboración de un protocolo para el C.E.T.I de
Melilla, así como también la finalización del protocolo de ámbito
nacional que se está elaborando por parte de la Secretaria General de
Inmigración, para la prevención y la respuesta a la violencia sexual y a
la violencia de género.
Protocolos que han de permitir establecer mecanismos de atención a las
víctimas, que garanticen su adecuada identificación y, en su caso, su
traslado inmediato a la península; asegurando que, mientras tanto, puedan
recibir la información y orientación pertinente, adecuada protección,
acceso a la Justicia y a todos los recursos médicos y de otro tipo
disponibles.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Elaborar, con carácter urgente, un Protocolo para la prevención y la
respuesta a la violencia sexual y a la violencia de género para su
implantación en el C.E.T.I. de Melilla, para establecer mecanismos de
atención a las víctimas, que garanticen su adecuada identificación y su
traslado inmediato a la península para asegurar que puedan recibir
información y orientación pertinente, adecuada protección, acceso a la
Justicia y a todos los recursos médicos y de otro tipo disponibles.
2. Finalice, con carácter urgente, los trabajos de elaboración del
Protocolo de ámbito nacional para la prevención y respuesta a la
violencia sexual y a la violencia de género, que está llevando a cabo la
Secretaría General de Inmigración y Emigración, para su implantación en
todos los CETI existentes en España, a los fines anteriormente
indicados."
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2017.-María Dolores
Galovart Carrera, Guillermo Antonio Meijón Couselo, Ángeles Álvarez
Álvarez y Antonio Ramón María Trevín Lombán, Diputados.-Miguel Ángel
Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
161/001945
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista nos dirigimos a la Mesa para,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para garantizar los derechos de las porteadoras/es
en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para su debate en la
Comisión de Igualdad.
Exposición de motivos
Según reciente información facilitada por el Gobierno, se desconoce la
cifra exacta de las porteadoras, las mujeres de nacionalidad marroquí que
cruzan la frontera desde Marruecos a las Ciudades Autónomas de Ceuta
(Aduana de Tarajal I y II) y de Melilla (puestos fronterizos de
Beni-Enzar y Barrio Chino), para proveerse de pesadas mercancías,
cargarlas sobre sus espaldas, transportarlas a pie y entregarlas después
a Marruecos. Si bien, el gobierno, en un cálculo aproximado, ha dado la
cifra de entre las 12.000 a 15.000 porteadoras para Ceuta y de entre
3.000 a 5.000 porteadoras para Melilla.
Todas ellas, y sus respectivas familias, dependen totalmente de este tipo
de actividad, eufemísticamente llamada "comercio atípico" pues elude la
realidad de un trabajo retribuido, fundamentalmente por cuenta ajena, no
regulado por las leyes laborales, enmarcado dentro de la economía
sumergida, pero tolerado desde hace tiempo.
Una actividad que constituye el motor de la economía a ambos lados de las
fronteras; suponiendo casi un tercio de la de Ceuta y Melilla. Este
comercio generaba aproximadamente 1.000 millones de euros anuales entre
ambas ciudades.
Según la asociación de comerciantes de Melilla "Ascmel" los datos de
recaudación del IPSI por las mercancías de importación no paran de
aumentar.
Se trata de un trabajo feminizado, realizado por mujeres de nacionalidad
marroquí, de entre treinta y cinco a sesenta años, si bien también hay
hombres, y últimamente algunos de nacionalidad española.
Muy temprano, antes de la apertura de los angostos pasos fronterizos con
Marruecos, miles de porteadoras se atrincheran cerca de los controles
policiales, apiñadas, cuerpo contra cuerpo, a la espera de ser de las
primeras en cruzarlos y en llegar a las naves del polígono fronterizo de
Tarajal y a los camiones aparcados próximos al control del Barrio Chino,
con el fin de poder recoger y cargar físicamente el mayor número de veces
posible de pesados fardos de mercancías, algunos de 90 kilos.
Y es que los pasos fronterizos tienen horarios que regulan las jornadas
laborales de las transportistas y cuantos más fardos consigan entregar en
ese tiempo, más cobrarán. Según las ONGs locales, una media de cinco
euros por porte, dependiendo del peso, a razón de dos o tres veces al
día.
Es evidente que la naturaleza y condiciones de explotación del trabajo que
realizan las porteadoras, que no tienen la consideración de trabajadoras,
vulneran sus derechos laborales más elementales, lo que hace que carezcan
de tarjeta sanitaria, no pudiendo acceder a las prestaciones sociales.
Además, en su penoso y estresante trasiego, muchas de estas mujeres sufren
humillaciones, acosos sexuales así como también sobornos, violencias,
maltratos y decisiones policiales arbitrarias, como, por ejemplo, el
requisamiento injustificado de la mercancía que portan.
Sin perjuicio de lo anterior, ha de señalarse que es público y notorio el
colapso, el caos y el descontrol existente en los pasos fronterizos
mencionados así como también la deficiente estructura y diseño de los
mismos, que los hace no aptos para soportar el alarmante flujo humano
transfronterizo.
Estas circunstancias hacen que la seguridad, la vida, la integridad física
de las porteadoras corra peligro, con evidente vulneración de sus
derechos fundamentales.
Y así resulta que, en no pocas ocasiones, se producen situaciones de
tensión y asfixia y también peligrosas avalanchas humanas con
consecuencias, a veces, mortales. Oficialmente van cuatro víctimas
mortales, aunque las ONGs locales afirman que se han producido más
fallecimientos que no han sido documentados. También ocurre que las
personas quedan atrapadas en las puertas rotatorias del Barrio Chino y
del Tarajal, al ser empujadas por otras que desean pasar a la vez.
A este respecto, la Asociación Unificada de la Guardia Civil ha denunciado
y lamentado estas situaciones, afirmando que "es inhumano" lo que ven a
diario los Guardias Civiles en el Barrio Chino.
La insostenibilidad de la situación descrita, así como la insuficiencia de
efectivos personales y materiales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado, a los que se incrementa con comisiones de servicio para
trabajar en la frontera y terminan, por ejemplo, de conductores del Jefe
Superior de Ceuta, dificulta el cumplimiento de las propias funciones,
que, en el Barrio Chino, se ven obligados a realizar labores que no
corresponden con sus cometidos, como la de ordenar los tiempos de las
colas con el fin de tratar de evitar desgracias personales, que,
indudablemente, no pueden garantizar así como tampoco la seguridad de los
propios agentes. Y ello por no hablar de la sustitución de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado por seguridad privada como está
ocurriendo en Tarajal II, donde en menos de tres meses ha habido dos
muertes de mujeres y varios heridos, incluidos miembros de la Policía
Nacional.
En el orden sanitario, ha de indicarse que en los pasos fronterizos no
existe asistencia sanitaria ni dispositivo especial alguno, a pesar de
las circunstancias antes descritas y de que la actividad que se lleva a
cabo en ellos perjudica seriamente a la salud de las porteadoras. Y es
así que cuando se precisa esa asistencia (esguinces, torceduras, lesiones
por peleas, incluso, apuñalamientos, accidentes por caídas de bultos o
por tropiezos, desvanecimientos sobre todo durante el Ramadán), haya que
recurrir a los escasos recursos sanitarios de la ciudad (Melilla solo
dispone de tres ambulancias de urgencias y solo un médico).A este
respecto, no es baladí poner de manifiesto que es muy dificultoso el
acceso de las ambulancias para poder acceder a una persona que precise de
sus servicios, debido a la cantidad de obstáculos, de todo tipo, fardos
en el suelo, vehículos parados, filas interminables de porteadoras) que
lo impiden. Y así no es extraño oír decir a los profesionales sanitarios
que "demasiado poco pasa para lo que puede pasar".
Estamos en un territorio que forma parte de un estado de la Unión Europea
y la negligencia y falta de atención a la salud de las porteadoras por
parte de las administraciones competentes, también se pone de manifiesto
en la carencia de servicios elementales agua potable, zonas de sombra,
baños), en los pasos fronterizos y alrededores. Y así, en Beni-Enzar no
hay baño ni siquiera un grifo; en el Barrio Chino hay un solo baño para
atender a miles de personas; en ningún paso existen bancos ni zonas de
sombra y ni siquiera se han habilitado lonas para protegerlas del sol.
En definitiva, todo hace indicar que las autoridades entienden que las
porteadoras solo portan bultos pero no derechos.
En consecuencia con lo expuesto, dadas las graves violaciones de los
derechos humanos y de la dignidad de las personas -fundamentalmente
mujeres- que se producen en las fronteras de las Ciudades Autónomas de
Melilla y Ceuta, que vulneran los Tratados y Convenciones Internacionales
y la legislación humanitaria, y con el convencimiento de que los derechos
y la dignidad de las porteadoras deben ser reconocidos pues el respeto de
los derechos humanos está por encima de los intereses económicos y
políticos.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso presenta
la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que:
- Lleve a cabo las mejoras estructurales y arquitectónicas necesaria, en
los pasos fronterizos de Ceuta (Tarajal I y II) y Melilla (Beni-Enzar y
Barrio Chino), para garantizar el respeto de los derechos humanos y la
seguridad de las porteadoras en su actividad de tránsito de mercancías.
- Se adopten las medidas necesarias para asegurar y garantizar la salud y
la seguridad de las porteadoras.
- Se incremente el número de agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado, dotándoles de suficientes medios materiales, para que puedan
llevar a cabo sus funciones de seguridad y de protección."
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2017.-María Dolores
Galovart Carrera, Ángeles Álvarez Álvarez, Miriam Alconchel Gonzaga,
Antonio Ramón María Trevín Lombán y Salvador Antonio de la Encina Ortega,
Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista.
Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
161/001940
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley sobre atropellos a ciclistas, para su debate en la
Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
Exposición de motivos
La siniestralidad de los usuarios de la bicicleta se ha duplicado en los
últimos siete años en vías interurbanas, pasando de 1.082 en 2009 a 2.013
en el año 2015. También dentro de las ciudades ha crecido el número de
accidentes con bicis, duplicándose las cifras en dicho periodo.
El incremento es debido a una mayor movilidad en bicicleta. El uso de este
vehículo, como medio habitual de transporte o para hacer deporte en
carreteras y vías verdes, va cada vez a más. Sin embargo, frente a otras
causas, la DGT no ha establecido con rigor las medidas necesarias ni
avanzado en las estrategias que se vienen reclamando desde diferentes
entidades y desde la propia Comisión de Seguridad Vial del Congreso.
A día de hoy, se siguen dando importantes deficiencias en
infraestructuras, tanto en ciudades como en vías interurbanas, si bien la
competencia de ejecución en esta materia no corresponda al Gobierno
Central. Se consideran insuficientes, además, las campañas de
sensibilización y formación a los conductores, también a los ciclistas.
Por otra parte, la reforma del Código Penal que hizo el Gobierno del PP en
2015, sacando las faltas por imprudencia leve, no fue una medida acertada
para la mayor protección de los ciclistas, en opinión de la Mesa Española
de la Bicicleta, quien ha criticado los cambios introducidos en distintas
normativas.
Los datos de la DGT señalan que más de 400 ciclistas fallecieron en la
última década en las carreteras españolas: 372 de 2008 a 2015, según las
cifras definitivas de Tráfico; más otros 51 en 2016 y lo que va de 2017.
La mayor parte de los fallecidos se produjeron en vías interurbanas, si
bien el 72% de los accidentes tuvieron lugar en las ciudades. Es de
destacar la influencia del alcohol y las drogas en los conductores
culpables de atropellos de ciclistas.
Recientemente y ante la repetición de atropellos mortales, el Comité de
Seguridad Vial ha anunciado un plan especial de medidas para la
protección y seguridad vial de los ciclistas impulsado por la Dirección
General de Tráfico, un anuncio que valoramos positivamente y que incluye
un endurecimiento de las sanciones para los infractores reincidentes que
conducen tras haber consumido alcohol o drogas.
Por estas razones, la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
desea expresar, en primer lugar, sus condolencias y solidaridad a los
familiares, clubes y amigos de las víctimas ciclistas de estos años, así
como a aquellos otros casos de ciclistas atropellados y afectados por la
siniestralidad vial en España.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Actuar con celeridad desde la DGT, ante el aumento de la siniestralidad
de ciclistas, para reducir los riesgos de atropellos, estableciendo para
ello medidas sancionadoras de choque, entre ellas la sanción por
incumplimiento de respetar la distancia de 1,5 m. en adelantamiento a
ciclistas, acciones preventivas, actuaciones de control policial,
estrategias para promover la mejora general de las infraestructuras
viarias
pensando en los ciclistas y la promoción de los carriles bicis, tanto ante
las CCAA como hacía los Ayuntamientos, así como medidas de campañas de
sensibilización y formación de los conductores de todo tipo de vehículos.
2. Profundizar el diálogo con las organizaciones de la Mesa Española de la
Bicicleta para revisar los contenidos del Código Penal en lo que se
refiere a la inclusión de las faltas por imprudencia leve. Igualmente, en
lo que respecta a la imprudencia grave con resultado de muerte o lesión
grave, que es una acción dolosa, no de mera imprudencia.
3. Realizar el máximo esfuerzo de participación para disponer de una
legislación integral de movilidad sostenible y avanzar en la fijación
consensuada con las entidades de la Mesa de la Bicicleta de unas
directrices para poder aprobar un Plan Estratégico Estatal de la
Bicicleta.
4. Abordar la reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a
motor y Seguridad Vial, así como del Reglamento General de Circulación y
del Reglamento General de la Conducción para adaptarlos a las nuevas
realidades de la sociedad y a las necesidades de una movilidad sostenible
y segura, ante el auge de los usuarios de la bicicleta, tanto como medio
de transporte en las ciudades como para practicar deporte en las
carreteras y vías verdes. Sin olvidar que los ciclistas son los actores
más indefensos en la utilización de las vías interurbanas."
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2017.-Odón Elorza
González, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.
Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia
161/001960
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Don Carles Campuzano i Canadés y Sergi Miquel i Valentí, en su calidad de
Diputados del Partit Demòcrata Català integrados en el Grupo
Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la
Comisión de Derechos de la Infancia y la Adolescencia, una Proposición no
de Ley por la que se insta al Gobierno a convertir la vigente prestación
de la Seguridad Social por hijo a cargo en una verdadera prestación
económica para la crianza de los hijos.
Antecedentes
Uno de los rasgos distintivos de la realidad social española es la
alarmante cifra de niños menores de 18 años en situación de pobreza o en
riesgo de exclusión social. Son constantes los informes, que año tras
año, sitúan al Estado español en los primeros puestos de los países de la
Unión Europea con más pobreza infantil. A modo de ejemplo, podemos citar
el de Cáritas Europa, publicado en 2014, del que se deprende que el
Estado español es el tercer país de la UE con mayor índice de pobreza
infantil con un 29,9% de niños, en riesgo de pobreza. O los datos
publicados por Save the Children más recientemente, de los que se deriva
que actualmente en España, uno de cada tres niños está en riesgo de
pobreza o exclusión social. La infancia es muy probablemente, el
colectivo que más ha sufrido y sufre las consecuencias de la crisis
económica y de los recortes en las ayudas sociales.
Y lo que es más grave, "la pobreza se hereda" es la conclusión de Cáritas
después de constatar que ocho de cada diez personas que vivieron graves
dificultades económicas en su infancia y adolescencia las están
reviviendo en la actualidad como adultos.
Según un informe de Save the Children, el Estado español es también el
segundo país europeo, detrás de Grecia, con menor capacidad para reducir
la pobreza infantil mediante las ayudas sociales. Las actuales ayudas
sociales solamente reducen el riesgo de pobreza infantil en 8,8 puntos,
mientras que, por ejemplo, en Irlanda, con una prestación universal, son
mucho más eficientes, la reducción es de 27,5 puntos.
Precisamente, en el análisis de los efectos sobre la pobreza infantil, de
las prestaciones monetarias se ha centrado un estudio elaborado por
UNICEF: Políticas Públicas para reducir la pobreza infantil en España.
Análisis de impacto. Y de su lectura, se desprenden datos que no nos
pueden dejar indiferentes y que abarcan diversos ámbitos: desde un
análisis de la situación de la pobreza infantil en el Estado español en
el marco comparado, a posibles reformas de las prestaciones monetarias
para reducir la pobreza infantil.
Como conclusiones del exhaustivo informe elaborado por UNICEF, destacar
algunas ideas como las siguientes. A pesar de las mejoras en los niveles
de renta en muchos países ricos, la pobreza sigue teniendo una alta
incidencia en la infancia y, en varios casos, mantiene una clara
tendencia al alza. Este dato supone una grave señal de alerta para la
intervención pública, no solo por la necesidad de rebajar o eliminar los
problemas actuales de vulnerabilidad social, sino también para prevenir
riesgos sociales futuros.
En general, los países más exitosos en la lucha contra la pobreza infantil
han combinado una red suficiente de prestaciones, con extensos servicios
de apoyo a las familias con hijos, acompañados además, de políticas de
fomento del empleo, conciliación de la vida familiar y diferentes tipos
de reducciones impositivas, prestaciones monetarias y sistemas públicos
de cuidados infantiles.
Desgraciadamente, la pobreza infantil no es una situación nueva en España,
uno de los países con mayor riesgo de pobreza infantil. Las debilidades
del mercado laboral, la especial vulnerabilidad de algunos hogares con
niños, y sobre todo, la insuficiencia de la red de protección social, son
algunos de los factores que lo explican.
La pobreza en España es una situación extendida entre los menores de
dieciocho años, mucho mayor que en la mayoría de países de la UE y con
una marcada tendencia a la alza, avivada en los últimos años por la
severidad de la crisis económica. El riesgo de pobreza en España es
incluso superior al de países con niveles de riqueza y gasto social
claramente inferiores a los españoles. Y esta caracterización de la
pobreza infantil y de su magnitud no es ajena a la singularidad del
diseño de las políticas públicas en el Estado, el cual destina a infancia
unos recursos públicos netamente inferiores a la del promedio de nuestro
entorno.
Es cierto que antes de la crisis hubo una cierta etapa expansiva con la
puesta en marcha de nuevas políticas relevantes para la corregir y
mitigar la pobreza infantil, como la prestación universal por nacimiento,
y con el refuerzo de algunas de las prestaciones existentes, como el
aumento de las cuantías de las prestaciones por hijo a cargo, en el caso
de menores de tres años, pero con la crisis y la introducción de severas
medidas de ajuste fiscal, se frustró drásticamente este avance y ha ido
consolidando el escenario anterior en España: una inversión en recursos
públicos en la infancia claramente inferior a la de los países de la
Eurozona.
En cualquier caso, parece claro y demostrado que las prestaciones pueden
reducir la pobreza infantil en casi un tercio, y reducen aún más la
pobreza de los adultos, no en porcentaje pero sí en número de personas,
con un efecto especialmente relevante las de carácter universal. Por
tanto, las reformas más urgentes para reducir la pobreza monetaria en la
infancia deben darse en la vertiente de las prestaciones sociales. No hay
duda que cuanto mayor es la generosidad de estas prestaciones menor es la
pobreza infantil. Y solo Grecia ofrece prestaciones por hijo con menor
intensidad protectora que el Estado español, y éstas están a una enorme
distancia de la mayoría de países de la Eurozona.
La relación entre nivel de prestaciones y nivel de pobreza, y la urgencia
de la situación en España deberían obligar a revisar con la mayor
celeridad posible, el actual sistema de prestaciones por hijo a cargo,
impropio del nivel de renta del estado y de su desarrollo.
El artículo 18 de la Convención de los Derechos del Niño establece la
responsabilidad primordial que padres y madres tienen en la crianza de
sus hijos e hijas, así como el deber del Estado de brindar la asistencia
necesaria en el desempeño de estas funciones. La prestación por hijo a
cargo en España, debería ser la materialización de este deber estatal
recogido en la Convención, y debería ayudar a padres y madres en el
cumplimiento de sus responsabilidades.
En España, la prestación económica por hijo a cargo se regula en el
artículo 351 y siguientes del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social y consiste en una asignación económica que se reconoce
por cada hijo a cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor de dicha
edad afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%, y
también, por los menores en acogimiento familiar, permanente o
preadoptivo, siempre que no se supere el límite de ingresos establecido.
La cuantía fijada en general, para los menores sin
discapacidad es concretamente de 24,25 euros mensuales, y el límite de
ingresos de 11.576,83 euros anuales. Cuantía y límites claramente
insuficientes.
De forma inmediata, deberían adoptarse en consecuencia, las medidas
oportunas para aumentar la cuantía de la prestación hasta 100 euros
mensuales y para incrementar el límite de renta que permite el acceso a
ella. Y a medio plazo, debería establecerse una prestación universal de
esa misma cuantía como instrumento verdaderamente eficaz contra la
pobreza infantil. La gran mayoría de los países europeos tienen
prestaciones universales y menores niveles de pobreza, mientras que los
países que apostaron por prestaciones condicionales, son los que tienen
mayores tasas de pobreza.
Asimismo, dichas medidas deberían prever que la gestión de dicha
prestación fuera transferida a las Comunidades Autónomas como autoridades
competentes en materia de servicios sociales, al objeto de dar una
respuesta más rápida y eficiente a las necesidades de las personas en
situación de pobreza.
En este sentido, cabe señalar el principio de subsidiariedad como uno de
los principios o pilares sobre los que se sustenta la UE, una
organización administrativamente y competencialmente compleja. De acuerdo
con dicho principio, el nivel de intervención más pertinente en los
ámbitos en los que pueda haber competencias compartidas, es el que con su
actuación, obtenga un resultado más eficaz, y por ello, un asunto debe
ser resuelto por la autoridad o administración más próxima al objeto del
problema. Así, a modo de ejemplo, cabe citar como el Parlamento Europeo
en su Resolución de 24 de noviembre de 2015, sobre la reducción de las
desigualdades, en especial con respecto a la pobreza infantil, considera
que las autoridades locales y regionales al encontrarse en primera línea
cuando se trata de combatir la pobreza y la explotación infantiles,
tienen una responsabilidad crucial para prevenir la marginación y la
exclusión social y que, las autoridades nacionales o estatales deben
facilitarles los medios e instrumentos suficientes para cumplir con estos
objetivos.
El incremento de la prestación y la ampliación del número de beneficiarios
tienen un coste importante pero perfectamente asumible para el estado
español. No podemos perder más tiempo, los niños, y en particular los que
se encuentran en situación de pobreza o exclusión social, exigen y se
merecen una rápida puesta en marcha de medidas muchas más ambiciosas y
efectivas que las actuales, propias de un país de la Unión Europea. Una
mayor inversión de recursos públicos en infancia es una apuesta de
presente y de futuro no solo para dar mayores oportunidades a nuestros
niños, sino también a nuestra sociedad en general.
Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català
presentan la siguiente
Proposición no de Ley
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar, con la mayor
celeridad posible, las medidas oportunas para aumentar la asignación de
la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo,
como mínimo hasta 100 euros mensuales para los menores sin discapacidad,
y de forma adecuada y proporcional para hijos a cargo con discapacidad,
así como para incrementar los límites de ingresos máximos establecidos
como requisito para su acceso, como mínimo hasta 22.000 euros anuales,
con el objetivo de aumentar la base de los beneficiarios, convertirla en
una verdadera prestación económica de la Seguridad Social para la crianza
de los hijos y así, en un instrumento de lucha contra la pobreza
infantil.
Dichas medidas incluirán asimismo, las disposiciones oportunas para que la
gestión de la citada prestación sea transferida a las Comunidades
Autónomas como autoridades competentes en materia de servicios sociales,
al objeto de dar una respuesta más rápida y eficiente a las necesidades
de las personas en situación de pobreza. Y las que fueren necesarias con
el objetivo a medio plazo, de implantar una prestación para la crianza de
los hijos de carácter universal."
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-Carles
Campuzano i Canadés y Sergi Miquel i Valentí, Diputados.-Joan Baldoví
Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a
trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes
preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por
las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en
el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
Comisión de Defensa
181/000395
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Defensa.
Diputado don Odón Elorza González.
Texto:
¿Es voluntad del Ministerio de Defensa abordar, a lo largo de 2017, las
gestiones oportunas para abrir una negociación con el Ayuntamiento de
Donostia/San Sebastián que permita el traslado de los Cuarteles Militares
de Loiola en San Sebastián a un territorio próximo y dentro del
municipio, a la vista de su notable infrautilización, con el objetivo de
poder cumplir, en el marco de un Convenio institucional de colaboración
entre las administraciones implicadas, las previsiones establecidas en el
Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad?
Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2017.-Odón Elorza
González, Diputado.
Comisión de Hacienda y Función Pública
181/000396
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Hacienda y Función Pública.
Diputada doña Esther Peña Camarero.
Texto:
Según las informaciones aparecidas en los medios de comunicación, los
permisos concedidos por los supuestos previstos en la Ley 14/2013, de 27
de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se
elevan a 12.891, a los que se suman 14.410 de familiares.
¿Cuántas de estas personas con autorización de residencia pagan el IRPF en
España?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de mayo de 2017.-Esther Peña
Camarero, Diputada.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento.
Diputado don Jaime Miguel Mateu Istúriz.
Texto:
¿Qué avances se han producido en la mejora de las conexiones ferroviarias
entre España y Francia?
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2017.-Jaime Miguel
Mateu Istúriz, Diputado.
181/000404
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento.
Diputada Ana María Zurita Expósito.
Texto:
¿Qué alcance tiene el Convenio sobre Transporte Aéreo firmado
recientemente con México?
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2017.-Ana María
Zurita Expósito, Diputada.
Comisión de Empleo y Seguridad Social
181/000397
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.
Diputado don Rafael Simancas Simancas.
Texto:
¿Qué valoración hace el Gobierno de la Recomendación del 22 de mayo de
2017, del Consejo de la UE sobre el Programa de Estabilidad en España
2017, en materia de empleo?
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2017.-Rafael Simancas
Simancas, Diputado.
Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital
181/000409
Grupo Parlamentario Ciudadanos.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda
Digital.
¿Qué medidas está adoptando el Gobierno para resolver la crisis de las
reclamaciones gástricas, por turistas ingleses?
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-José Luis
Martínez González, Diputado.
Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
181/000398
Grupo Parlamentario Socialista.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.
Diputado don César Luena López.
Texto:
¿Cómo valora el Gobierno la situación de sequía en La Rioja y qué
actuaciones piensa llevar a cabo para afrontarla?
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2017.-César Luena
López, Diputado.
Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia
181/000405
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
Autor: Belarra Urteaga, Ione (GCUP-EC-EM).
Plazos y mecanismos que se están considerando para el desarrollo
reglamentario de la Ley 1/1996, así como forma en la que se va a realizar
el seguimiento de la implementación legislativa de las consiguientes
reformas en las Comunidades Autónomas.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de Derechos de la
Infancia y la Adolescencia, entendiendo que, en todo caso, la pregunta
estaría dirigida al Gobierno. Asimismo, comunicar a la Sra. Diputada
autora de la iniciativa, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar
en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Derechos de la Infancia y
Adolescencia.
Diputada doña lone Belarra Urteaga.
Dirigida a doña María del Pilar González Vicente, Directora General de la
Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Texto:
Doña lone Belarra Urteaga, Diputada por Navarra perteneciente al Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al
amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta
al Gobierno con respuesta oral, relativa a la modificación del Sistema de
Protección Jurídica de la Infancia.
El pasado 18 de agosto del 2015, entraba en vigor una reforma de calado
del sistema de protección jurídica de la infancia y adolescencia tras
veinte años de la aprobación de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección
jurídica del menor.
El objetivo de la reforma es adaptar los instrumentos de protección de
menores a los cambios sociales, en aras del cumplimiento efectivo del
art. 39 CE: los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos
internacionales que velan por sus derechos y los instrumentos
internacionales ratificados por España.
¿Qué plazos y con qué mecanismos está considerando el Gobierno el
desarrollo del reglamentario de la Ley Orgánica 1/1996 (modificada por
las más recientes), total o parcial que asegure que la operatividad de la
misma; y cómo se va a realizar el seguimiento de la implementación
legislativa de las consiguientes reformas en las CCAA?
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-lone Belarra
Urteaga, Diputada.
181/000406
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
Autor: Belarra Urteaga, Ione (GCUP-EC-EM).
Medidas previstas acerca de la nueva Observación General número 19 (2016)
sobre Gasto Público y los derechos de la infancia, incluyendo el
garantizar la trazabilidad de la inversión en infancia para facilitar su
correcta identificación y etiquetado en los Presupuestos Generales del
Estado.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de Derechos de la
Infancia y la Adolescencia, entendiendo que, en todo caso, la pregunta
estaría dirigida al Gobierno. Asimismo, comunicar a la Sra. Diputada
autora de la iniciativa, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar
en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Derechos de la Infancia y
Adolescencia.
Diputada doña lone Belarra Urteaga.
Dirigida a doña María del Pilar González Vicente, Directora General de la
Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Texto:
Doña lone Belarra Urteaga, Diputada por Navarra perteneciente al Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al
amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta
al Gobierno con respuesta oral relativa a la aplicación de Presupuestos
Generales del Estado con Enfoque de Derechos.
El Comité de los Derechos del Niño ha aprobado su nueva Observación
General n.°19 sobre Presupuesto Público para hacer realidad los Derechos
de la Infancia, tomando como principal referencia el artículo 4 de la
Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). Pese a ello, España sigue
estando a la cola de Europa en Inversión en Infancia. El Comité de los
Derechos del Niño de Naciones Unidas (CRC) ya ha llamado la atención del
Gobierno (en varios de sus informes) por dedicar únicamente el 1,3% del
PIB a políticas de infancia y de familia y aún ...
¿Qué medidas concretas tiene previstas tomar el Gobierno al respecto de la
nueva Observación General n.° 19 (2016) sobre Gasto Público y los
derechos de la Infancia, incluyendo el garantizar la trazabilidad de la
Inversión en Infancia para facilitar su correcta identificación y
etiquetado en los PGE?
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-lone Belarra
Urteaga, Diputada.
181/000407
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
Autor: Belarra Urteaga, Ione (GCUP-EC-EM).
Medidas e iniciativas previstas por el Observatorio de la Infancia para
constituirse en un foro de intercambio y comunicación permanente y
abierto entre los organismos públicos y la sociedad civil, así como
estudios e informes que tiene previstos realizar y rol que va a jugar en
las medidas para garantizar la protección contra toda forma de violencia
hacia la infancia.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de Derechos de la
Infancia y la Adolescencia, entendiendo que, en todo caso, la pregunta
estaría dirigida al Gobierno. Asimismo, comunicar a la Sra. Diputada
autora de la iniciativa, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar
en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Derechos de la Infancia y
Adolescencia.
Diputada doña lone Belarra Urteaga.
Dirigida a doña María del Pilar González Vicente, Directora General de la
Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Texto:
Doña lone Belarra Urteaga, Diputada por Navarra perteneciente al Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al
amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta
al Gobierno con respuesta oral relativa al Observatorio de Infancia.
El Observatorio de la Infancia (OI), fue creado por Acuerdo del Consejo de
Ministros en el año 1999 y adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad. Se trata de una muy oportuna plataforma de
participación de todos los agentes sociales que trabajan en la promoción
y ejercicio de los derechos de la infancia y adolescencia en sus
diferentes entornos, tanto desde las distintas administraciones públicas
como de las asociaciones de infancia. Sin embargo, a nuestro Grupo
Parlamentario le preocupa el bajo grado de actividad que ha tenido en los
últimos años, dado que, desde 2012, se han realizado únicamente tres
sesiones del Pleno del Observatorio: 30 de noviembre de 2012; 9 de junio
de 2014 y 13 de noviembre de 2015.
Por ello le planteamos:
¿Qué rol va a jugar el Observatorio de Infancia en esta legislatura, es
decir qué medidas e iniciativas va a tomar para que se constituya -como
se indica entre sus funciones- en un foro de intercambio y comunicación
permanente y abierto entre los organismos públicos y la sociedad civil,
qué estudios e informes tiene previstos realizar y qué rol va a jugar el
Observatorio en las medidas para garantizar la protección contra toda
forma de violencia hacia la infancia?
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2017.-lone Belarra
Urteaga, Diputada.
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
184/009980
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(181) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).
Reformulación de su pregunta sobre realización de pruebas periódicas de
estanqueidad de la integridad del tanque de sustancias petrolíferas, así
como comercialización de equipos de detección de fugas.
Acuerdo:
Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la
pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado
autor de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
Don Joan Baldoví Roda, Diputado de Compromís, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
preguntas para las que solicita respuesta por escrito.
Con fecha 15/03/2017 y registro de salida 6418, el Gobierno me contestó a
la pregunta 184/009980, de fecha 08/03/2017, pidiendo la reformulación de
diversas cuestiones porque suponían consulta de índole estrictamente
jurídica.
Sin embargo, dos meses después de esta primera comunicación, el Gobierno
no ha hecho llegar ninguna contestación al resto de preguntas que estaban
correctamente formuladas, por lo que las vuelvo a presentar.
De acuerdo a anteriores preguntas que he realizado, la serie histórica de
reglamentaciones petrolíferas posibilitó la existencia mayoritaria (~ 70%
) de tanques metálicos de simple pared sin contención de vertidos que
superan los 35 años de antigüedad, duplicando el límite recomendable de
18 años establecido por UST EPA.
Un estudio de la industria norteamericana reconoce que el 20% de los
tanques metálicos enterrados de simple pared terminará fugando, el 60%
de las pérdidas contamina el suelo y afecta a las aguas subterráneas. Un
galón de gasolina puede contaminar un millón de galones de agua potable.
El Real Decreto 1523/1999, reconoce explícitamente que: "Teniendo en
cuenta que las características técnico-mecánicas que garantizan la
estanqueidad y resistencia mecánica de tales instalaciones pueden verse
alteradas y deterioradas como consecuencia del contacto con agentes
corrosivos, oxidantes, etc., propios de la naturaleza de los terrenos
circundantes, elementos constructivos y otras instalaciones anexas, dando
lugar a fugas incontroladas que originan la contaminación del medio
ambiente y creando peligro de concentraciones explosivas o incendios...".
Ante la insuficiencia de las respuestas del Gobierno recibidas a las
preguntas cursadas con anterioridad, reitero nuestra preocupación por los
actos administrativos que introducen sin justificación técnica motivada,
modificaciones sustanciales más laxas en la reglamentación del sector de
almacenamiento de productos petrolíferos líquidos, tipificado en el Real
Decreto 9/2005 como actividad potencialmente contaminante y elevado
riesgo para las personas y el medioambiente, tal y como se reconoce
explícitamente en el Real Decreto 1523/1999, evidenciándose, en
accidentes mortales y en la constatación de que las fugas de dichos
depósitos constituyen los principales focos de contaminación del suelo.
La reglamentación española vigente establece que las instalaciones
existentes dotadas de tanques de simple pared sin cubeto, una vez
superados los 10 años de antigüedad han de realizar pruebas periódicas de
estanqueidad de la integridad del tanque, para evitar tanto la emisión de
vapores explosivos, como el vertido de líquidos contaminantes, de
conformidad con:
1. Real Decreto 2201/1995: Artículo 11. Pruebas de estanqueidad neumáticas
con nitrógeno a 1 bar, periodicidad 3 años.
2. Real Decreto 1523/1999: Artículo 39.2.d, según las opciones siguientes:
"1. Anualmente una prueba de estanqueidad, pudiéndose realizar con
producto en el tanque y la instalación en funcionamiento.
2. Cada cinco años una prueba de estanqueidad, en tanque vacío, limpio y
desgasificado, tras examen visual de la superficie interior y medición de
espesores en tanques metálicos no revestidos.
El sistema para realizar la prueba de estanqueidad ha de garantizar la
detección de una fuga de 100 ml/h y tiene que estar evaluado con el
procedimiento indicado en el informe UNE 53968. El laboratorio de ensayo
que realice la evaluación ha de estar acreditado de acuerdo con el Real
Decreto 2200/1995.
Estas pruebas serán certificadas por un organismo de control autorizado."
Nota. De acuerdo con el artículo 10 del Reglamento de Instalaciones
Petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, la referencia a normas
que se hace en esta instrucción técnica complementaria se entenderá sin
perjuicio del reconocimiento de las normas correspondientes admitidas por
los Estados miembros de la Unión Europea (U.E.) o por otros países con
los que exista un acuerdo en este sentido, siempre que las mismas
supongan un nivel de seguridad de las personas o de los bienes
equivalentes, al menos, al que proporcionan éstas. Ver Real Decreto
1523/1999, anexo, Normas admitidas para el cumplimiento de la instrucción
MI-IPO4.
El Real Decreto 1337/1999 por el que se regula la remisión de información
en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos
a los servicios de la sociedad de la información establece en el:
"Artículo 4. Limitaciones en materia de normalización.
1. Durante la elaboración por los organismos europeos de normalización de
una norma europea, a propuesta de la Comisión Europea, o con
posterioridad a su aprobación, el organismo español de normalización no
emprenderá acción alguna que pueda perjudicar la armonización buscada por
la misma y no publicará en el sector en cuestión una norma nacional nueva
o revisada que no sea enteramente conforme a una norma europea existente.
2. El apartado anterior no se aplicará a los trabajos del organismo
español de normalización que se emprendan a petición de las
Administraciones Públicas con la finalidad de elaborar, para determinados
productos, especificaciones técnicas o una norma con el propósito de
establecer un reglamento técnico para dichos productos."
Cronología de las versiones publicadas de UNE EN 13160-5 y UNE 53968:
Pne prEN 13160-5 Sistemas de detección de fugas. Parte 5: Sistemas de
detección de fugas de tanques por sonda. Publicado en el BOE núm. 96, del
22 de abril de 1998.
DIN EN 13160-5:2004 Leak detection systems-Part 5: Tank gauge leak
detection systems; German version.
UNE EN 13160-5:2005 Sistemas de detección de fugas. Parte 5: Sistemas de
detección de fugas de tanques por indicador de nivel. Publicado en el BOE
núm. 135, del 22 de abril de 2005. Transposición de EN 13160-5:2004
mediante texto idéntico.;Informe UNE 53968-1:1999 IN. Procedimientos
normalizados para evaluar métodos de verificación de la estanqueidad en
tanques atmosféricos. Parte 1. Generalidades.
Informe UNE 53968-2:1999 IN. Parte 2. Métodos volumétricos.
Informe UNE 53968-3:1999 IN. Parte 3. Métodos no volumétricos. Publicado
en el BOE núm. 50, de 28 de febrero de 1999.
Informe UNE 53968:2001 IN. BOE núm. 136, de 7 de junio de 2001. Sustituye
a UNE 53968:1999.
Informe UNE 53968:2005 IN. BOE núm. 24, de 28 de enero de 2006. Sustituye
a UNE 53968:2001 IN.
Nota. Como puede observarse el BOE publicó tanto el Proyecto de norma prEN
13160-5 como la versión traducida en 2005 de la EN 13160-5:2004, con
anterioridad a la publicación de las distintas versiones del Informe UNE
53968.
Analizadas las actas del proceso de revisión del Informe UNE 53968:2005
solicitadas a AENOR, observamos que en el seno del CTN 62 SC5, presidido
por el Jefe de servicio del MINETUR, se acordó por "imperativo legal":
1. El rechazo del borrador aprobado por el grupo de trabajo, por la no
exclusión de los sistemas (fijos-volumétricos) de detección de fugas por
variación de nivel, en el Informe UNE 53968.
2. La aprobación de las normas sustitutorias del Informe UNE 53968:2005
siguientes:
a) UNE 62423-1:2015 de aplicación a sistemas Itinerantes de detección de
fugas, presentado por 2 vocalías, como alternativa al borrador aprobado
por el grupo de trabajo GT 3.
b) Modificación puntual del Informe UNE 53968:2005 1M:2015. Que modifica
el capítulo 1 "Objeto y campo de aplicación" excluyendo los sistemas de
detección de fugas de clase IV (volumétricos-fijos) para su utilización
exclusiva con líquidos (según se define en el objeto y campo de
aplicación de la Norma EN 13352).
Con independencia de la inexistencia de fundamentación técnica motivada en
las actas de AENOR que justifique la desnaturalización del Informe UNE
53968:2005, "sorprende" la arbitrariedad seguida en el desarrollo de
normas de seguridad industrial en las que debe prevalecer el interés
general, así como, la actitud del MINETUR, en franca contradicción, con
las actuaciones precedentes que citamos a continuación:
1. 27/04/2005 Reunión del comité 53. El Sr. Almazán explica que la norma
europea es mandatada por la directiva de la construcción y ya es
obligatorio, a partir del 1 de marzo de 2005, el marcado CE. El
mandato, documento interno entre la comisión y el CEN, se indica que la
obligación del marcado CE no es aplicable a los sistemas instalados en
los procesos industriales y en las estaciones de servicio. Añade que no
existe ningún impedimento en que se instalen estos sistemas siempre y
cuando se realicen las pruebas de estanqueidad establecidas (Real Decreto
1523/1999). Si lo que se pretende es no contaminar el entorno, con el
umbral establecido (Informe UNE 53968), pero si se aumenta a 400 ml/h de
acuerdo con los establecido en la Norma EN 13160-5 se incrementa el
riesgo de contaminación del terreno.
Nota: El Sr. Almazán ejerció de coordinador del grupo de trabajo que
revisaba la versión del Informe UNE 53968:2001, finalizada la revisión,
fue aprobada la versión vigente del Informe UNE 53968:2005.
2. 10 de julio de 2007, CEN, los Srs. Daniel Masso (AENOR) y Emilio
Almazán (MINETUR) personados en la defensa del Informe técnico español
UNE 53968 IN frente al posible conflicto con EN 13160 alegando los
motivos siguientes:
a) El Informe UNE 53968:IN, no implica una barrera comercial.
b) Todos los medidores de tanques que cumplen con la Norma EN 13160 están
autorizados para ser vendidos e instalados en España.
c) La Norma EN 13160-5 específica "Los indicadores que cubre esta norma no
están destinados para su uso en metrología legal". En el mandato
originario de esta norma están claramente excluidas las instalaciones
industriales y gasolineras.
A pesar de estas manifestaciones, el MINETUR ha optado por la exclusión
operativa del Informe UNE 53968 en la última modificación del borrador de
Proyecto de RD MI-IP 04 de octubre de 2016 en favor de las Normas UNE
62423- 1:2015 y UNE EN 13160-5, incapaces de garantizar un nivel de
seguridad equivalente al Informe UNE 53968:2005, entre otros motivos por
elevar el requisito de detección de fugas de 100 ml/h a 400 ml/h.
Consideramos que la arbitrariedad seguida desde la publicación de los
criterios del 2010, por el MINETUR establecen condiciones más laxas y
desiguales para el cumplimiento del requisito reglamentario, contrarios a
la Ley 15/2015 de Defensa de la competencia: Artículo 1-d) al establecer
en las relaciones comerciales o de servicio (reglamentario), condiciones
desiguales para prestaciones equivalentes que colocan a unos competidores
en situación desventajosa frente a otros.
La aceptación de normas de certificación de sistemas de detección de fugas
en la prevención de vertidos, menos eficaces, que las mejores técnicas
disponibles certificadas por la reglamentación vigente, es contrario al
principio de confianza legítima, que protege las inversiones realizadas
por fabricantes y usuarios exigidas en la reglamentación vigente,
perjudicando a las entidades que desarrollaron y adquirieron sistemas
certificados de conformidad con la reglamentación vigente, más eficaces
en la detección del caudal de fuga de 100 ml/h que los admitidos en los
Pytos. de RD MI-IPO4 y APQ en tramitación para la detección de fugas en
tanques atmosféricos soterrados.
Por todo ello, solicitamos respuestas para las siguientes cuestiones:
¿Las versiones publicadas del Informe UNE 53968:1999, 2001 y 2005
establecen procedimientos de evaluación de los sistemas "fijos" de
detección de fuga volumétricos por variación de nivel?
¿Establece el Real Decreto 1523/1999 que la prueba anual de estanqueidad
reglamentaria podrá realizarse con producto en el tanque y la instalación
en funcionamiento, siempre que los sistemas detecten el caudal de fuga de
100 ml/h y sean certificados aplicando el procedimiento indicado en el
Informe UNE 53968 IN?
¿Para realizar la prueba de estanqueidad reglamentaria, los sistemas de
detección de fugas "fijos" clases A) [Detección dinámica de fugas
(SIR-CEI)] y B1) Detección de fugas en reposo, utilizados con producto en
el tanque y la instalación en funcionamiento, de conformidad con el Real
Decreto 1523/1999 deben detectar el caudal de fuga de 100 ml/h y ser
certificados aplicando el Informe UNE 53968 IN?
En la respuesta del Gobierno del 25 de abril de 2014, con número de
entrada 132376, se afirma que la redacción del Informe UNE 53968 induce
efectos indeseables en el mercado al limitar innecesariamente el acceso a
nuevas firmas competidoras fabricantes de equipos de detección de fugas,
por la exigencia de obtener acreditación de umbrales de detección de 100
ml/h.
¿Considera el Gobierno que el umbral de detección del caudal de fugas de
100 ml/h es condición impuesta por el Real Decreto 1523/1999 a todos los
sistemas de detección de fugas para realizar la prueba de estanqueidad
reglamentaria en tanques de simple pared sin cubeto?
¿Establece el procedimiento de acreditación UNE EN ISO/IEC 17025:2005 la
exigibilidad de utilizar únicamente defectos patrón disponibles en el
mercado?
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2017.-Joan Baldoví
Roda, Diputado.
184/011990
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Rodríguez Rodríguez, Alberto (GCUP-EC-EM).
Reformulación de su pregunta sobre irregularidades en la contratación de
becarios-aprendices en restaurantes de lujo.
Acuerdo:
Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la
pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado
autor de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
presenta las siguientes preguntas relativas a las supuestas
irregularidades en la contratación de becarios-aprendices en restaurantes
de lujo, dirigidas al Gobierno para las que se solicita respuesta
escrita.
Estos días hemos conocido por la prensa la situación de muchos becarios en
restaurantes de lujo. Según los testimonios recogidos, mientras más
estrellas Michelín tiene el restaurante más explotación en sus cocinas,
relatándose que hasta un 80% de dicho personal podría ser en prácticas.
Jornadas interminables de más de 16 horas y apenas tiempo para comer por
salarios que van desde los 600 euros a los 200, o directamente trabajo
gratuito. La situación además incluye, según dichos testimonios, malos
tratos verbales y psicológicos.
Entre los restaurantes que se incluyen en estas prácticas, según dicha
información de prensa, estarían; el Bullí, el restaurante de Martín
Berasategui, el de Arzak, DiverXO, el Celler de Can Roca, el restaurante
de Jordi Cruz ABaC, o el restaurante de Pepe Rodríguez El Bohío.
Además de las situaciones mencionadas, la propia información periodística
recoge declaraciones de dueños de estos restaurantes en las que se
defiende el hecho de poder trabajar solo por comida y alojamiento, algo
que no solo sería una irregularidad laboral sino que en determinadas
circunstancias podría ser constitutivo de delito.
Las prácticas no laborales tienen un marco legal claro, regulado en el
Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regula las
prácticas no laborales en empresas. Entre los requisitos de la misma está
el ser dirigidas a jóvenes entre 18 y 25 años, estar bajo la supervisión
de un tutor, recibir una beca de apoyo de al menos el 80% del IPREM, y
la celebración de un convenio de colaboración entre la empresa y el
servicio público de empleo.
Por todo esto, se pregunta:
1. ¿Es conocedor el Gobierno de esta situación denunciada por la prensa en
los restaurantes de lujo, en especial a los mencionados con estrellas
Michelín?
2. ¿Conoce el Gobierno si la situación de los becarios en dichos
restaurantes a los que se hace mención se realiza con todas las garantías
y cumpliendo todos los requisitos de legalidad?
3. ¿Existe convenios de colaboración entre los citados restaurantes; el
Bulli, el restaurante de Martín Berasategui, el de Arzak, DiverXO, el
Celler de Can Roca, el restaurante de Jordi Cruz ABaC, o el restaurante
de Pepe Rodríguez El Bohío; con el servicio público de empleo para la
realización de prácticas no laborales?
4. ¿Se ha realizado alguna inspección de trabajo en los citados
restaurantes? En caso afirmativo ¿Cuantas inspecciones de trabajo se han
realizado?
5. Ante estas denuncias ¿Tiene previsto el Gobierno, a través de la
inspección laboral, realizar una campaña específica de visitas a empresas
para comprobar el cumplimiento de la normativa que regula las prácticas
no laborales?
6. ¿Se ha abierto algún expediente o detectado alguna irregularidad a raíz
de dichas inspecciones?
7. ¿Cuántas denuncias sobre la situación laboral de los citados
restaurantes se han recibido?
8. ¿Considera necesario el Gobierno hacer una campaña de sensibilización
dirigida a las empresas sobre las distintas formas de contratación
laboral para la formación?
9. ¿Ha valorado el Gobierno realizar una campaña de sensibilización para
alertar a las empresas de que las prácticas no laborales tienen
regulación propia y no pueden sustituir un puesto de trabajo?
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2017.-Alberto
Rodríguez Rodríguez, Diputado.
184/012370
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).
Reformulación de su pregunta sobre ayudas destinadas para paliar los daños
en las infraestructuras públicas del municipio tras el temporal de lluvia
de comienzos de diciembre de 2016.
Acuerdo:
Teniendo en cuenta la reformulación, admitir a trámite la pregunta de
referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el
artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la
iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.
Tras el temporal de lluvia de comienzos de diciembre de 2016 en la ciudad
de Málaga, que causó destrozos millonarios en todo el término municipal,
¿Qué ayudas ha destinado el Gobierno tal y como se comprometió en el
Consejo de Ministros, para paliar dichos daños en las infraestructuras
públicas del municipio?
En el caso de que las ayudas no hayan llegado, ¿cuándo tiene previsto el
Gobierno hacerlas efectivas, y en qué proyectos se emplearán?
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).
Valoración de la decisión de TVE de no emitir la V Edición del World
Pride, celebración mundial del orgullo LGTBI que se celebrará en Madrid
del 23/06/2017 al 02/07/2017.
Acuerdo:
1. En cuanto a las dos primeras preguntas, admitir a trámite, trasladar al
Presidente de la Corporación RTVE a los efectos de lo establecido en la
disposición final quinta del Reglamento, en los términos de la Resolución
de la Presidencia de la Cámara de 27/02/2007 para la adaptación de la
misma a la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de
titularidad estatal, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales (nuevo núm. expte. 179/000206).
2. En cuanto al resto, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los
efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en
el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
3. Comunicar este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Don Joan Baldoví Roda, Diputado de Compromís, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
preguntas para las que solicita respuesta por escrito.
Exposición de motivos
Según ha aparecido en prensa TVE ha decidido no emitir la V Edición del
World Pride, la celebración mundial del orgullo LGTBI que se celebrará en
Madrid del 23 de junio al 2 de julio. El motivo por el que declinan dar
cabida en su parrilla a este evento de escala internacional es que "no
sería rentable económicamente hablando por el alto coste de su
producción". Dado que RTVE es una corporación pública en la que no se
emite publicidad, no puede tener beneficios y su objetivo no es obtener
éste sino ofrecer un servicio público, por lo tanto ningún programa o
retransmisión de un evento puede ser rentable.
Es inexplicable que RTVE no haga difusión de un evento de trascendencia
mundial, teniendo en cuenta que la elección de la capital como sede se
explica por una importante efemérides: en 2016 se cumplen 40 años de la
primera manifestación LGTB en nuestro país.
Ante esta situación pregunto:
[...]
¿Qué opinión le merece al Gobierno que una televisión pública filtre el
tipo de eventos que retransmite con sesgo ideológico?
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-Joan Baldoví
Roda, Diputado.
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Capdevila i Esteve, Joan (GER).
Previsiones acerca de suspender la aplicación del artículo 348 bis de la
Ley de Sociedades de Capital mediante la aprobación de un Real
Decreto-ley e impulsar la aprobación de un nuevo redactado durante la
tramitación como Proyecto de Ley de dicho Real Decreto-ley, con el fin de
evitar el incremento de litigios debido a la poca claridad del artículo.
Acuerdo:
Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en
el artículo 190 del Reglamento y publicar en castellano en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Diputado don Joan Capdevila i Esteve, del Grupo Parlamentario de
Esquerra Republicana, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al Gobierno español las
siguientes preguntas, solicitando su respuesta por escrito.
El pasado 4 de abril se debatió y aprobó en la Comisión de Economía,
Industria y Competitividad del Congreso de los Diputados la Proposición
no de Ley sobre la Ley de Sociedades de Capital, presentada por el Grupo
Parlamentario de Esquerra Republicana, en la que se instaba al Gobierno
español a:
"1. Suspender inmediatamente la aplicación del artículo 348 bis de la Ley
de Sociedades de Capital mediante la aprobación de un Real Decreto-ley.
2. Impulsar la aprobación de un nuevo redactado del artículo 348 bis de la
Ley de Sociedades de Capital, durante la tramitación como Proyecto de Ley
de dicho Real Decreto-ley, con el fin de evitar el incremento de litigios
debido a la poca claridad del artículo."
Ante la urgencia de que las sociedades participadas sujetas a la Ley de
Sociedades de Capital deben, durante el mes en curso, dar cumplimiento a
la distribución de dividendos, se formulan las siguientes preguntas:
1. ¿Piensa el Gobierno dar cumplimiento a los acuerdos contenidos en la
PNL aprobada el pasado 4 de abril por la mayoría de grupos, incluidos los
que dan apoyo al Gobierno?
2. En caso afirmativo, ¿de qué forma, en qué sentido y en qué plazo?
3. En caso negativo, ¿por qué motivo?
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2017.-Joan Capdevila
i Esteve, Diputado.
184/013050
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
Previsiones acerca de la clausura y desmantelamiento definitivo de las
instalaciones de almacén de gas Castor, además de la planta marina, el
gaseoducto y la planta terrestre.
Acuerdo:
Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en
el artículo 190 del Reglamento y publicar en castellano en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Diputado don Jordi Salvador i Duch, del Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes
del Reglamento de la Cámara, formula al Gobierno español las siguientes
preguntas, solicitando su respuesta por escrito.
El 2 de agosto de 2007, el Ministerio de Industria publicaba en el BOE el
proyecto Castor formado por tres grandes infraestructuras: una planta
marina frente a la costa de la Ràpita, Vinaròs y Alcanar, para aprovechar
como almacén de gas un yacimiento petrolífero agotado; un gasoducto de 30
kilómetros, y una planta de operaciones terrestre situada en el término
municipal de Vinaròs, pero físicamente más cercana a los núcleos de
población catalanes de Ulldecona y Alcanar.
Desde el primer día este proyecto fue rechazado por las poblaciones de
Alcanar y de la Ràpita, así como de muchos otros municipios de las Terres
de l'Ebre y del Sènia; y también por la Plataforma en Defensa de les
Terres del Sènia, movimiento social que ha liderado la oposición al
proyecto. Han sido varias las denuncias, alegaciones, quejas, mociones,
preguntas e iniciativas que se han presentado desde diferentes
instituciones exponiendo los déficits, las carencias, las incógnitas, la
opacidad, las dudas y las posibles irregularidades que ofrecía el
proyecto.
Hace pocos días se hicieron públicos documentos internos de los
Ministerios de Industria y Energía donde se detallaba cómo la empresa
justo antes de comenzar las obras triplicó el costo de las instalaciones,
pasando de un presupuesto inicial de 400 M ? en enero de 2007 a los 1.272
M ? del año 2010. Además también se supo que no hubo un sistema
transparente de adjudicación de la obra, por lo que en la práctica fue
una "autoadjudicación". Así fue como sólo se pudo presentar una única
empresa, la ACS de Florentino Pérez, el cual a su vez, era el principal
accionista de la empresa gestora del almacén de gas Escal UGS. Según un
informe redactado en 2012 por la misma Secretaría de Estado de Energía,
perteneciente al Ministerio de Industria; ACS podría haber incrementado
hasta el 17% su beneficio industrial gracias a la construcción del
Castor.
El 13 de junio de 2013 se comenzó a inyectar el gas natural en el almacén
submarino y después de registrarse centenares de terremotos, el 26 de
septiembre el Ministerio de Industria y Energía ordenaba el cese de la
actividad del almacén de gas. Una instalación que aún estaba en fase de
pruebas, y por tanto no estaba operativa.
En julio de 2014, Escal UGS renunció a la concesión de la explotación y el
3 de octubre del mismo año el Gobierno aprobaba un Real Decreto-Ley por
el que se encargaba a Enagás la hibernación de las instalaciones del
almacén de gas Castor y aprobaba el pago, en el plazo de 35 días, de una
indemnización a la empresa concesionaria de 1.350 M ?. Y todo ello a
avalado por una cláusula que lo autorizaba a pesar de haber podido
existido "dolo o negligencia" por parte de la empresa. Esta cantidad más
los respectivos intereses, serán pagados durante 30 años por los
consumidores de gas mediante su recibo.
El 3 de mayo de 2017 el Ministerio de Energía hacía público el informe del
Massachusetts Institute of Technology (MIT) certificando lo que otros
organismos y científicos ya habían advertido con anterioridad; es decir,
que la inyección de gas en el almacén submarino Castor originó el millar
de terremotos. Hay que recordar que la declaración de impacto ambiental
de las instalaciones del Castor no incluyó ningún estudio para evaluar
los riesgos sísmicos asociados al proyecto a pesar de la proximidad de
una falla en la plataforma marina. Y eso que tanto el Observatori de
l'Ebre como el Institut Geològic de Catalunya y la Plataforma en Defensa
de les Terres del Sènia habían apuntado y pedido la necesidad de hacer
estudios detallados sobre el riesgo sísmico de la actividad.
El Ministerio, a raíz del informe del MIT anunció que el almacén de gas
deberá desmantelarse cuando sea seguro y que continuará en estado de
hibernación; eso sí, con un coste anual de 15,7 M ? que también recaerá
en la factura del gas que pagan los consumidores.
Ante la necesidad de desmantelar de manera inmediata las instalaciones
marítimas y terrestres del Castor, y de dirimir las responsabilidades
políticas, técnicas y económicas de aquellos que autorizaron, tramitar,
gestionar y aprobar la puesta en funcionamiento del Castor, se formulan
las siguientes preguntas:
1. ¿Qué calendario de actuaciones tiene previstas el Gobierno para la
clausura y desmantelamiento definitivo de las instalaciones de almacén de
gas Castor, además de la planta marina, el gaseoducto y la planta
terrestre?
2. ¿Qué fecha tiene prevista el Gobierno para la clausura definitiva de
las instalaciones de almacén de gas Castor, además de la planta marina,
el gaseoducto y la planta terrestre?
3. ¿Qué fecha tiene prevista el Gobierno para el sellado de los pozos del
almacén de gas submarino Castor?
4. ¿Cuál es el volumen y el valor del gas que se encuentra acumulado en el
reservorio?
5. ¿Qué fecha tiene prevista el Gobierno para iniciar el desmantelamiento
de las instalaciones de almacén de gas, gaseoducto y planta del Castor?
6. ¿Qué actuaciones tiene previstas el Gobierno para retirar el gaseoducto
que conecta el almacén de gas Castor con las instalaciones terrestres del
mismo?
7. ¿Cuándo llevará a cabo el Gobierno la retirada del gaseoducto que
conecta el almacén de gas Castor con las instalaciones terrestre del
mismo?
8. ¿Qué actuaciones tiene previstas el Gobierno para mantener informados
del desmantelamiento de las instalaciones del Castor a los ayuntamientos
y gobiernos que sufrieron los terremotos al inyectar el gas en el almacén
submarino?
9. ¿Cuál ha sido el coste de mantener en estado de hibernación los años
2105 y 2016 el almacén de gas Castor, además de la planta marina, el
gaseoducto y la planta terrestre?
10. ¿Cuál es la relación de costes detallados, para el año 2015 y 106, de
la hibernación del almacén de gas Castor, además de la planta marina, el
gaseoducto y la planta terrestre?
11. ¿Qué empresa o empresas han realizado estos trabajos, y a partir de
qué contratos? Adjuntar contratos.
12. ¿El hecho de que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital en
la nota de prensa emitida el 3 de mayo de 2107 afirmara que la
explotación para el almacenamiento subterráneo de gas natural Castor el 5
de septiembre de 2103 estuviera "en fase de pruebas"; significa que el
Gobierno determina que la explotación estaba "no operativa" en esa fecha?
13. ¿Ante qué condiciones puede ser consultado por la ciudadanía, o bien
hacerse público, el documento confidencial, de fecha 17 de febrero de
2012, de la Secretaria de Estado de Energía perteneciente al Ministerio
de Energía, Industria y Turismo, que hace referencia al proyecto Castor?
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2017.-Jordi Salvador
i Duch, Diputado.
184/013055
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Martín Llaguno, Marta (GCs).
Del Campo Estaún, Sergio (GCs).
Decisión de la Universidad Rovira i Virgili (URV) de adherirse al Pacto
Nacional por el Referéndum en Cataluña.
Acuerdo:
Teniendo en cuenta el contenido del escrito número de registro 36608,
admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en
el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores
de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Marta Martín Llaguno y Sergio del Campo Estaún, Diputados del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta
para la que se solicita respuesta por escrito sobre la decisión de la
Universitat Rovira i Virgili (URV) de adherirse al Pacto Nacional por el
Referéndum en Catalunya.
Exposición de motivos
EL 1 de junio de 2017 la Universitat Rovira i Virgili (URV) ha decidido
adherirse al Pacto Nacional por el Referéndum en Catalunya tras una
votación de los asistentes al Claustro en la que el 74% se han mostrado
a favor.
El rector de la misma afirmó que "tenían que pronunciarse" y que estaba
contento porque son un "referente social".
Una universidad financiada con fondos públicos, creemos, no debería
posicionarse de una manera política tan evidente en torno a un proceso
independentista cuya legalidad aún está por determinarse.
En relación a lo anterior, se formulan las siguientes preguntas:
¿Qué medidas pretende llevar a cabo el Gobierno para garantizar la
independencia política de las universidades de carácter público
financiada con fondos públicos? ¿Cómo pretende tratar este asunto dentro
de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas?
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2017.-Marta Martín
Llaguno y Sergio del Campo Estaún, Diputados.
CONTROL PARLAMENTARIO DE LA CORPORACIÓN RTVE Y SUS SOCIEDADES
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA RTVE
179/000206
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo
que se indica respecto del asunto de referencia.
(179) Pregunta a la Corporación RTVE con respuesta escrita.
Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).
Decisión de TVE de no emitir la V Edición del World Pride, celebración
mundial del orgullo LGTBI que se celebrará en Madrid del 23/06/2017 al
02/07/2017.
Acuerdo:
En cuanto a las dos primeras preguntas, admitir a trámite, trasladar al
Presidente de la Corporación RTVE a los efectos de lo establecido en la
disposición final quinta del Reglamento, en los términos de la Resolución
de la Presidencia de la Cámara de 27/02/2007 para la adaptación de la
misma a la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de
titularidad estatal y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con
el articulo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2017.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Don Joan Baldoví Roda, Diputado de Compromis, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
preguntas para las que solicita respuesta por escrito.
Exposición de motivos
Según ha aparecido en prensa TVE ha decidido no emitir la V Edición del
World Pride, la celebración mundial del orgullo LGTBI que se celebrará en
Madrid del 23 de junio al 2 de julio. El motivo por el que declinan dar
cabida en su parrilla a este evento de escala internacional es que "no
sería rentable económicamente hablando por el alto coste de su
producción". Dado que RTVE es una corporación pública en la que no se
emite publicidad, no puede tener beneficios y su objetivo no es obtener
éste sino ofrecer un servicio público, por lo tanto ningún programa o
retransmisión de un evento puede ser rentable.
Es inexplicable que RTVE no haga difusión de un evento de trascendencia
mundial, teniendo en cuenta que la elección de la capital como sede se
explica por una importante efemérides: en 2016 se cumplen 40 años de la
primera manifestación LGTB en nuestro país.
Ante esta situación pregunto:
¿Qué criterios sigue la Corporación RTVE para tener en su parrilla eventos
como la misa dominical y las corridas de toros que no alcanzan el 9% de
share y no una celebración mundial símbolo de la lucha por los derechos
fundamentales?
¿Por qué se invirtieron 785.088 ? en retransmitir la visita del Papa y
ahora no se retransmite el World Pride de Madrid alegando que tendría
unos costes de producción elevados?
[...]
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2017.-Joan Baldoví
Roda, Diputado.
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